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    “Actuaciones ilegítimas”

    Encontrar entre los investigadores quien defienda la tesis de que la dictadura comenzó antes de 1973, por ejemplo en 1968, resulta una tarea casi imposible.

    Sin embargo, la ley 18.596 de setiembre de 2009 prevé la reparación integral de las víctimas “de la actuación ilegítima del Estado entre el 13 de junio de 1968 y el 28 de febrero de 1985”, partiendo de la base de que, aún sin que hubiera una dictadura, en ese período “se reconoce la responsabilidad del Estado uruguayo en la realización de prácticas sistemáticas de tortura, desaparición forzada y prisión sin intervención del Poder Judicial, homicidios, aniquilación de personas en su capacidad psicofísica, exilio político o destierro de la vida social”.

    En esa categoría entran, por ejemplo, los estudiantes muertos por la Policía durante el gobierno de Jorge Pacheco en 1968, las víctimas de los escuadrones de la muerte o los ocho obreros comunistas asesinados por las Fuerzas Conjuntas en un local del Paso Molino en abril de 1972, cuando el presidente era Juan María Bordaberry, pero no los policías y militares asesinados por los tupamaros, porque la norma refiere a violaciones a los derechos humanos que solo pueden cometer los Estados.

    Durante el acto, que se realizó el lunes 4, el presidente de la comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, Esteban Pérez (MPP), hizo un llamado a “dejar odio y rencor de lado”, una apelación que no cayó bien entre los representantes de la organización de ex presos políticos Crysol.