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    A propuesta del Frente Amplio, limitan la participación de Estados extranjeros en las inversiones en riego

    En el gobierno consideran que para que el proyecto de ley de riego con destino agrario pueda ser viable es necesario captar el interés de inversores fuera del agro pero que integren sociedades regantes con productores rurales, lo que fue una de las condiciones establecidas por legisladores del Frente Amplio (FA) para aprobar ese texto.

    La Comisión de Ganadería del Senado dio el visto bueno a ese proyecto en una reunión realizada el jueves 8, en la que la bancada frenteamplista planteó una nueva modificación en uno de los artículos vinculados al ingreso de sociedades anónimas u otras formas jurídicas que tengan a Estados extranjeros o fondos soberanos entre sus accionistas en las asociaciones de riego.

    “Lo que proponemos es tomar un camino alternativo mediante el cual la participación de las personas jurídicas en las sociedades y asociaciones agrarias de riego pueda tener variaciones sobre la base de que se integren personas jurídicas no nominativas, siempre y cuando estas aporten conceptos tecnológicos y tecnología para mejorar el riego”, señaló el senador oficialista Daniel Garín en esa reunión. Planteó también que la participación de ese tipo de personas jurídicas “esté condicionada a no ser dominantes o controlantes de las sociedades o asociaciones agrarias de riego a las que se integran”.

    En la redacción del artículo 3º de ese proyecto que fue aprobado ese día se establece que “aquellos casos en que algunos o todos los socios fueren personas jurídicas, las mismas deberán cumplir con los requisitos establecidos por la normativa respectiva, debiendo ser la totalidad de su capital accionario representado por acciones nominativas pertenecientes a personas físicas”.

    “Excepcionalmente, el Poder Ejecutivo podrá autorizar la participación de entidades o fondos propiedad de extranjeros, siempre y cuando esa participación sea minoritaria y no controlante y contribuya a la aplicación de nuevas tecnologías innovadoras elevando la producción y la productividad del sector”, dispone.

    La normativa vigente a la que alude ese ar­tículo comprende las leyes Nº 18.092, que regula las sociedades anónimas titulares de inmuebles rurales y Nº 19.283, que prohíbe la compra y la tenencia de tierras a empresas extranjeras o a las instaladas en el país en las que participe directa o indirectamente un Estado extranjero.

    Esta última norma legal fue aprobada en 2014 durante el gobierno de José Mujica pero hasta el momento no fue reglamentada por el Poder Ejecutivo.

    Consultado sobre ese tema, Garín dijo a Búsqueda que en la actual administración “están trabajando en esa reglamentación”.

    En el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca se elaboró un borrador para que sirva de insumo para reglamentar la ley en cuestión, que considera la importancia de que los proyectos de inversión aprobados estén orientados a los lineamientos del desarrollo local (ver Campo Nº 63).

    Algunos de los aspectos valorados para que el Ejecutivo conceda eventuales excepciones en el marco de esa legislación se refieren a que aplican tecnologías innovadoras, generan empleo y contribuyen al incremento de la producción y de la productividad del sector” agropecuario.

    El gobierno además deberá establecer los mecanismos de control del cumplimiento de esa normativa, específicamente en cuanto a la información que manejan la Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central, la Dirección General Impositiva y la Dirección de Registros del Ministerio de Educación y Cultura.

    En ese sentido, en el borrador mencionado se toma como modelo lo que establece la reglamentación de la ley Nº 18.930, que regula la información sobre las participaciones patrimoniales al portador con destino al BCU. Esa norma dispone que las entidades alcanzadas por dicha legislación no podrán inscribir actos y negocios jurídicos en los registros dependientes de la Dirección de Registros sin la exhibi­ción del certificado que acredite la recepción de la declaración por la Superintendencia de Servicios Financieros, y la incorporación de la declaración al registro de su cargo.

    Negativa

    Recientemente, el gobierno dio una respuesta negativa a una consulta formulada por asesores legales de una empresa forestal que tenía interés en vender su patrimonio de tierras y bosques a una compañía de Canadá que tiene entre sus accionistas a un fondo de pensiones, según supo Búsqueda. El objetivo de la consulta se realizó en el marco de la ley de sociedades anónimas titulares de inmuebles rurales y los asesores pretendieron sondear si esa transacción podría llegar a tener inconvenientes en cuanto a la autorización correspondiente del Ejecutivo. Por las averiguaciones realizadas, en ese fondo canadiense tiene participación un Estado extranjero, específicamente la Corona británica.

    Pese a la negativa oficial, la firma forestal pretende seguir adelante con el negocio.