N° 1769 - 19 al 25 de Junio de 2014
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acá¿Cuánto debe pagarle el Estado a un inocente que pasó cuatro años y 120 días de prisión en cárceles “con hacinamiento crítico” y “violatorias de los derechos humanos”, como las calificó Juan Méndez, relator de Naciones Unidas sobre la tortura? ¿Se evalúan igual todas las indemnizaciones por prisión injusta? ¿Los perjuicios sociales, físicos, psicológicos y laborales que se proyectan para el resto de la vida, afectan a todos por igual?
Las incógnitas parten del caso de Jhonatan Farías, encarcelado injustamente durante un tiempo emblemático. El 21 de mayo de 2009, el juez penal de 10º turno y el fiscal de tercer turno lo hundieron en el infierno imputándole dos rapiñas que no cometió. Se agravó en 2012 al ser condenado a siete años de penitenciaría y a la suspensión de sus derechos políticos. Fue absuelto el 30 de setiembre de 2013 por el Tribunal de Apelaciones de 4º Turno al comprobarse su inocencia por las deficiencias de un expediente “caótico”, con “escasa indagatoria” y que no consideró el testimonio de varios testigos (Búsqueda Nº 1.743).
Farías reclamó ser indemnizado por el artículo 4º de la ley 15.859 de 1987. Su abogada, Carolina Bautel Menafra, pide U$S 180.000. Son U$S 159.000 por daño moral, U$S 14.000 por lucro cesante (lo que dejó de percibir por no trabajar) y U$S 7.000 por los gastos derivados del procesamiento, consignó “El País”. El Poder Judicial ofreció U$S 30.000 (U$S 20 por día de prisión). Para Farías es una burla y decidió proseguir la demanda en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de 4º Turno. En el Comcar lo quemó el fuego del infierno: una tentativa de homicidio, dos motines, golpizas de reclusos y guardias, robos de comida y pertenencias, y el constante riesgo de ser violado, además de hacinamiento e insalubridad. ¿No es eso tortura estatal compartida entre el sistema de Justicia y el Ministerio del Interior?
¿Qué puede esperar Farías? Que el juez se ciña a la mezquina jurisprudencia que rara vez supera los U$S 40 por día o que se aparte de esa línea y asuma la realidad. Una sentencia del Tribunal de Apelaciones Civil de 7º Turno abrió otro camino y en 2013 indemnizó con U$S 80 por día. Bajó lo que el juez de lo Contencioso Administrativo había dispuesto pagar: U$S 117,36 por día, según surge del tomo 44 del Anuario de Derecho Civil de junio.
Entre 2008 y 2013 se presentaron 110 demandas; en 2008 y 2009, 18; en 2010 treparon a 26; bajaron en 2011 a 18; en 2012 hubo 19; y en 2013 llegaron a 11.
La ley 15.859 es armónica con la Carta y con el artículo 9.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: “Toda persona que haya sido ilegalmente detenida o presa, tendrá el derecho efectivo a obtener reparación”. Pero, ¿cómo y cuál debe ser la esencia de esa reparación?
El sentido común indica que una prisión injusta no supone para todos el mismo perjuicio moral, desprestigio social y/o quiebre de las relaciones sociales y familiares. Hay sí factores comunes: angustia, ansiedad, inseguridad, pérdida de aportes y tiempo jubilatorio, temor e impotencia ante la injusticia.
En 1600, el escritor Mateo Aleman decía en su discurso moral “Guzmán de Alfarache”, que “todos los males siguen al preso y todos los bienes le huyen”. Cierto solo parcialmente porque hay presos que generan sus males. Pero cuando de injusticias se trata hay que ponderar cada situación sin medir cuánto debe pagar el Estado por rentas generales. Se debe priorizar el padecimiento, la honorabilidad dañada y las secuelas graves, como la dificultad de obtener empleo. ¿Cómo se convence a un empleador que fue preso por el error de un juez y un fiscal? ¿A quién le cree el empleador? ¿A Farías o a otros en igual situación, o a lo que decidió un juez? ¿Habrá que agregar la sentencia absolutoria al currículum? Hay errores inadvertidos y errores inexcusables. Sobre los inexcusables se eleva el corporativismo: barrer bajo la alfombra.
La mayoría de las indemnizaciones cuantifican con igual monto cada día en prisión. Abogados, psicólogos, sociólogos o psiquiatras podrán coincidir o discrepar, pero la variación del tiempo en prisión no causa el mismo padecimiento. Cuanto más tiempo entre rejas, mayor dolor. Tampoco son iguales los riesgos personales o sanitarios de un día, una semana o un mes, que los de uno, dos, tres o cuatro años. Parecen sensatas indemnizaciones mayores a medida que aumenta el tiempo de reclusión; el daño se acumula.
Cada nueva jornada, cada error, cada nueva sentencia revocando una prisión, marcan a fuego tanto la morosidad de algunos magistrados como la necesidad o irresponsabilidad de reformar el Código del Proceso Penal con mecanismos adecuados para que —sin mengua de la seguridad— el procesamiento con prisión sea la excepción y no la regla.
Ahora surge un nuevo problema: torturas en el INAU, como lo han señalado Ielsur y Serpaj. En algún momento comenzarán las demandas de padres de los menores afectados por el Estado y habrá que pagar.
En un país en permanente debate electoral, para el oficialismo y la oposición todo eso parece de otro mundo. Las discusiones sobre leyes y procesamientos con prisión o sin ella solo le interesan al sistema político cuando afectan a sus integrantes. Entonces sí, ¡horror de horrores!, las movilizaciones son amplias y saltan esos temas. Solo por un rato, no crea que por mucho tiempo. Después el silencio.