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    Acoso, derechos y obligaciones

    N° 1678 - 06 al 12 de Setiembre de 2012

    Es razonable y de plena justicia que los cinco gremios del Poder Judicial pretendan establecer un protocolo destinado a prevenir y/o sancionar las situaciones de acoso laboral que se producen dentro de ese ámbito mediante una normativa que, finalmente, deberá ser aprobada por la Suprema Corte de Justicia.

    Los gremios judiciales que con representantes de la Corte analizan esa situación corresponden a las asociaciones de magistrados, actuarios, defensores de oficio, funcionarios administrativos y técnicos informáticos.  Representan a los casi 5.000 funcionarios judiciales del país, aunque algunos sectores de especialistas parecen estar ausentes.

    La esencia del protocolo en estudio parte del principio de que el Poder Judicial “reconoce la necesidad de prevenir conductas de acoso, violencia y discriminación en el trabajo tendientes a evitar su aparición, erradicando cualquier comportamiento que afecte los mismos en el ámbito laboral”.

    Se trata de un importante avance que está avalado por la Corte, algo que hace algunos años no solo era impensado sino que incluso hubiera sido rechazado por algunos jerarcas con un criterio excesivamente conservador o autoritario. Es, por lo tanto, un importante paso adelante.

    En mi largo tránsito por los diversos ámbitos judiciales he podido comprobar que esos desbordes no son exclusivos de personas pertenecientes a determinados sectores. Los abusos se dan en todas las categorías de funcionarios y no solo en los mandos medios, como parece deducirse de recientes expresiones a “El País” de Raúl Vázquez, secretario general del gremio de los funcionarios.

    Entre el 50% y el 60% de los funcionarios judiciales del Uruguay han sido víctimas o testigos de maltrato laboral hacia un compañero. “Tenemos el problema de que los mandos medios que tienen personal a cargo no tienen capacitación para ello”, advirtió Vázquez.

    Seguramente le asiste la razón. Muchos hemos sido testigos de desbordes con los cuales algunos actuarios (los mencionados mandos medios, que son escribanos o abogados) acosan, destratan, hostigan, acorralan o minimizan a los funcionarios. Este es un fenómeno denominado científicamente “mobbing” por el origen en ese idioma de su estudio, que se desarrolla desde mediados de los años 80 e incluye las causas, efectos y enfermedades derivadas. Aquí se aborda casi 30 años después.

    En Uruguay, ese acoso incluye gritos destemplados para dar órdenes, plantear exigencias fuera de la competencia del jerarca, exigir que el empleado realice trabajos inadecuados o con extensión horaria —lo que algunos admiten, temerosos de revanchas jerárquicas—, expresiones discriminatorias y alusiones e insinuaciones sexuales.

    Los actuarios no son los únicos autores o responsables de esos desbordes, aunque por su función seguramente sean los más notorios. En ocasiones algunos jueces —que por su investidura y formación se consideran dueños de la verdad— también los protagonizan, tanto con los funcionarios como hacia los mandos medios. Los propios usuarios —ciudadanos de a pie o abogados— padecen esos desbordes jerárquicos o funcionales.

    Como decía al comienzo, es de plena justicia que se elabore este protocolo pero considerando que un “gremio” no participa en la negociación y es el que tiene más afiliados. Se trata de los ciudadanos, los justiciables, los usuarios, en definitiva los destinatarios del servicio con el derecho a recibir un trabajo adecuado, eficiente y cortés de la administración de justicia a la cual sostienen mediante el pago de impuestos.

    Es indiscutible que muchos de ellos suelen padecer el maltrato de esos actuarios, jueces y funcionarios administrativos incapaces de entender la ansiedad, la angustia y la preocupación de los justiciables cuando reclaman con insistencia en las barandas (mostradores) de los juzgados información o mayor celeridad y eficiencia. Tienen pleno derecho y debe asumirse.

    Se impone un protocolo como el que se estudia, pero —aunque no sea ese el objetivo— no es menos cierto que en esas negociaciones deben estar presentes sobrevolando los usuarios del Poder Judicial. Son quienes exigen que esos funcionarios, administrativos o jerárquicos —sin los habituales corporativismos de “familia judicial”— cumplan los horarios de apertura y cierre, se vistan con una indumentaria acorde con la dignidad de la función, sean obligados a capacitarse para evitar errores de gravedad —gramaticales, idiomáticos o legales—, no abusen de la tradicional flexibilidad de horarios de ingreso o salida del Poder Judicial y traten con cortesía y dedicación a los usuarios, que son sus empleadores.

    Para ello se requiere, además de un “protocolo de acoso”, reformas complementarias de fondo para todos los dependientes. Que las órdenes se cumplan y que no sean interpretadas como “acoso” sino como la obligación de cumplir a cabalidad su función.

    Los jueces, los actuarios, los médicos, los peritos y los funcionarios administrativos no son ajenos al derrumbe cultural, social y de respeto por la convivencia que en los últimos años padecen todos los uruguayos. Pero eso no justifica continuar fomentando el derrumbe.

    Algún día, cuando se elimine el concepto de la inamovilidad funcional —manteniendo el derecho al ascenso y eventuales estímulos para cumplir con las obligaciones funcionales—, se podrá llegar a algo cercano al ideal: sin acoso laboral de ningún tipo, sin duda, pero también con la obligación de responder sin hesitación a las demandas de los ciudadanos que muchas veces son los acosados.