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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEn la edición Nº 1.935 de Búsqueda, bajo el título ¿Quién tiró a Raúl Sendic? el señor Claudio Paolillo publica una columna en la que establece cómo fue posible que saliera a luz la situación que, a la postre, culminó con la renuncia de Sendic.
Lejos de hacer o insinuar un autoelogio a la excelente investigación periodística realizada por el semanario, Paolillo pone énfasis en la bondad del marco regulatorio vigente que permitió obtener la información necesaria. “Fue precisamente mediante un simple pedido de datos, basado en la Ley de Acceso a la Información Pública, que aparecieron los movimientos de la tarjeta corporativa que Ancap le había dado a Sendic”, señala Paolillo.
Y agrega que antes de que se promulgara la ley de 17 de octubre de 2008 habría sido “casi imposible para los periodistas conseguir la documentación probatoria de los gastos de Sendic…”. “Desde 2008 eso es posible. Y es una buena noticia para la democracia y para la transparencia”, asevera.
Es totalmente compartible esta aseveración de Paolillo. Pero una cosa es que exista la ley, que consagra un derecho, y otra es si se cumple y cómo se cumple. Veamos.
En la misma edición, en la página 4, un articulo titulado Un proceso de meses para obtener los datos da cuenta del trámite que se realiza para, finalmente, obtener la información que Búsqueda le pidió a Ancap. Allí se detalla que el primer pedido fue del 24 de enero de 2017 y, al no recibir contestación, se reiteró el 22 de febrero de 2017. Como tampoco Ancap contestó, el semanario hizo el reclamo que la ley prevé ante la Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP), oficina que funciona en la Presidencia de la Republica con el cometido de actuar en los casos que el organismo requerido incumpla en dar la información. Así fue que desde “el 22 de mayo el ente comenzó a enviar los cientos de estados de cuenta…”.
O sea que el semanario tuvo que esperar algo más de tres meses para recibir los datos que había solicitado. Tuvo suerte. Porque en lo personal llevo 11 meses esperando que el BPS me conteste cuántos jubilados y pensionistas cobran más de $ 50.000 por mes. No pido cientos de estados de cuenta como se le pidió a Ancap, sino solamente un número, una cantidad.
El primer pedido es de fecha 30 de octubre de 2016, el segundo es del 16 de junio de 2017 y el reclamo ante la UAIP fue realizado el 2 de agosto de 2017.
La misma información la pedí también al Ministerio de Defensa Nacional, con respecto a los jubilados y pensionistas militares que de inmediato informó, son 7.900 (o eran al 9 de noviembre de 2016 cuando contestó).
¿Y los civiles que están en la misma situación, cuántos son? Según estimaciones extraoficiales serían como mínimo 60.000, pero se necesita la versión oficial. Porque si bien se argumenta que el impuesto es necesario implantarlo porque el Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas recibe asistencia financiera, debe tenerse en cuenta que esa asistencia la perciben también todos los organismos del sistema de seguridad social, en particular el BPS que recibe el 80% del total de las transferencias que realiza el Estado (Búsqueda, Nº 1.930, pág. 26).
El tiempo corre a favor de los organismos que no dan la información que se les requiere. En este caso el tiempo asume particular importancia desde que la nueva vicepresidenta recibió a los coordinadores de todos los partidos para avanzar en una agenda legislativa de ahora hasta fin de año, donde fijó las prioridades del gobierno, entre las que está el impuesto a las pasividades militares. (El País, 28 setiembre, pág. 7).
Ante esta situación y al haber transcurrido ya 11 meses sin obtener del BPS contestación alguna, resulta difícil mantener esperanzas de que, en este caso, se cumpla con lo que la ley dispone.
En consecuencia, solo nos resta esperar a que los legisladores —al estudiar el proyecto que remitió el Poder Ejecutivo por el que se propone crear este nuevo impuesto solo a los retirados y pensionistas militares— puedan contar con la información que a nosotros no se nos ha proporcionado.
Así podrán disponer de un panorama completo que les permita asegurar el cumplimiento del principio de la igualdad ante la ley.
Gral. Cr. Guillermo Ramírez