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    Comerciantes recurrieron decreto de encomiendas: estimula informalidad

    La Cámara Nacional de Comercio y Servicios (CNCS) impugnó ayer miércoles 20 el decreto del Poder Ejecutivo que amplió el monto de las encomiendas que pueden ingresar al país sin pagar impuestos, porque entiende que la medida fomenta la “informalidad”, “vulnera” los principios constitucionales de “igualdad, derecho al trabajo y al comercio” y perjudica la economía.

    El decreto en cuestión, publicado el 15 de junio, estableció que estarán exentas del pago de tributos aduaneros y del Impuesto al Valor Agregado “las encomiendas postales internacionales de entrega expresa, cuyo peso unitario no exceda los 20 kilogramos y de un valor equivalente en moneda nacional de hasta U$S 200”, salvo las que estén gravadas por el Impuesto Específico Interno. Desde 2001 el valor máximo por envío era de U$S 50.

    Además, la norma —que reglamentó un artículo de la ley de Rendición de Cuentas de 2010— fijó un tope de cinco encomiendas exentas por persona, por año.

    Recurso.

    La gremial de comerciantes interpuso un recurso de revocación fundamentando que el decreto “adolece del siguiente vicio: mediante disposiciones de rango meramente administrativo se violan normas contenidas en la Constitución de la República”, según el escrito que obtuvo Búsqueda.

    Señala que la medida “es —evidentemente— una restricción al derecho al trabajo en sentido amplio —especialmente, al trabajo que se desarrolla a través del comercio—” protegido por el artículo séptimo de la carta magna.

    Agrega que dados los “beneficios tributarios implementados” para las encomiendas postales internacionales de entrega exprés, “resultará perjudicado el comercio y consecuentemente la economía” uruguaya.

    El recurso insiste en uno de los argumentos manejados por la CNCS días atrás desde su gerencia de Asuntos Institucionales: “El diferencial de precios entre los productos que ingresen al país por medio de esta vía sin el pago de impuestos, será de tal magnitud frente a los artículos que se venden actualmente en el comercio” que las empresas deberán enfrentar una “competencia muy difícil de combatir”, con lo cual perderán ventas.

    Indica que el decreto “debió limitar la frecuencia de aplicación del régimen a una sola vez y con carácter excepcional”, y para “productos que no se comercialicen en el país”.

    Otra línea argumental del recurso alude a que la disposición del Ejecutivo “vulnera” el principio de igualdad consagrado en el artículo octavo de la Constitución porque se beneficia “solo un sector” del comercio nacional: el de las encomiendas postales internacionales “en desmedro del resto del comercio e industria nacional”.

    La CNCS objeta además que el Estado mediante esta reglamentación actúe como “protector del comercio nacional” como lo establece el artículo 50 de la Constitución, porque está “generando medidas distorsivas” y “estimulará el desarrollo de un mercado informal de determinados tipos de productos”.

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