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    Aportes para fortalecer la seguridad pública

    Sr. director:

    1. Despliegue territorial y marco normativo. La Policía Nacional ejerce sus cometidos en estricto cumplimiento de lo establecido en los artículos 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de la Ley Orgánica Policial (Ley 19.315), el Código de Ética Policial (decreto 210/020) y lo dispuesto en el artículo 262 de la Constitución de la República. Este despliegue constituye la base operativa de la seguridad ciudadana y la soberanía del Estado en el territorio.

    2. Las comisarías como eje estratégico. Se enfatiza en la importancia de las comisarías y las seccionales como el vital vaso comunicante entre la institución y la ciudadanía. Su función principal será la prevención a través de la proximidad, la generación de pertenencia entre vecinos con uniformados, colección de información de primera mano en el territorio y la inmediata diseminación a las direcciones especializadas, asegurando que el flujo de inteligencia alimente de manera eficiente toda la estructura policial.

    3. Ingresos y promoción. En calidad de presupuestados, el ingreso para el personal de escala básica y escala de oficiales, enfatizando en lo psicofísico y la carencia de antecedentes para ambas categorías. La promoción al grado inmediato superior se realizará indefectiblemente mediante curso, concurso de oposición, mérito ante fallecimiento o heridos en servicio.

    4. Control y salud. El Ministerio del Interior queda facultado para disponer la realización de exámenes toxicológicos y psicofísicos obligatorios de carácter anual. Se realizarán controles aleatorios que podrán alcanzar hasta el 5% del personal total, tomando en cuenta que el capital humano es lo que se debe fortalecer en un contexto tan expuesto al avance del crimen organizado. El propio ámbito de trabajo será sensible y adoptará medidas, para accionar en tiempo ante variables emocionales, derivando con seguimiento a los servicios correspondientes.

    5. Inteligencia y estrategia. Se potenciarán las direcciones nacionales, las jefaturas, las unidades y subunidades abocadas a desbaratar el espectro delictivo y con foco en aquellos más corrosivos. Se utilizarán patrones de inteligencia para generar diagnósticos certeros que permitan neutralizar las redes criminales.

    6. Lavado de activos y terrorismo. Integración técnica entre la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos, el Banco Central del Uruguay y las direcciones policiales mediante un software de alertas unificado para el combate al financiamiento del terrorismo y el lavado de activos.

    7. Cooperación internacional. Se designarán oficiales de enlace ante el Mercosur y organismos internacionales vinculantes, coordinando acciones con el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Economía y Finanzas.

    8. Gestión del sistema penitenciario. El Instituto Nacional de Rehabilitación (INR) pasará a la órbita del Ministerio de Educación y Cultura con un fuerte abordaje del Ministerio de Desarrollo y en convenio con el Ministerio de Defensa Nacional para las tareas que se determinen en materia de seguridad externa o logística. El presupuesto para su funcionamiento se transferirá del Ministerio del Interior.

    9. Rehabilitación y tutoría de reinserción. Se implementarán aún más talleres educativos y laborales en los centros de reclusión. Quien ejerza la tutoría será un técnico (remunerado) con formación en tareas sociales y hará un acompañamiento para la plena reinserción del liberado, velando por insertarlo en el área laboral formal mediante convenios con sectores de industria, comercio y otros.

    10. Infraestructura carcelaria. Con el fin de disminuir la sobrepoblación, se construirán hasta cinco nuevos recintos con capacidad máxima de 500 plazas cada uno, bajo el nuevo modelo de gestión penitenciaria.

    11. Unificación normativa. La Ley Orgánica Policial se integrará en un solo texto ordenado, evitando que modificaciones sustanciales se realicen de forma dispersa a través de las leyes de Presupuesto.

    12. Evidencia y tecnología. Se establecerá un flujo de información y análisis en tiempo real con la Fiscalía General de la Nación, mediante un banco de datos compartido para la toma de decisiones rápidas.

    13. Protección del personal. El personal policial que participe en procedimientos operativos de riesgo y pueda ser visibilizado deberá proceder con el rostro cubierto para garantizar su seguridad personal y familiar.

    Juan Daniel Balbis

    Comisario mayor (r.)

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