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Tribunal cuestionó a juez por permitir destratos a una fiscal y dichos “cuasi terroristas” de un abogado en una audiencia
El defensor de un hombre formalizado por abuso sexual dijo que las “ideologizaciones de género” se asemejan a lo que ocurrió en Alemania, “donde en base a una teoría se impidió que los judíos se defendieran”
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“Quiero probar que es una desequilibrada”, dijo el abogado de un hombre formalizado por abuso sexual para argumentar por qué pedía una pericia psiquiátrica de la víctima. “El marido de esta mujer se ahorcó y quiero saber por qué”, siguió el defensor Hermann Leis, durante una audiencia de control de acusación en el Juzgado Letrado de Carmelo de 1er turno.
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El planteo del abogado indignó a la Fiscalía y desconcertó al juez. Sin embargo, el defensor insistió. Además de la pericia, pidió al juez que incorpore a la causa el expediente penal sobre la muerte de la expareja de la mujer “con el objeto de impugnar la credibilidad de la denunciante por su personalidad y salud mental”.
La fiscal Carla Murchio de nuevo se opuso al pedido, bajo el argumento de que el expediente sobre el suicidio no tenía relación con el caso de abuso y que implicaría una revictimización de la denunciante. Pero el defensor dijo al juez que ante la mínima duda debía admitir la prueba y amenazó con salir en “la prensa” si no accedía. También amenazó con iniciar acciones civiles o disciplinarias contra la Fiscalía y afirmó que era a su cliente a quien se estaba “revictimizando” al impedirle “defenderse de una calumnia”.
“Las ideologizaciones de género (son) lo mismo que se hizo en la Alemania… donde en base a una teoría se impidió que los judíos se defendieran”, añadió el abogado. Ante eso, el juez “pidió que se tenga por no realizado el comentario”. El defensor dijo que “su ánimo no fue agraviar” y añadió: “Retiro lo de nazi, pero la Fiscalía como órgano está obrando como tal”.
Finalmente el juez José Vera rechazó incorporar a la causa el expediente sobre la muerte de la expareja, pero admitió la pericia psiquiátrica. Además, le pidió perdón a la fiscal por los dichos del abogado, ante lo cual este replicó que en una democracia tenía derecho a hablar, y que se estaba haciendo pasar a su cliente por “degenerado”.
Tanto el abogado Leis como la fiscal Murchio recurrieron las decisiones del juez. El defensor apeló el rechazo a incorporar el expediente sobre el suicidio, y la fiscal la admisión de la pericia psiquiátrica.
Murchio sostuvo ante el tribunal que con la pericia se iba a revictimizar a una mujer que había sufrido abuso sexual, infringiendo la Ley Integral contra la Violencia Basada en Género (N° 19.580) y las convenciones internacionales. La fiscal reclamó además la necesidad de que las decisiones judiciales incorporen una perspectiva de género: la audiencia había sido un “manual” sobre la ausencia de esa mirada en el tratamiento de una denuncia, afirmó.
El caso llegó al Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1er turno, que en una sentencia redactada por el ministro Alberto Reyes y firmada el pasado diciembre cuestionó al magistrado por tolerar los “exabruptos” del abogado y sus comentarios “cuasi terroristas”. Además, objetó la decisión de admitir la pericia psiquiátrica a la denunciante de abuso.
La sala desestimó la apelación de la defensa e hizo lugar a la de la Fiscalía. “El nuevo sistema procesal penal, es hora que reconozca el defensor, requiere nuevas habilidades y una comprensión del sistema que no se adquiere sin dedicación”, rezongó el tribunal en su sentencia. “Eso no justifica por cierto, su destrato hacia la Fiscalía” ni “sus expresiones chabacanas y cuasi terroristas”, prosiguió, que el juez “no debió tolerar”.
Por el contrario, dijo el tribunal, el magistrado tendría que haber ejercido “prestamente su potestad disciplinaria”. La Ley Orgánica de la Judicatura establece que los abogados “podrán ser corregidos disciplinariamente” cuando falten el respeto a los jueces o se expresen en términos “descompuestos u ofensivos” contra colegas o litigantes contrarios.
Respecto al expediente que el defensor “mandó conseguir al Juzgado”, el tribunal señaló que la audiencia de control de acusación no es “para averiguar”, sino que está prevista para que las partes examinen las pruebas “ya disponibles” que se incorporarán al juicio. “No es la oportunidad para salir a pescar elementos probatorios”.
Por otra parte, el tribunal consideró que no debió admitirse la pericia psiquiátrica. La defensa, que en la etapa de investigación “prescindió” de presentar pruebas, “no debió ser habilitada a ir sobre sus pasos y (…) obtener el favor de una pericia psiquiátrica para ‘demostrar’ la ausencia de credibilidad de la denunciante”, evaluó la sala.