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    El Poder Ejecutivo no moverá “un dedo” para derogar el delito imputado a Lorenzo y Calloia

    El fiscal de Corte cree que el delito de “abuso de funciones” es constitucional

    El Poder Ejecutivo “no va a mover un dedo” para que se derogue la figura del “abuso de funciones”, cuestionado por la defensa del ex ministro de Economía Fernando Lorenzo y del titular del Banco República (BROU), Fernando Calloia, luego que un fiscal pidió el procesamiento de ambos en el marco del “caso Pluna”, dijeron a Búsqueda fuentes del gobierno.

    De hecho, esa también es la postura del sector mayoritario dentro del oficialismo, el Movimiento de Participación Popular. En cambio, legisladores del Frente Líber Seregni —al que pertenecen Lorenzo y Calloia— dijeron en los últimos días que promoverán un proyecto para eliminar del Código Penal esa figura delictiva para casos no previstos específicamente por la ley.

    “El gobierno no va a mover un dedo para derogar el delito de ‘abuso de funciones’ en tanto no haya un pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) sobre el caso Pluna”, insistió un jerarca de primera línea del Poder Ejecutivo.

    Lorenzo —el ministro del área económica número 100— renunció el sábado 21, horas antes de comparecer ante un juzgado del Crimen Organizado investigado por gestionar un aval del Banco República (BROU) en favor de una empresa que ofertó por siete aviones de la ex Pluna en una subasta efectuada en octubre de 2012.

    Mujica había sido enterado el miércoles 18 de que el fiscal del caso, Juan Gómez, pediría el procesamiento no solo de los empresarios vinculados a la última etapa de la gestión de Pluna sino también de Lorenzo y Calloia. Ese mismo día el mandatario viajó en helicóptero a Colonia y luego abordó un bote para cruzar un río y poner al tanto a su antecesor y precandidato presidencial por el Frente Amplio Tabaré Vázquez, quien estaba pescando en la zona.

    Abuso.

    El delito de “abuso de funciones” en casos no previstos especialmente por la ley se configura cuando un “funcionario público que con abuso de su cargo, cometiere u ordenare cualquier acto arbitrario en perjuicio de la Administración o de los particulares, que no se hallare especialmente previsto en las disposiciones del Código” Penal. El castigo es de tres a 24 meses de prisión, con la inhabilitación especial de dos a seis años.

    Ante el pedido de procesamiento sin prisión por “abuso innominado de funciones” formulado por el fiscal Gómez el sábado 21, los abogados de Lorenzo y Calloia presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra ese delito.

    Contemplando ese recurso, la jueza Adriana de los Santos suspendió el proceso contra ambos jerarcas y elevó el expediente a la SCJ para que se expida sobre la constitucionalidad del delito pedido por el fiscal. En cambio, procesó con prisión al empresario Matías Campiani y a otros dos ejecutivos de la ex Pluna por estafa.

    El fiscal de Corte, Jorge Díaz, ya se había pronunciado el 30 de setiembre pasado en contra de un recurso de inconstitucionalidad frente al delito de abuso de funciones imputado al intendente de Colonia, Walter Zimmer, por supuestas maniobras con patentes de automóviles en su departamento. Si bien ese dictamen no obliga a los ministros de la Corte, suele indicar el rumbo que tomará la jurisprudencia. De hecho, tres de los actuales ministros de la corporación ya se pronunciaron a favor de la constitucionalidad de esa figura delictiva en un expediente en el año 2010.

    En su dictamen Díaz recordó que la SCJ “ha desestimado, en reiteradas ocasiones, la declaración de inconstitucionalidad de la norma” alegando —entre otras cosas— que la “fórmula empleada por el legislador” en la redacción del artículo que define dicho delito en el Código Penal es “amplia, quedando comprendidas en ella las múltiples conductas que no se adecuen a previsiones legales específicas que reprimen el abuso, siempre que concurran otros requisitos de quebrantamiento del deber funcional legalmente exigidos”.

    “El medio típico para cometer el delito examinado es el abuso del cargo que significa el uso ilegítimo de las facultades, poderes y medios inherentes al cargo público que se ejerce, comprendiendo todas las posibilidades de conductas ilegítimas (...)”, afirma el fiscal de Corte.

    Remarca además, que el “bien jurídico tutelado” es el “normal funcionamiento de la Administración, que se ve amenazado cuando sus funcionarios no actúan moderadamente en el ejercicio de sus funciones causando un perjuicio a la misma o a los particulares”.

    Desde 2001 hasta 2012 la Justicia procesó a 106 jerarcas públicos por el delito de abuso de funciones, según datos del Poder Judicial divulgados el lunes 23 en Canal 10. De ese total, 56 funcionarios fueron enviados a prisión.

    Tras el pedido de procesamiento de Lorenzo y Calloia, el publicista y dirigente del Frente Líber Seregni Esteban Valenti tildó de “fascista” al delito de abuso, mientras que la presidenta del Frente Amplio, Mónica Xavier, consideró que se trata de “una figura ‘residual’” a la que se recurre “cuando la actuación no encuentra delito y de igual forma se quiere realizar una imputación”. (Más información en páginas interiores y contratapa)