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Algunos estudios de contadores fueron sorprendidos en los últimos días por una inspección de la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (Senaclaft), pidiéndoles información sobre su actividad. Pero lo que los descolocó fue que los inspectores les exigieran un listado de todos sus clientes y los datos respectivos.
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Eso fue advertido por algunos de los inspeccionados —en torno a 20— al Colegio de Contadores, Economistas y Administradores (Cceau), que reaccionó de inmediato por entender que la Senaclaft se pasó de la raya. “Hemos colaborado desde el primer momento en el combate al lavado de activos. No nos oponemos a ser inspeccionados y a aportar información en el marco de una investigación específica. Pero ya hemos cedido mucho en nuestro secreto profesional, que es uno de los pilares de la actividad. No se lo puede seguir vulnerando de esta manera y todo tiene un límite, por respeto a nosotros como profesionales y a nuestros clientes”, declaró a Búsqueda la presidenta del Cceau, Cristina Freire.
Las inspecciones empezaron a comienzos de este mes y siguieron al menos hasta el viernes 13, según la información que recogió la asociación de contadores. Fueron “al barrer”, como una “expedición de pesca”, y no en el marco de alguna investigación concreta sobre lavado de activos, sostuvo Freire. En el medio hubo una reunión informal en la que directivos del Cceau les preguntaron a las autoridades de la Senaclaft el motivo de las visitas. Conforme con el relato de la titular del colegio, el jefe de la oficina encargada de coordinar el combate al blanqueo de capitales, Daniel Espinosa, les transmitió que tienen “amplias potestades” para actuar. Ahora el Cceau prepara una respuesta formal que se apoyará en un informe jurídico.
Las autoridades del colegio piensan que las inspecciones apuntan a controlar si hay contadores omisos en inscribirse en el registro de “sujetos obligados” a reportar transacciones inusuales o sospechosas de ilicitud que, con fines preventivos, lleva la Senaclaft, pese a que entienden que ese organismo cuenta con otras fuentes de información para realizar ese chequeo. Entre los contadores, según la norma, son sujetos obligados por ejemplo aquellos que actúen por cuenta y orden de sus clientes en promesas, cesiones o compraventas de inmuebles o de establecimientos comerciales; que administren activos (excluidos los fondos recibidos para el pago de impuestos o similares) o cuentas bancarias; que elaboren informes de auditoría o de revisión limitada (a partir de ciertos montos de facturación o deuda del cliente), y que presten servicios como la constitución de sociedades; o que integren directorios de asociaciones u otras personas jurídicas. Rondan los 980 los contadores anotados en el registro.
Clientes
La presidenta del Cceau aseguró que ante la exigencia de entregar una nómina de clientes —con nombre, dirección, RUT y teléfono de contacto—, los contadores inspeccionados no quisieron darla y se labró un acta intimándolos a hacerlo en un plazo de 10 días hábiles. No dar esa información puede exponerlos a sanciones.
El Senaclaft es un órgano desconcentrado dependiente de la Presidencia de la República. Sobre las potestades que le son atribuidas en las normas antilavado, Freire remarcó que deben estar dirigidas al control de la actividad desarrollada únicamente por los sujetos obligados y todos aquellos que hayan tenido participación directa o indirecta en la transacción o negocio que se esté fiscalizando o investigando. “La situación planteada es totalmente diferente, ya que lo que se pretende es que los contadores proporcionen a la Senaclaft el listado de sus clientes sin existir una transacción o negocio que sea objeto de fiscalización o investigación”, alegó. “Esto no solo vulnera el secreto profesional sino que nos enfrentamos a su agonía. No nos oponemos a ser inspeccionados, salvo cuando nos vulneran de esta manera al pedirnos un listado total de nuestros clientes”, insistió.
Si bien la norma preceptúa que las disposiciones sobre el “secreto” de determinada información no le será oponible a la secretaría antilavado, para el Cceau “resulta discutible si la ley permite que se vulnere el secreto profesional”. Desde el colegio se sostiene que el ejercicio de derechos fundamentales de los contadores en el desarrollo de su actividad profesional (como el de empresa, de trabajo, de comercio, de competencia entre iguales, de acceso al mercado de servicios, entre otros), así como a la confidencialidad de sus clientes, son límites que “no pueden franquearse por parte de la Senaclaft dado que los principios y normas que le dan existencia se lo impiden. Tan es así que actualmente se mantiene la discusión doctrinaria acerca de si el secreto profesional puede ser limitado por una norma legal”.
Por otro lado, de acuerdo con la posición del colegio, el contador se encuentra obligado a proteger la confidencialidad de sus clientes, por los que no es sujeto obligado frente a las normas antilavado —e incluso respecto de aquellos por quienes sí lo es, según la doctrina— frente a cualquier requerimiento de autoridades públicas, incluida la Senaclaft.
Para Freire, la situación planteada con las inspecciones constituye una “embestida y el colegio está dispuesto a dar batalla. Creemos que tenemos las mejores credenciales para enfrentar con firmeza y constancia los ataques a la confidencialidad entre profesional y cliente y a todo proyecto que pretenda trasladarnos la tarea que le compete al Estado en materia de control de la evasión y prevención del lavado”.