N° 1764 - 15 al 21 de Mayo de 2014
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEs habitual pero se acentúa en períodos electorales. El doble discurso político es un virus, vocablo que no en vano deriva del latín: toxina o veneno. Contagia a toda la población pero los sectores de mayor riesgo son los de menor ilustración y los nuevos votantes que este año serán 250.000. La mayoría tiene poco espíritu crítico y suele responder a la arenga antes que al razonamiento.
Aunque los ejemplos virales abundan me quedo con el de Constanza Moreira. La señora de 54 años es socióloga, licenciada en Filosofía y doctora en Ciencias Políticas. Es senadora desde 2009 y pretende competir con Tabaré Vázquez a quien considera caduco: “Se presentó cuatro veces y tiene 75 años. Yo quiero otra cosa…”.
Con sus antecedentes y aspiraciones debería actuar con responsabilidad y seriedad, especialmente si cree que puede asumir el liderazgo de la izquierda. Hasta ahora es un lastre.
Como muchos de sus correligionarios al referirse a leyes o al Derecho, suele desvirtuar la realidad por ignorancia, interés o demagogia. No respeta la ciencia jurídica, que ciertamente no es una ciencia exacta, pero tan ciencia como la sociología, la filosofía o la politología. Talentea desde el poder sobre esa sensible política de Estado y dentro de un marco de liviandad siembra dudas y alienta la inseguridad jurídica.
“El Observador” informó que en un discurso en La Floresta, Moreira abogó contra las penas de las rapiñas y trampeó a un auditorio mayoritariamente joven: “Una rapiña es, por definición, un robo con violencia. Si a una mujer un pequeño ratero la empuja para robarle la cartera —como me ha pasado muchas veces— es castigado con una pena de cuatro a 16 años”. Y de ahí pasó a la demagogia mezclando aserrín con pan rallado: comparó las penas de la rapiña con las de los empresarios por poner en riesgo a los trabajadores a quienes la ley castiga con un máximo de 24 meses de prisión. ¡Benigna con los rapiñeros! ¡Dura con los empresarios!
“Sé que les estoy diciendo algo que puede ser controversial, porque cualquiera que en este país se anime a hablar de bajar penas está condenado al fracaso electoral. Pero a mí no me importa. Creo que tenemos penas sumamente excesivas para la rapiñas y nosotros tenemos que revisar ese sistema penal que hemos heredado de los años 90, porque está clarísimo que el aumento de penas no ha reducido el delito sino que lo ha aumentado”, dijo.
No imaginó que sus dichos se harían públicos. Entonces buscó desvirtuar la información atacando al periodista (al trabajador) en una columna de Uypress que tituló “Mentiras verdaderas: sobre baja de penas por rapiña”. Pero su discurso está grabado.
Convienen algunas precisiones:
1) El razonamiento de Moreira demuestra, por lo menos, ignorancia del Derecho Penal. Por eso, o tal vez a propósito, utiliza un discurso naïf para un tema serio y de fondo, cuya resolución no puede ser genérica sino según el caso.
2) Califica con error a la rapiña como “robo” con violencia. En el Derecho Penal el término “robo” no existe.
3) La rapiña no castiga el “robo” de “un pequeño ratero”, como arengó con la intención de minimizar. Sanciona a quien “con violencias o amenazas se apoderare de cosa mueble, sustrayéndosela a su tenedor”.
4) Su ejemplo no es terminante. La decisión judicial depende del testimonio de la víctima y/o de los testigos. Puede ser rapiña, tentativa de rapiña o hurto agravado. Este último lo comete quien actúe “con destreza o por sorpresa mediante el despojo de las cosas que la víctima llevara consigo”. Se castiga con entre 12 meses de prisión a ocho años de penitenciaría.
5) ¿Bajar la pena de la rapiña? Integrar un gobierno “socialista” con mayorías parlamentarias no equivale a mitigar esas sanciones delictivas, muchas de las cuales terminan en homicidio. Se castigan en todos los códigos afines a la ideología de Moreira. En esos países no solo son perseguidos los terratenientes, los dueños del capital o de los medios de producción, sino cualquiera que viole esas leyes. ¿Cómo quiere castigar en Uruguay a los rapiñeros? ¿Con trabajos comunitarios?
6) Solo ella sabe por qué dice que la pena de la rapiña es una herencia de los años 90. Ese delito (artículo 344 del Código Penal) se origina en el artículo 373 del Código de 1889, modificado por la ley Nº 14.068 de 10 de julio de 1972 que fue votada por todos los partidos políticos.
7) Durante el gobierno de Vázquez, la ley Nº 17.897 de 2005 estableció un régimen de libertad provisional y anticipada para los presos y expresamente excluyó de ese beneficio a varios delincuentes, entre ellos a quienes hubieren cometido rapiñas con armas o provocado lesiones a la víctima.
8) Desde hace cuatro años descansa en el Poder Legislativo el proyecto de nuevo Código Penal redactado por los mayores especialistas del país. Mantiene la filosofía original. Moreira tuvo 1.460 días para leerlo, informarse o hacer consultas.
9) A la senadora le preocupa la gravedad de las penas. Cuando se aprobó el adefesio del delito de “copamiento” (hurto + violencia + privación de libertad), su partido lo defendió con vehemencia pese a las fundamentadas críticas dogmáticas del Instituto de Derecho Penal.
Para el de Moreira y todo virus hay un solo antídoto: la verdad.