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    Cerritos de indios

    La Asociación de Descendientes de la Nación Charrúa (Adench) que integra el Consejo de la Nación Charrúa (Conacha) quiere expresar por este intermedio su preocupación por las denuncias publicadas en el artículo “Los cerritos de indios están en peligro por avance de cultivos”, aparecido en la edición de Búsqueda del jueves 13 del corriente.

    El referido artículo, reproduce palabras del arqueólogo José López Mazz vertidas en las “Primeras Jornadas Interdisciplinarias de Biodiversidad y Ecología” en La Paloma, Rocha. En esa instancia el especialista advierte que los cerritos de indios —que constituyen un paisaje cultural—, están siendo destruidos por los cultivos de arroz y de soja.

    Para aclarar sobre el punto, citamos las “Directrices Prácticas para la Aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial” de la Unesco, de 2005 que, en su parágrafo 47 identifica a los “paisajes culturales”.

    “Los paisajes culturales son bienes culturales y representan las ‘obras conjuntas del hombre y la naturaleza’ (…) ilustran la evolución de la sociedad humana y sus asentamientos a lo largo del tiempo, condicionados por las limitaciones y/o oportunidades físicas que presenta su entorno natural y por las sucesivas fuerzas sociales, económicas y culturales, tanto externas como internas”.

    En el desarrollo del contenido periodístico se avala esta definición cuando se informa que “los cerritos de indios son montículos que concentran vegetación y que sirvieron de campamento para las comunidades indígenas que habitaban las tierras uruguayas en zonas de humedales. También hay cerritos de indios en otras zonas bajas de América. Fueron construidos desde hace 5.000 años hasta hace 250 años”.

    Desde el año 2005, la Adench y el Conacha impulsan la ratificación del Convenio Nº 169 de la OIT por parte del Estado uruguayo. Se trata de una herramienta jurídica internacional, de carácter vinculante, que garantiza los derechos indígenas y prevé, en casos como el descripto donde las organizaciones indígenas se consideran vulneradas, que sus reclamos sean escuchados.

    Es por esto, que nuestra organización quiere alertar y solicitar a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, del Ministerio de Educación y Cultura y al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, que adopten urgentemente las medidas necesarias para evitar que se continúe con la destrucción sistemática de estos bienes culturales de carácter patrimonial y cuya desaparición es irremplazable.

    La pérdida denunciada contradice, además, la Ley Nº 14.040 que en 1971 crea la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, hoy, Comisión de Patrimonio Cultural de la Nación. El mencionado cuerpo legal establece:

    Artículo 14:

    La Comisión tendrá a su cargo la preservación de los sitios arqueológicos como paraderos, túmulos, vichaderos y tumbas indígenas, así como los elementos petrográficos y pictográficos del mismo origen. Su autorización será requerida para toda exploración y prospección de dichos sitios; en caso de ser acordada, se extenderá con relación a un solo yacimiento y por un plazo determinado, debiendo ser ejecutada de acuerdo a directivas precisas y bajo la dirección de personal especializado designado por la Comisión.

    Si en el curso de trabajos de movilización de terrenos se descubriera algún sitio de los referidos, dichos trabajos deberán ser suspendidos y notificada la Comisión, serán reanudados una vez tomadas las medidas de preservación necesarias.

    Aguardando que las autoridades nacionales sean sensibles a estos planteos y actúen para detener la irreparable pérdida de estos montículos construidos por nuestros ancestros, saluda a Usted, atentamente.

    Por comisión Directiva Adench

    Enrique Auyanet

    Secretario

    CI 1.321.039-3