N° 1758 - 27 de Marzo al 02 de Abril de 2014
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáFue la prueba del nueve. Cuando el ministro de Educación y Cultura, Ricardo Ehrlich, manifestó a favor del ex intendente socialista de Treinta y Tres, Gerardo Amaral, y descalificó implícitamente a la fiscal Nidia Morosini, que había pedido su procesamiento, dejó al desnudo el peligro de que el Ministerio Público (MP) dependa del Poder Ejecutivo. Fue como si él y los restantes políticos manifestantes pretendieran advertir a los magistrados que algunos son intocables.
Transitando ese camino, la opinión pública puede con razón dudar sobre la independencia de los fiscales e imaginar que son o pueden ser permeables al poder político. A los fiscales los propone y promueve discrecionalmente el Poder Ejecutivo, y el ciudadano debe tener legalmente claro que ninguno es susceptible de presiones indebidas, directas o indirectas. Lo que ocurrió es lo contrario.
Esto reafirma la urgente autonomía del MP. Desde hace años se reclama un organismo descentralizado con más garantías para los ciudadanos siguiendo la tendencia universal. Lo paradójico es que el actual proyecto de independencia fue gestado en el despacho del propio Ehrlich.
Es similar a uno del 2011 del senador colorado Ope Pasquet que sigue acunando en la noria legislativa con pocas esperanzas: empieza la carrera electoral y ocuparse de la justicia no aporta votos.
Algunos propusieron convertir al MP en un organismo extra poder como la Corte Electoral, el Tribunal de Cuentas o el Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Por ese camino optaron Argentina, Bolivia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, Venezuela y Chile. Ubicarlo así requiere una reforma constitucional, impensada ante la urgencia del campo y lo complejo de su proceso. Por eso este otro camino.
En 2012, el cambio tenía consenso político. Cuando el fiscal de Corte Jorge Díaz fue designado, todos los partidos se pronunciaron por un servicio descentralizado bajo control parlamentario.
La actual iniciativa tiene varias virtudes, aunque algún aspecto desatará debates.
Entre las virtudes, además de la independencia y la creación del director general del servicio (el fiscal de Corte), se eliminan cargas formales como asesorar al Poder Ejecutivo y al Poder Judicial.
Se impulsa crear unidades especializadas en derechos humanos, violencia de género y crimen organizado. Esto se complementa con el reciente ingreso por concurso de 82 fiscales penales adscriptos para un trabajo más ágil. Se suma a este contexto el cargo ya creado de fiscal inspector.
Un aspecto central refiere al nombramiento de fiscales. Se mantiene la designación del Poder Ejecutivo con venia legislativa previa. No es lo ideal pero si se aprueba, los postulantes de todas las categorías tendrán que participar en concursos obligatorios internos o abiertos. Un avance destacado.
Con tribunales exigentes se podrá seleccionar a los mejores, evitar el peso de la antigüedad y descartar eventuales amiguismos o afinidades con el poder de turno. Las diferencias con lo que hoy ocurre serán, como quiere la Constitución, el talento y las virtudes, además de la vocación y el estudio. Algún fiscal del interior me ha expresado su desacuerdo porque un concurso dilataría sus ascensos. Mala suerte. Quien hizo la plancha y no estudió para competir, perdió antes de empezar.
La propuesta de consagrar los principios de unidad de acción y jerarquía generará controversias. Significa que el jerarca pueda establecer criterios generales de actuación. Por ejemplo, en política criminal, para una persecución penal igualitaria, como ocurre en la mayoría de los países del mundo. Propone que esos criterios no se refieran a casos particulares y sean notificados a los fiscales y a la Asamblea General.
El fiscal que deba actuar en cumplimiento de ese criterio general y discrepe podrá establecerlo para exonerarse de eventuales responsabilidades.
Especialistas extranjeros han señalado que esa vía unifica criterios, modos de actuación y de proceder en la función que se traducen mediante instrucciones. El objetivo es una actuación uniforme del Ministerio Público. La independencia judicial no es igual que la del Ministerio Público. Éste es institucionalmente independiente; los jueces son independientes en forma individual y cada uno es el Poder Judicial. En los países donde se aplican estos principios el Ministerio Público es unitario: actúa como un todo, como una unidad en defensa y frente a la sociedad y la judicatura.
Algunos se preguntan si esto podría afectar la independencia técnica de los fiscales. Un tema sensible que dará lugar a debates académicos y parlamentarios. Bienvenidos, siempre que las objeciones no estén impulsadas por grupúsculos partidarios, intereses personales o corporativos.
Tal vez aludiendo a estos aspectos, cuando el año pasado inauguró la nueva sede de las fiscalías penales, Díaz advirtió que hará esfuerzos por la reforma, “le guste a quien le guste, le duela a quien le duela”.
Otra discrepancia refiere a la propuesta de prórroga del mandato del fiscal de Corte hasta cinco años, con lo cual discrepa Díaz. El Ejecutivo lo propuso luego de consultas a partidos del oficialismo. Pretende evitar que se reitere lo ocurrido cuando cesó Oscar Peri Valdez. Ante el desacuerdo político para designarle un sustituto, durante cuatro años se alternaron subrogantes con el consiguiente perjuicio para el servicio y la lucha por permanecer en el cargo.
En esta cuestión, como en la del nuevo Código del Proceso Penal, habrá que ver quién gana la pulseada legislativa: si la campaña electoral o el interés general.