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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEn la edición de Búsqueda No. 2.212 del pasado 9 de febrero, página 15 (Sección Información General), se publicó un artículo titulado “El Angiógrafo del Maciel continúa sin uso para tratar ACV y diputado oficialista denuncia posible conflicto de interés”, y se generaron sospechas sobre la conducta de determinados actores del sistema de salud, entre los que se encuentra Sanatorio Americano.
Llama la atención que no haya existido una instancia de consulta o averiguación con autoridades de dicha institución de salud cuando, incluso en la nota, se hacen referencias a “fuentes médicas consultadas”.
Otro elemento para destacar es el desconocimiento del régimen de funcionamiento de los actos y prestaciones financiados por el Fondo Nacional de Recursos (FNR). Conviene recordar que toda prestación cubierta por FNR tiene una regulación legal y reglamentaria, consolidada en muchos años de funcionamiento, en la que se consagran algunas garantías para los usuarios y prestadores:
La elección del Instituto de Medicina Altamente Especializado (IMAE) corresponde a los pacientes (o eventualmente a sus familiares si no están en condiciones de prestar el consentimiento para efectuar una elección válida), por lo tanto, no son los médicos actuantes en los procedimientos quienes determinan ni definen el centro donde se realizan los procedimientos.
El FNR controla preceptivamente que quienes se relacionan financiera o técnicamente con dicho organismo no tengan conflicto de interés por la comercialización, producción, financiamiento o utilización de determinadas tecnologías, dispositivos o actos médicos.
Solo los IMAE habilitados por el Ministerio de Salud Pública y aprobados por el FNR pueden prestar los servicios con ese financiamiento estatal.
Yendo concretamente al tratamiento de trombectomía (tratamiento de algunos tipos de Accidentes Cerebro Vascular –ACV), conviene aclarar a los lectores que, por ordenanza 882 del 8 de junio de 2021, el MSP convocó a prestadores de salud públicos y/o privados interesados en constituirse en servicios de tratamiento avanzado del ataque cerebrovascular, previendo la inclusión de dicha técnica como procedimiento de medicina altamente especializada con cobertura del FNR.
Por ordenanza 1905 del 9 de diciembre de 2021, el MSP designó como avanzados para el tratamiento del ataque cerebrovascular a la Sociedad Médico Quirúrgico de Salto, Mutualista Casa de Galicia, Hospital Regional de Tacuarembó, Sanatorio Americano, Hospital de Clínicas, Asociación Española y Médica Uruguaya.
El FNR, como organismo financiador de la técnica, comunicó a las instituciones designadas la reglamentación aprobada para la cobertura del tratamiento de trombectomía mecánica (en dicha reglamentación se consagra, como en todos los casos, la libre elección del paciente del centro), se determinó los centros que contarán con dicha cobertura financiera en Montevideo los centro designados: Asociación Española, Casa de Galicia, Hospital de Clínicas, Médica Uruguaya y Sanatorio Americano; y en el interior del país: ASSE-Hospital Regional de Tacuarembó y Sociedad Médico Quirúrgico de Salto.
Por lo expuesto, resulta inaceptable que se sugiera un potencial conflicto de intereses entre Sanatorio Americano y el Hospital Maciel, cuando este hospital público no integra el listado de prestadores con servicio de tratamiento avanzado del ACV autorizado por el MSP para hacer esa técnica con el financiamiento por parte del FNR.
Dr. Ariel Bango