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Como informó este jueves 11 Búsqueda, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inconstitucional un artículo de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (la llamada “ley de medios”) que deja sin efecto la disposición que prohíbe a los operadores de televisión por cable prestar servicios de telefonía y de transmisión de datos (Internet).
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La sentencia del máximo órgano judicial habilita a operadores de cable a ofrecer servicios de Internet y a competir con la telefónica estatal Antel, que brinda datos fijos en forma monopólica.
Según la Corporación “no existen razones de interés general para limitar tales derechos”, por lo que el artículo “vulnera el principio de libertad” previsto en la Constitución, consignó Búsqueda y amplió Telemundo.
Este fallo “libera el mercado de acceso a Internet y pone a tres competidores nuevos como Montecable, TCC y Nuevo Siglo, que tienen bastante infraestructura” para ofrecer el servicio, dijo a “El Observador” el abogado Martín Colombo, experto en derecho de telecomunicaciones y socio del estudio Blanco & Etcheverry.
Para la Asociación Nacional de Broadcasters Uruguayos (Andebu), la declaración de inconstitucionalidad de varios artículos de la ley de medios genera “incertidumbre”. “Soluciona algunos problemas” pero “genera otros” relativos a la aplicación de las normas, dijo el abogado y asesor de Andebu, Juan Andrés Lerena.