La senadora electa y futura ministra de Vivienda Irene Moreira aseguró que su padre Roque Moreira nunca fue colono, sin embargo, documentos en poder de Búsqueda prueban lo contrario.
La senadora electa y futura ministra de Vivienda Irene Moreira aseguró que su padre Roque Moreira nunca fue colono, sin embargo, documentos en poder de Búsqueda prueban lo contrario.
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEn la edición del jueves 6 Búsqueda publicó que el anteproyecto de ley de urgente consideración elaborado por el gobierno electo incluye cambios al Instituto Nacional de Colonización (INC) que, de aprobarse sin modificaciones, flexibilizarán las exigencias para los colonos propietarios y beneficiarán a la familia de la ministra de Vivienda designada, Irene Moreira.
Los padres de Moreira, Roque Moreira y Myriam Fernández (fallecida en 2009), figuran en los registros públicos como directores de Palomar S.A., propietaria de un campo del INC ubicado en Artigas y que tiene una extensión de 1.300 hectáreas. En su perfil de LinkdIn, la senadora electa declara que ella es directora de esa sociedad anónima desde el 2008.
La esposa de líder de Cabildo Abierto y senador electo, Guido Manini Ríos, publicó el jueves que la información sobre su padre era “una mentira más” y que “Roque Moreira nunca fue colono”.
Manini Ríos dijo en rueda de prensa que la noticia era “totalmente inexacta”, informó Telemundo.
Sin embargo, los documentos oficiales de Colonización que están en poder de Búsqueda confirman que el padre de la futura titular de Vivienda fue intimado a cumplir con las obligaciones de los colonos, en su condición de propietario de un campo del INC.
El 2 de marzo de 1971 Roque Arturo Moreira Salgado adquirió a Colonización la fracción B del inmueble 511, que comprende 1.300 hectáreas ubicadas en la 4ta sección judicial del departamento de Artigas, según consta en el expediente.
El documento indica que la toma de posesión del predio fue el 2 de abril de 1971 y que Moreira figura con el carácter de “promitente comprador – propietario” en la ficha 21.108.
El expediente del INC menciona que Moreira incurrió en un “incumplimiento del artículo 61 de la ley 11.029”, con fecha 12 de febrero de 1974, tres años después de adquirido el campo.
“Conceder al señor Roque A. Moreira un plazo de 180 días para pasar a residir en la fracción B del inmueble 511, así como intimarle la explotación directa de la misma y el pago de las sumas adeudadas”, dicta el expediente 27.547, acta 3.019, resolución 4.
El artículo 61 de la ley de Colonización, aprobada en enero de 1948, establece como una de las obligaciones principales de los colonos “trabajar directamente el predio y habitarlo con su familia, salvo, en este último caso, que la colonia esté organizada o se organice bajo el sistema de viviendas agrupadas en poblados”.
Esos registros dejan en evidencia que Moreira figura como colono propietario y que en esa condición está obligado a cumplir con la exigencia en cuanto a la residencia con su familia en el predio y a explotarlo directamente, indicaron a Búsqueda fuentes del ente estatal.
En caso contrario, el INC no lo habría intimado, como quedó advertido en el expediente en cuestión.
l Contra el cambio. En su tuit, la futura ministra dijo que Cabildo Abierto estaba en contra de los cambios a Colonización incluidos en el anteproyecto de ley de urgente consideración, entre ellos el que beneficiaría a los colonos propietarios.
Manini Ríos aseguró a los medios que pedirán retirar la modificación de la versión final del proyecto.
El artículo 313 del anteproyecto propone sustituir el literal B) del artículo 61 de esa norma para que quede redactado de la siguiente manera: “Trabajar el predio bajo su dirección y supervisión directa y habitarlo con su familia, salvo, en este último caso, que se trate de colonos propietarios, o que la adjudicación expresamente establezca la excepción, o que la colonia esté organizada o se organice bajo el sistema de viviendas agrupadas en poblados, o por razones justificadas de salud, estudio o trabajo de algunos de sus integrantes”.
El Instituto establece distintos tipos de colonos, de acuerdo al vínculo que mantienen con el predio que explotan. Quienes compran “fracciones de campos afectados” a la ley de colonización como Moreira deben cumplir con una serie de requisitos. Para vender esos bienes, por ejemplo, necesitan autorización previa del organismo.
Cuando se trata de un arrendamiento o cesión en comodato, el colono propietario también debe pedir autorización previa y que “el nuevo adjudicatario cumpla con las condiciones de ser colono exigidas por las normas”.
El padre de la futura ministra de Vivienda concretó la adquisición del campo mediante el pago del 18% del precio total al contado y el saldo en un plazo de 10 años, de acuerdo con el expediente de Colonización.
El documento señala que en 1981 Roque Moreira escrituró la compra de los padrones que en los registros de propiedad figuran a nombre de Palomar S.A, como dueña de los padrones rurales 4.127 y 4.128, que integran la fracción 511. La tipificación de esos campos, según la aptitud de los suelos, corresponde a ganadera ovejera, con un índice Coneat de 64 y 106, respectivamente, siendo 100 el promedio país.