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    Aduanas cuestiona al Tribunal de lo Contencioso por anular su reestructura administrativa; ahora la quiere reinstalar por ley

    El juicio colectivo contra el Estado por parte de un grupo de funcionarios que se siente afectado por una reestructura organizacional que tuvo idas y vueltas es, hasta ahora, solamente un “titular de prensa”. Y si se hiciera efectivo, carece de “sustento”, opina el director de Aduanas, Jaime Borgiani. (*)

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    Esa reestructura fue planteada durante los gobiernos del Frente Amplio y tuvo varios traspiés. Con la Rendición de Cuentas a consideración del Parlamento, la actual administración pretende retomarla, ahora por vía legal.

    Precisamente, Borgiani habló sobre eso al comparecer el pasado 30 de setiembre ante la Comisión de Presupuesto integrada con Hacienda de la Cámara de Senadores, que trata el proyecto de Rendición ya aprobado en Diputados. Unos días antes, en El País, directivos de la Asociación de Funcionarios Aduaneros (AFA) habían adelantado la intención de llevar a juicio al Estado: “La Administración ahora va a enfrentar un pleito por lesión de derechos a trabajadores entre 2017 y 2021. Ya tenemos 359 firmas de funcionarios. Nuestro equipo jurídico estimó que cada funcionario deberá reclamar $ 4.160.000”, informó el secretario general de la AFA, Basilio Pintos. El presidente del gremio, Roberto Valdivieso, agregó que la cuestionada reestructura generó nombramientos “arbitrarios” y “desplazó” a otros. El diario señaló que el reclamo global sería por US$ 33 millones.

    “La demanda, hasta ahora, es un titular de prensa. Ni Aduanas ni el Ministerio de Economía y Finanzas han sido notificados de ningún reclamo”, aseguró Borgiani en el Parlamento, a donde asistió integrando una delegación encabezada por el subsecretario de esa cartera, Alejandro Irastorza.

    Borgiani respondió a una pregunta del senador y líder de Cabildo Abierto Guido Manini Ríos respecto a los posibles efectos de la aprobación de ese artículo en la Rendición de Cuentas sobre la anunciada acción judicial de los aduaneros: “¿La dejaría sin efecto? ¿Cómo influiría en ella? ¿Cuál es el asesoramiento que se tiene al respecto?”. “Estamos planteando una normativa legal, es decir, ampararnos en una estructura organizativa y en una asignación de responsabilidades y funciones que cuenten con el aval del Parlamento —por eso estamos acá—; no queremos discutir si las disposiciones del decreto que fija los cuadraditos de Aduanas son legales o no. Entonces, entiendo que, de pique, la demanda no tiene sustento, y mucho menos cuando lo que estamos buscando es dar legalidad a la estructura organizativa de la Dirección Nacional de Aduanas”, añadió el titular de ese organismo.

    El artículo del proyecto de Rendición de Cuentas referido al personal aduanero es el 106: “Hasta tanto se implemente la nueva estructura organizativa y de puestos de trabajo prevista en el artículo 8º de la Ley Nº 19.924, de 18 de diciembre de 2020, se autoriza a la Dirección Nacional de Aduanas a implementar una estructura organizativa provisoria, así como una asignación transitoria y revocable de ‘Funciones de Administración Superior’, conforme a lo previsto en los artículos 59 a 63 inclusive de la Ley Nº 19.121, de 20 de agosto de 2013, a efectos de asegurar la continuidad de los servicios aduaneros”.

    “Desconocimiento”

    “Como ustedes saben —explicó Borgiani—, hasta este momento, Aduanas ha optado por dictar sus estructuras organizativas a través de la formulación de decretos. El primero lo dictó en 2014, después en 2016 y este último, en 2019. Por lo menos los dos primeros han sido cuestionados y derogados por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Sin entrar en temas de fondo, la no aprobación de una estructura organizativa de carácter legal por parte de Aduanas retrotrae al organismo a una estructura del año 2002 con todas sus deficiencias y problemas. Por lo tanto, se plantea un régimen transitorio, provisorio, hasta que se instrumente en el marco de la reforma que está prevista en la ley de presupuesto y en el Estatuto del Funcionario Público. Es imprescindible para que Aduanas funcione correctamente”. Argumentó que se trata de “un organismo recaudador, relevante para el Estado, y, más allá de discusiones que pueda haber acerca de qué normas se pueden haber violado con los decretos, lo importante es que Aduanas tiene que funcionar, ser moderna, estar operativa y tener funcionarios comprometidos y con responsabilidades en sus tareas. Hasta ahora esto había sido por decreto y lo que estamos planteando es que esto se prevea en la Ley de Rendición de Cuentas que nos remite ya a las normas precitadas”.

    Manini Ríos hizo otra pregunta para “saber si las disposiciones o decisiones del Tribunal de lo Contencioso Administrativo que anulan lo actuado con base en decreto es meramente formal o se debe a algún argumento de fondo para dejar sin efecto esas disposiciones en dos ocasiones”.

    Borgiani contestó que el TCA considera que los decretos “son ilegales porque no respetarían la carrera administrativa. Nosotros entendemos que no es así. La carrera administrativa de Aduanas se respeta y no entró en el fondo de lo que es la estructura organizacional; derogó todo el decreto sin entrar a analizar qué era lo que contenía. El decreto sí tenía una parte de asignación de funciones y de responsabilidades, pero también tenía una estructura orgánica, moderna y de acuerdo con las necesidades de Aduanas”. Y remató: “El Tribunal de lo Contencioso Administrativo, lo digo con todo respeto, falló y derogó todo, yo creo que por desconocimiento. Desde el 2006, en Aduanas no se hacen tribunales de ascenso; recién se están regularizando ahora. Esa es la verdadera carrera administrativa, no tener determinada asignación de funciones. En Aduanas siempre se asignaron responsabilidades y se eligieron y designaron las funciones de administración con base en los criterios del director. Entonces, no hay un tema de definición, más allá de que el tribunal entiende que no se respeta la carrera administrativa y no profundiza más allá de eso”.

    (*) La versión original fue corregida al haberse indicado erróneamente Jorge en lugar de Jaime, el nombre correcto del jerarca.