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    Degüello judicial

    N° 1683 - 11 al 17 de Octubre de 2012

    ¿Qué adjetivo se puede utilizar con prudencia en el vocabulario democrático para calificar la decisión del gobierno de obligar al Poder Judicial, al Ministerio Público y a otros organismos jurisdiccionales a ponerse de rodillas para mendigar aumentos salariales? ¿Se trata de una venganza porque los jueces osaron desafiarlos al plantear la inconstitucionalidad de una norma que los dejaba sin aumentos automáticos? ¿Por qué marcar una diferencia salarial entre los tres poderes del Estado que, aunque tienen funciones independientes, merecen igual remuneración, como se entendió en 1985 al recuperarse las instituciones democráticas y cuando este concepto se entendía en su plenitud?

    Para responder a esas interrogantes basta con analizar, meditada y racionalmente, la alcaldada del miércoles 3 de los senadores del gobierno quienes, sin consultar con la oposición, en forma prepotente, perversa y abusando de sus mayorías, colocaron al Poder Judicial contra el paredón y lo degollaron mediante un aditivo incluido a último momento en la Rendición de Cuentas.

    La sangre de las yugulares judiciales todavía está corriendo mientras que la satisfacción por esa victoria pírrica arranca estúpidas sonrisas en algunos legisladores que concretaron la maniobra. En realidad, hay dudas de que el ideólogo haya sido algún legislador. La propuesta bien pudo provenir del presidente José Mujica que nunca está ajeno a estas cosas, mientras se ocupa  de otras populacheras y sensibleras antes que de las institucionales.

    La satisfacción oficial pude constatarla al dialogar con un integrante del gobierno. Palabras más, palabras menos, como respuesta a mis preguntas sacudió el dedo medio de su mano derecha y dijo: “¡Tomá, que los jueces se la banquen!”. Como si el Estado estuviera separado en compartimientos estancos y rivales o se tratara de una guerra de poderes o de un partido de fútbol.

    El aumento equitativo de los jueces surgió inicialmente del artículo 85 de la ley de la judicatura 15.750 de 1985 que fue respaldada por todos los partidos a la salida de la dictadura. Aún se sentían sus negativos efectos que progresivamente se han ido olvidando. La ley de la judicatura dice que la dotación de un ministro de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) no puede ser inferior a la de un ministro de Estado. A partir de ahí establece los porcentajes que les corresponden al resto de los funcionarios.

    El artículo 64 del último presupuesto se plegó a esa  iniciativa y todos los legisladores admitieron que los salarios de los jueces fueran iguales que los de los ministros y senadores, algo sobre lo cual solía protestar Mujica cuando estaba en Ganadería y Agricultura. Pero claro, los cargos, los criterios y las apetencias cambian.

    Luego de la ley de presupuesto, la Corte ordenó liquidar los salarios con esos aumentos. Cuando en el gobierno se dieron cuenta de los montos que deberían pagar anualmente rebobinaron y sacaron una ley interpretativa —antes, por error, un decreto— que los eliminaba. El resultado fue una acción de inconstitucionalidad de los jueces contra esa ley interpretativa que, seguramente, al concluir el juicio, favorecería a los magistrados con lo cual no sólo deberían pagarles los aumentos de sueldo sino también las retroactividades correspondientes.

    Los afectados son, además de la Corte, el Ministerio Público y el TCA, la Corte Electoral y el Tribunal de Cuentas. Todos esos ámbitos, cuyos fallos deben ser ajenos a las cuestiones político-partidarias, a las pujas por cargos, votos o intereses de partidos, son relevantes para que una República pueda jactarse de tener un Estado de derecho que funcione a plenitud.

    Hace algunos meses los jueces se pusieron de punta ante la decisión parlamentaria de votar una ley interpretativa que dejaba sin efecto el artículo 64 del presupuesto que les había dado a esos organismos aumentos salariales iguales que los de los ministros de Estado equiparados a los de los senadores: $ 148.063, equivalentes a casi 17 salarios mínimos sin considerar otros beneficios que son varios y abundantes.

    La semana pasada, con Maquiavelo sobrevolando y sacudiendo una carnavalera bandera, los senadores del gobierno, simultáneamente, dejaron sin efecto el artículo de presupuesto, derogaron la ley interpretativa y establecieron que los únicos con derecho al “enganche” con los salarios de los senadores son los ministros, el secretario y el prosecretario de la Presidencia, los directores de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina Nacional de Servicio Civil, entre otros. Vale decir que todo queda en los ámbitos partidarios y deja afuera a la independencia jurisdiccional. No hay plata mejor repartida que la que queda en casita y permite hacer aportes a los sectores de la coalición de cara a las elecciones.

    De esta forma, el gobierno supone que eliminan el juicio de inconstitucionalidad y que luego podrán negociar con las cartas vistas los salarios de los organismos jurisdiccionales.

    ¡Qué mejor para sus intereses que mirar desde arriba, sentados en sus poltronas de legisladores, a los jueces y fiscales pidiendo aumentos! En su ignorancia quizá suponen que así podrán aceitar o torcer sentencias o los dictámenes fiscales. Si es así, ¡pobres tipos! Y tipas, para ser políticamente correcto.