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Entre los sumarios más sonados de este año estarán —cabe poca duda—, el del custodio presidencial que vendía pasaportes truchos a ciudadanos rusos, y de quienes, según los indicios de la investigación, serían funcionarios cómplices. Otros casos crean menos ruido político y son un trámite que se procesa discretamente dentro de la propia burocracia estatal. Además de policías, involucran sobre todo a personal docente y de la salud.
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En 2021 el número de sumarios disminuyó, según datos relevados por la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC) que abarcan al personal presupuestado —funcionarios públicos— de la administración central, los organismos de los artículos 220 y 221 (Poder Judicial, Tribunal de Cuentas, entes autónomos y servicios descentralizados) y los gobiernos departamentales: fueron 1.546, cuando en los tres años previos habían sido más de 1.900 y antes, en 2017, superaron los 2.000. Si se deja de lado el escalafón militar para hacer comparables esas cifras —ya que en algunos años se computaron y en otros no—, el total de 2021 fue 1.543, también menor que los 1.930 de 2020.
Para interpretar qué magnitud tienen estas cantidades absolutas se las puede comparar con el total de vínculos laborales con el Estado existentes al 31 de diciembre de cada año. Excluyendo por la razón antedicha el personal militar, esa relación bajó de 0,91% en 2017 a 0,79% en 2018, luego aumentó a 0,84% (2019) y 0,83% (2020) y se ubicó en el mínimo de la serie en 2021: 0,67%.
El personal policial acumuló una parte significativa de los sumarios del año pasado: fueron 725, si bien bajaron frente a los 846 del año anterior. En relación con los 32.866 funcionarios del Ministerio del Interior (MI), significaron 2,2% en 2021, la tasa más alta de todos los incisos. Solo se le aproxima el 2,1% del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (Inisa), aunque refiere a 34 casos en un organismo que ronda los 1.660 trabajadores.
También hubo menos sumarios —pasaron de 342 en 2020 a 255 en 2021— en la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), el inciso con la mayor plantilla (90.784). Los sumariados fueron 0,3% del total de sus funcionarios.
Entre otros organismos con mucho personal, los coeficientes fueron por ejemplo de casi 0% en Defensa Nacional (28.198 empleados) y 0,4% en la Administración de Servicios de Salud del Estado (26.697). La cantidad de sumarios bajó en ambos al comparar con 2020.
Los gobiernos de Salto y Colonia, con un solo sumario entre 1.774 y 1.496 funcionarios, presentaron las menores tasas, cercanas a 0%, como el Ministerio de Defensa.
Razones
El sumario administrativo es el procedimiento para determinar o comprobar la responsabilidad de los funcionarios imputados de la comisión de una falta administrativa y a su esclarecimiento. Son aplicables a las personas que mantienen una relación laboral con el Estado en calidad de funcionario público (en el caso de los contratados, en cambio, ante la constatación de inconducta o incumplimiento se rescinde el vínculo).
La principal causa son los “incumplimientos en el deber funcional”, que es, a su vez, la categoría más abarcativa e incluye a todos los tipos de omisiones a las responsabilidades y tareas (de asistencias, llegadas tarde, de controles, errores en procedimientos, conducta personal o relacionamiento con compañeros y jerarcas inadecuado o por ineptitud). El análisis de la ONSC acerca de los motivos fue para las cifras acumuladas en los tres últimos años (2019, 2020 y 2021). Dentro de ese grupo de causas, hubo 2.056 casos por “negligencias, errores u omisiones”, 541 por “inconductas”, 334 por “incapacidad e ineptitud” y 230 por “hurto o extravío del arma de reglamento, chaleco o municiones”, en un total de 5.473 sumarios.
La causal de “acoso laboral” (59) viene aumentando, según la ONSC, posiblemente por la conformación de comisiones especializadas y la adopción de protocolos de actuación en la materia en los distintos organismos, destacó la ONSC.
Algunos motivos llamativos señalados en el informe refirieron al “presunto proselitismo político” (17) y a supuestas violaciones al principio de laicidad en la ANEP (6).
Sanciones
La administración tiene la potestad de aplicar sanciones siguiendo el principio de razonabilidad y de “buena administración”, es decir, que el castigo sea acorde con la gravedad de la falta cometida. La falta susceptible de sanción disciplinaria es todo acto u omisión, intencional o culposo, que viole los deberes funcionales.
De los 5.473 sumarios iniciados entre 2019 y fin de 2021, algo menos de la mitad (2.613) estaban concluidos a mediados de 2022. En la administración central, el 37% de las sanciones aplicadas fueron de “suspensión”, una sanción que conlleva la retención de haberes por el tiempo no trabajado. Otro 18% terminó con la desvinculación del funcionario, 14% finalizó con la rebaja de calificación y 2,9%, en apercibimiento o amonestación.
A su vez, el 28% de los casos se cerró sin sanción al no encontrarse responsabilidad ni elementos probatorios de la inconducta. Considerando los incisos, el 60,7% de los sumarios que finalizaron con la desvinculación involucraron al MI.
En el caso de Poder Judicial, el Tribunal de Cuentas y los entes y servicios descentralizados, la sanción con suspensión fue la más aplicada (58%). El 9% fue desvinculado.