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El gobierno quiere tipificar como faltas las picadas de vehículos, sacar basura de contenedores y pedir dinero en forma agresiva en semáforos
El ministro de la Suprema Corte Ricardo Pérez Manrique propone que esos ilícitos tengan seis meses de prescripción
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Con el argumento de que la permisividad frente a algunas conductas favorece el crecimiento de la delincuencia, el gobierno prepara un proyecto de ley para modificar el sistema de faltas previsto en el código penal. El objetivo es eliminar algunas tipificaciones que quedaron obsoletas y fijar otras para castigar actos que afectan la convivencia y los espacios públicos.
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La propuesta incluirá penas de multas o días de prisión para quienes realicen picadas con sus vehículos, limpien vidrios en los semáforos sin aval del conductor del vehículo, orinen en la vía pública, saquen basura de los contenedores, roben señalizaciones de tránsito y vandalicen espacios públicos, dijeron a Búsqueda fuentes oficiales.
Según el listado elaborado por la Suprema Corte de Justicia, la aplicación de faltas se redujo drásticamente hasta que la corporación decidió los juzgados especializados en esa materia en el 2009. En 1999 hubo 251 casos con sentencia definitiva, mientras que en 2005 —último año sobre los que hay registro— la cifra bajo a 39.
Como parte del plan para combatir la inseguridad, el Poder Ejecutivo pidió a la SCJ su opinión sobre este tema y en base a esta solicitud el organismo realizó un listado de aquellas faltas que se castigan con más frecuencia y las que nunca se persiguen.
El ministro de la Suprema Corte de Justicia Ricardo Pérez Manrique opinó que la tipificación de las faltas está “absolutamente desactualizada” por lo que habría que incorporar algunas y suprimir otras.
“¿Qué pasa con las picadas o con la circulación de carros tirados por caballos en las avenidas? Creo que esos ejemplos tendrían que ser una falta porque compromete la integridad física de las personas”, opinó.
En 1999 la falta que más se persiguió fue el “abuso de alcohol o estupefacientes” con 104 sentencias definitivas, mientras que seis años después esa inconducta ameritó únicamente tres sentencias. Lo mismo sucede con el “hurto y retención de armas” que terminó en el dictado de 45 sentencias en 1999 y solamente una en 2005.
El “disparo de arma de fuego y de petardos en poblado” bajó de 28 a cinco sentencias y la “velocidad excesiva en la conducción de animales y vehículos” pasó de 22 fallos a ninguno.
En 2009 la SCJ suprimió los juzgados de faltas para crear nuevas juzgados laborales debido a que la reforma del proceso laboral incrementó la actividad de esas sedes.
La corporación decidió que las faltas quedaran bajo la competencia de juzgados penales comunes, lo que en los hechos hizo que esas conductas no se persiguieran debido a la gran actividad que tienen esas sedes. Según consultas efectuadas por Búsqueda entre jueces penales, ninguno de ellos recuerda haber dictado una sentencia por una falta en los últimos años.
El ministro del Interior, Eduardo Bonomi, dijo en más de una oportunidad que la supresión de los juzgados de faltas fue un error porque constituían una “primera barrera” frente al delito.
De hecho, el Poder Ejecutivo incluyó ese tema entre las 15 medidas que prevé aplicar para combatir la inseguridad. En el documento que difundió la semana pasada, el gobierno propuso la “eliminación de la tipificación de una serie de conductas como ‘faltas’ y mantenimiento de aquellas con real incidencia en la inseguridad ciudadana, adecuándose los mecanismos procesales para su efectiva sanción por parte del Poder Judicial volviendo a crear los Juzgados de Faltas”.
El ministro Pérez Manrique dijo a Búsqueda que a su juicio es “imperioso” readecuar el listado. “Muchas faltas son actos preparatorios de delitos, como la tenencia injustificada de llaves o ganzúas, y otras que están desfasadas de la realidad, como la galantería ofensiva”, razonó.
“Si se opta por reprimir las faltas hay que pensar en incluir algunas como las picadas. Hay otros aspectos que tienen que ver con la preservación de los espacios públicos que también deberían incorporarse”, agregó.
El ministro recordó que algunos penalistas han argumentado a favor de eliminar lisa y llanamente las faltas, calificándolas como “delitos enanos”.
Esa opción es la que toma el proyecto de reforma del Código Penal que el año pasado elaboró una comisión de expertos presidida por el ex magistrado Milton Cairoli.
Para Pérez Manrique, si se opta por mantener las faltas, lo que tiene que hacerse “sí o sí” es modificar el plazo de prescripción, que hoy es de dos meses.
“Creo que debería ser por lo menos de seis meses para que tengan una efectiva persecución”, precisó el magistrado.
Por otra parte, el ministro de la corporación señaló que debe haber un efectivo cumplimiento de la sentencia porque si no, se desvirtúa el espíritu de la sanción. “La multa es difícil de que se cumpla y en la mayoría de los casos se va a pagar con días de privación de libertad por multas”, señaló.
Como castigo a las faltas, el código penal establece multas o días de prisión. “Para mí lo mejor es una vía alternativa de trabajo comunitario como una forma de reparar el daño”, concluyó.
En la actualidad la Suprema Corte estudia si reinstala los juzgados de faltas o si crea una estructura mínima que instruya estos expedientes para que los jueces penales los reciban y se limiten a dictar la sentencia.