Cuando se puso en marcha la reforma de la Justicia penal en noviembre de 2017, los juicios pasaron a ser orales y los expedientes escritos se transformaron en archivos digitales. El Poder Judicial instrumentó un sistema, que ya se usaba en los juzgados civiles y de adolescentes, para grabar en audio las audiencias. Esas grabaciones, que luego se almacenan en un expediente digital, son ahora el único registro de las declaraciones y los interrogatorios, ya que la tecnología hizo innecesaria la elaboración de un acta escrita.
Por eso, el Poder Judicial decidió tomar precauciones. Por un lado, un software denominado Audire recoge el audio de un circuito de cuatro micrófonos ubicados en la sala, cuya grabación es gestionada por un funcionario que organiza en pistas las distintas intervenciones —del fiscal, del imputado, del juez, de las víctimas. Por otro lado, el juez del caso debe registrar toda la audiencia en un grabador manual, de modo que haya un respaldo si surge algún inconveniente.
¿Pero qué pasa si fallan las dos grabaciones?
El extravío del audio de una audiencia por un caso de homicidio puso en duda las garantías del debido proceso, y la defensa de los acusados reclamó que se anulara la condena. El entuerto debió ser resuelto por la Suprema Corte de Justicia, que en una sentencia reciente —a la que accedió Búsqueda— decidió confirmar la condena al entender que el recurso de nulidad debió presentarse de inmediato y no varios meses después.
En paralelo, el Poder Judicial realizó una investigación para identificar cómo pudieron perderse ambas grabaciones, tanto la realizada por el software Audire como la manual, informó a Búsqueda el director general de Servicios Administrativos, Marcelo Pesce.
La investigación concluyó que “se trató de un error humano”, indicó. “Hubo un error de procedimiento. El sistema no falla”, añadió. Además, aseguró que fue “el único caso reportado” desde que se implementó el Audire.
“Debió declarar la nulidad”
En marzo de 2017 dos adolescentes acusados de homicidio fueron llevados ante el juez de Adolescentes de 3er turno. Según la Fiscalía, en medio de una pelea en la calle, uno de ellos golpeó a la víctima y el otro la acuchilló. Durante la audiencia en el juzgado, la Fiscalía expuso las pruebas, los acusados declararon y se interrogó a algunos testigos del episodio.
La instancia fue grabada con normalidad, usando el sistema Audire. Además, el juez respaldó el audio con el grabador manual. Nadie notó ningún desperfecto.
Pasaron algunos meses. En junio de 2017 el juez dictó sentencia: condenó a ambos adolescentes por homicidio y ordenó que fueran internados cuatro años en un centro de reclusión para menores.
La defensa apeló y el caso se elevó a un tribunal de apelaciones. Pero cuando los ministros quisieron escuchar las declaraciones, se encontraron con que el archivo de audio adjunto al expediente no funcionaba.
Para ese entonces, el audio almacenado en el dispositivo manual había sido eliminado para liberar espacio, explicó Pesce, de acuerdo con el informe de la sede.
En consecuencia, no había registros de la audiencia.
El juez convocó entonces a todos los involucrados en el proceso para “reconstruir” la prueba y volver a recoger las declaraciones de los involucrados. Después envió al tribunal “los audios reconstruidos”, según detalla la sentencia de la Suprema Corte de Justicia.
El Tribunal de Apelaciones de Familia de 2do turno confirmó la sentencia. Pero la defensa de uno de los acusados presentó un recurso de casación ante la Suprema Corte en el que cuestionó, entre otras cosas, la falta de garantías del proceso.
La audiencia preliminar “se extravió y no quedó ningún respaldo en soporte físico”, planteó. “Lo perdido resulta irrecuperable por la espontaneidad de las declaraciones. Las afirmaciones de algunos de los involucrados variaron cuando, meses después (el 8 de setiembre de 2017), se pretendió reconstruir la prueba”.
Según el argumento de la defensa, si el audio de la audiencia desapareció, “el juez no pudo reproducirlo al momento del fallo que dictó” en junio. Y cuando se recogió nuevamente la prueba, los testimonios y declaraciones “cambiaron” y “no se pudo diligenciar toda la prueba anteriormente obtenida”.
“Ante este escenario de desaparición de la prueba de cargo, la sala debió declarar la nulidad de la sentencia de primera instancia”, reclamó la defensa. En cambio, “insólitamente falla y determina severas medidas socioeducativas, en base a un material probatorio reunido con posterioridad”.
La Corte, aunque reconoció las “irregularidades” del proceso, decidió confirmar la condena.
“Si bien es cierto que el registro del sistema ‘Audire’ se extravió, no hay prueba que demuestre que ello acaeció antes del dictado de la sentencia de primera instancia”, afirmó la Corte.
“No hay indicios de que la sentencia se funde en la prueba que se reeditó, ni que el decisor no haya tenido a su disposición los registros de Audire de la audiencia preliminar. Todo indica que la pérdida se produjo luego del dictado de la sentencia de primera instancia”, sostuvo.
En segundo lugar, la Corte argumentó que la nulidad de la sentencia debió plantearse antes, cuando el juez convocó a las partes y a sus defensores a una nueva instancia para reconstruir la evidencia. La defensa asistió a esa audiencia y “nada dijo sobre la nulidad invalidante de la sentencia de primera instancia que hoy denuncia, fundada en la pérdida de los registros del ‘Audire’”.
“La inacción del recurrente en reclamar la nulidad en la primera oportunidad hábil al efecto y por la vía correspondiente (…) sella la suerte de su cuestionamiento”, concluyó la Corte.
“Fallas humanas”
Mientras transcurre la audiencia, el funcionario “receptor” que se encarga de la grabación monitorea con auriculares la calidad del audio. Al finalizar, agrega el audio al expediente digital. Previo a dar ese paso, el funcionario debe corroborar que las pistas de audio funcionen correctamente.
En este caso, “se subió al expediente digital sin verificar si la pista había quedado grabada”, señaló Pesce. Si se hubiera hecho, se hubiera constatado el problema en el momento y se podría haber recurrido al audio del grabador manual. Sin embargo, al saltarse el chequeo, nadie supo del problema y tiempo después ese segundo audio fue eliminado.
“Se pidió un informe y se concluyó que fue responsabilidad de la sede. No es un problema del software y ninguna otra sede tuvo problemas”, aseguró. “Fue una cadena de fallas humanas”.