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    El Frente Amplio y la seguridad jurídica en materia portuaria

    Por Lector

    Sr. Director:

    El ingeniero naval Alberto Díaz, expresidente del Directorio de la ANP (Administración Nacional de Puertos), y la integrante del actual directorio Alejandra Koch, en un informe técnico titulado Los puertos del Uruguay en clave de desarrollo, de 57 páginas, efectúan un balance de la gestión, que en esta materia le correspondió al Frente Amplio, y formulan propuestas programáticas a ese partido.

    De los diversos planteos que realizan, hay dos que me han preocupado particularmente porque implican afectar la seguridad jurídica, puesto que refieren a modificar la Ley 16.246, Ley de Puertos, y a establecer bajo la autoridad de la ANP a los puertos privados.

    El informe con el título La propuesta de bases programáticas 2025-2030 del Frente Amplio expresa: “Por su carácter vital y estratégico se requiere adecuar la Ley de Puertos, modificando sus cometidos para asegurar el desarrollo del Sistema Nacional de Puertos con la Administración Nacional de Puertos como autoridad única de conducción y coordinación de todos los puertos públicos o privados, comerciales, deportivos, en régimen de puerto libre o zona franca, más allá de las facultades que competen al Ministerio de Economía y Finanzas”.

    Modificar la Ley de Puertos con ese propósito me parece desatinado. Esta ley ha sido fundamental en el desarrollo que han tenido los puertos en nuestro país a partir de su vigencia en el año 1992. Antes, el Puerto de Montevideo era un puerto denominado “sucio” por los paros, la ineficiencia, la falta de inversiones y la carencia de una estructura adecuada. Esta ley revirtió ese escenario tan desolador, al influjo de la gestión del Dr. Ignacio de Posadas, que consultó a todos los referentes de la comunidad portuaria y logró así alcanzar uno de los logros más importantes alcanzados en la presidencia de Luis Alberto Lacalle Herrera. En mi modesta opinión, es una norma que mantiene total vigencia y a la que no pueden atribuirse errores de gestión cometidos por los jerarcas de turno a los que les correspondió aplicarla.

    En cuanto a poner a los puertos privados bajo la égida de la ANP, so pretexto de integrar un Sistema Nacional de Puertos, me parece también absolutamente inconveniente. Esta propuesta, que ha sido recogida por el Prof. Yamandú Orsi (v. Rev. Naval, set. 2024, p. 31), candidato a la presidencia de la República, de concretarse podría tener efectos muy nocivos en la inversión y en la operativa de los puertos privados de nuestro país, que realizan una tarea muy importante en beneficio del transporte marítimo y de los importadores y los exportadores uruguayos. Se trata de empresas eficientes porque están dirigidas por personas seleccionadas por su idoneidad técnica y que no obedecen a ideologías o a intereses políticos.

    Los que formulan esta propuesta, ¿no han analizado el efecto nocivo que ello tendría sobre la seguridad jurídica que nuestro país debe garantizar? ¿El FA no ha considerado que esa medida podría generar que esos puertos quedaran bajo la autoridad de personas sin la idoneidad necesaria y que esas responsabilidades fueran asumidas, en algunos casos, por personas seleccionadas por los votos que tuvieron o que dejaron de tener y no por su formación técnica y su experiencia en la temática portuaria?

    Cabe pues preguntarse: ¿qué empresario va a invertir en emprendimientos portuarios privados sin la necesaria seguridad jurídica y sometido, en los aspectos operativos y comerciales, a “la conducción” y “coordinación” de la ANP? ¿Se ha tomado en cuenta, en estas bases programáticas, que de ese modo se afectarían los derechos adquiridos de los que ya operan esos puertos si se les impone un régimen distinto al que rige actualmente?

    Dr. Edison González Lapeyre

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