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El Poder Ejecutivo aguarda la decisión de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) sobre los pedidos de inconstitucionalidad contra la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual —también conocida como “ley de medios”— antes de reglamentarla. La corporación maneja en promedio un plazo de seis meses para fallar cuando se impugnan los artículos de una ley. El primer recurso de inconstitucionalidad contra la “ley de medios” fue presentado en febrero de este año por la empresa DirecTV.
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El ex relator para la libertad de expresión de las Naciones Unidas, el guatemalteco Frank La Rue, dijo a Búsqueda que la SCJ “debe tomar la decisión pronto porque no hay cosa que haga más daño que la incertidumbre legal”.
La Rue estuvo el lunes 6 en Uruguay, cuando participó de un foro titulado “Seminario Internacional sobre la Regulación Comparada de Servicios Audiovisuales”, organizado por la Presidencia de la Cámara de Representantes y la Organización de las Naciones Unidas (ONU). En esa instancia, La Rue defendió la ley de comunicación audiovisual aprobada por Uruguay en diciembre del año pasado.
“Se dice que ninguna regulación es mejor que malas regulaciones”, pero “esas frases abstractas no son ciertas” porque “la ausencia de regulación proviene de dos realidades”, dijo La Rue.
“Puede provenir de una dictadura, como fue el caso de (Francisco) Franco; en esa circunstancia no se necesita regulación, porque una dictadura tiene todo bajo control: asigna las frecuencias a quien quiere y controla lo que quiere. Y la otra realidad de la cual puede provenir es la de un país caótico como el mío, Guatemala, en el que las frecuencias las concedió el Ejército, dicho sea de paso, durante los gobiernos militares”, describió. Y luego agregó: “Yo seguí la experiencia de Uruguay tanto en el proceso como en el contenido y me parece que el contenido es excelente”.
El fiscal de Corte, Jorge Díaz, ya se pronunció sobre el pedido de inconstitucionalidad de DirecTV, que impugnó 27 artículos de la normativa, y dictaminó que cinco de los artículos enteros y otras nueve disposiciones cuestionadas son contrarios a la Carta Magna (Búsqueda Nº 1.801). En cambio, rechazó el pedido de inconstitucionalidad hecho por el Partido Independiente, según el cual se violenta el “principio de igualdad” y se modifica la publicidad electoral sin la aprobación de los dos tercios de votos del Parlamento que se requieren para ello.
La opinión de la Fiscalía no es vinculante para los jueces de la SCJ, pero sí es preceptiva.
Canal 10, Nuevo Siglo, Montecable, Multicanal, Emisora del Este y canales de la Cámara Uruguaya de Televisión para Abonados también han pedido la inconstitucionalidad de la ley. Díaz todavía no se ha pronunciado sobre esas solicitudes (Búsqueda Nº 1817).