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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáAgradezco la publicación de las siguientes reflexiones, destinadas a aportar a la opinión pública razones y argumentos que desvirtúen los falsos y reiterados comentarios hechos públicos por destacadas personalidades del quehacer político nacional, iniciada por el señor ministro de Economía, contador Danilo Astori, desde hace un par de años denunciando un déficit de la “caja militar” y los privilegios que gozan los militares con su sistema jubilatorio utilizando argumentos falsos, afirmaciones tendenciosas, verdades a medias, etc. En síntesis: mentiras. Aclaro:
1) Ni la “caja militar” ni los militares jubilados existen, son como el día del golero. Dichas afirmaciones difunden una imagen negativa de las Fuerzas Armadas haciéndolos aparecer como los malos de la película, responsables del deterioro de las finanzas públicas. No existe ningún organismo, en la administración pública con sede personal, directiva, estatuto, etc., que reciba o administre fondos de ninguna naturaleza ni efectúe pagos o que tenga personería jurídica, como persona de derecho, vinculado a las Fuerzas Armadas. De lo antedicho surge claramente que no puede tener déficit, no puede compararse con las cajas, ni con el BPS, que reciben aportes de diversas fuentes, que tienen y manejan capital propio, que hacen inversiones, bajo la responsabilidad de sus autoridades.
2) El Servicio de Retiros y Pensiones Militares es una unidad ejecutora que efectúa los pagos de haberes dispuestos en las leyes de Presupuesto, con dineros que le proveé la Contaduría General de la Nación, como corresponde a todos los organismos del Estado. El volumen de los fondos entregados para los pagos son determinados por leyes emanadas del Poder Ejecutivo y aprobadas por el Parlamento, modificando (y, desde hace algunos años, deformando groseramente) lo establecido en la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas (arts. 200 a 208 inclusive) y en cada una de las leyes orgánicas de cada Fuerza. No es responsabilidad de los militares. Asimismo, se debe ajustar automáticamente, de ser necesario, según lo establecido en los artículos 209 y 210. Los ajustes por el artículo 67 de la Constitución se deben a un fallo improcedente de la Suprema Corte de Justicia, por información errónea e incompleta que produjo un aumento desproporcionado en el cálculo de los montos de los haberes de retiro.
3) Los militares no se jubilan. Son funcionarios del Ministerio de Defensa Nacional desde que ingresan hasta que se cumplen algunas de las circunstancias previstas en los artículos 218 a 226 (inclusive) de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas. Por lo tanto, los militares jubilados no existen y no es posible comparar al militar retirado con funcionarios jubilados. El militar retirado es una consecuencia de exigencias funcionales. Se estima que a determinada edad, según cada jerarquía, fisiológicamente, no está en condiciones de rendir el máximo en situaciones extremas o de riesgo, haciendo fracasar la operación, por lo que se lo retira de la primera línea y pasa a segundo escalón, integrando la Reserva Inmediata (por su experiencia, su capacidad y sus conocimientos). No se lo descarta, porque esas aptitudes no son fáciles de sustituir en situaciones de emergencia. Se lo mantiene retirado en las condiciones establecidas en los citados artículos 200 a 208. Siguen dependiendo del señor ministro de Defensa Nacional en condiciones de cumplir funciones que se les asignen y están sujetos a disciplina, como quedó evidenciado el pasado mes de julio, cuando un coronel retirado cometió un acto vandálico y además de lo resuelto por la Justicia, el señor ministro de Defensa lo sancionó. También está sujeta a ser juzgada su conducta por tribunales de honor. Los argumentos del déficit de la “caja militar” y de los privilegios de los militares jubilados que utiliza el Cr. Danilo Astori, cada vez que se refiere al déficit que tienen dependencias de su cartera. Esta afirmación, por parte del señor ministro de Economía es asumida por la opinión pública, no debidamente informada, como verdadera. Además se agrava la difusión del error cuando otros actores políticos destacados repiten el argumento cada vez que se los entrevista por medios periodísticos, como el ministro de Trabajo, señor Ernesto Murro, que últimamente, cuando es consultado por los avances en las negociaciones de los Consejos de Salarios, casi infaliblemente, finaliza sus declaraciones mencionando el déficit de la “caja militar”. Agrava este clima el hecho de que otras personalidades han recogido el argumento y lo han incorporado a sus declaraciones, como sucedió, un par de días después del 1º de mayo, cuando fueron entrevistados, además del ministro Murro, los señores: director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Álvaro García, y el diputado Óscar Andrade, que también agita con tesón el déficit de la “caja militar”, como si fuera cierto y cuantificándolo (inicialmente se decía de 450 millones de dólares al año, luego se habló de 500 y ahora 580 millones) y todos cerraron su exposición mencionando el déficit de la “caja militar”. Y algo que no puedo dejar de mencionar es la expresión del diputado Alejandro Sánchez, que el día 3 de setiembre, en una entrevista televisiva, terminó sus respuestas diciendo: “El Estado no puede seguir perdiendo esa cantidad”, es decir, ya no lo considera un gasto, sino una pérdida. En buen romance: el pago de los haberes a las Fuerzas Armadas es una pérdida, plata tirada.
4) Modestamente, estoy a disposición de quien desee explicaciones o aclaraciones sobre estos temas.
Cnel. (R) Alberto T. Quintana
CI 611.526-1