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Justicia suspendió restitución de ocho menores a Chile
La madre viajó con ellos a Uruguay alegando maltrato y se niega a retornarlos; un tribunal aplicó la nueva ley contra la violencia de género y frenó el traslado
Ocho niños y adolescentes, hijos de una pareja uruguaya radicada en Chile, quedaron en medio de un litigio que busca determinar en qué país —y con qué progenitor— deberán vivir. El pasado 24 de diciembre una jueza ordenó que sean restituidos a Chile, su lugar de residencia habitual, ya que el padre acusó a la madre de los niños de retenerlos de manera ilícita en Uruguay. Pero en abril un Tribunal de Apelaciones de Familia revocó esa decisión. Tras una nueva apelación, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) deberá resolver si acepta revisar el caso.
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El fallo del tribunal, al que accedió Búsqueda, consideró que si bien la madre no había “explicitado” su intención de quedarse con sus hijos en el país, existen indicios que demuestran que el padre “sabía” que no retornarían y que “aceptó tal circunstancia”. Además, el tribunal tuvo en cuenta que la madre denunció ser víctima de violencia doméstica, y que su relato “quedó acreditado” por los testimonios de los menores.
En aplicación de la recientemente aprobada Ley Integral contra la Violencia Basada en Género (Nº 19.580), los ministros del tribunal —Eduardo Cavalli, Alicia Álvarez y Mirian Musi— determinaron que autorizar la restitución implica “desatender especialmente el interés superior de los niños”, ya que quedarían expuestos al “grave riesgo” de un “peligro físicopsíquico o una situación intolerable”.
El caso se asemeja al de la niña María, que generó una gran repercusión y hasta motivó la campaña #MaríaNoSeVa para evitar que sea restituida a España, como pide el padre. En ese caso la madre, que permanece en Uruguay con su hija, acusó al padre de abusar sexualmente de la niña. En diciembre de 2016 un tribunal de apelaciones ordenó su restitución, pero el caso está siendo revisado por la Suprema Corte de Justicia, que deberá pronunciarse en las próxima semanas.
“Interés superior”.
Los ocho menores, de entre once meses y 17 años, viajaron con su madre a Uruguay el pasado noviembre para asistir a un casamiento. Se instalaron en la casa de los abuelos maternos y el plan era quedarse por un mes. Así lo había autorizado el padre, que firmó los permisos para el viaje. Sin embargo, una vez aquí la madre tramitó la cédula de identidad de los niños, los anotó en la escuela y el liceo y en el sistema de salud. En enero comenzó a trabajar en el Ministerio de Defensa.
Además, presentó una denuncia en un juzgado de Familia Especializado acusando a su expareja de maltratos, a raíz de lo cual la sede le otorgó la tenencia provisoria de los niños y dispuso notificar a Migraciones para que se le impida al padre ingresar al país (dicho expediente aún continúa en trámite).
Pese a ello, el hombre viajó a Uruguay y pudo ingresar. Una vez en el país inició un juicio para que se disponga el retorno de los menores. En primera instancia consiguió una fallo favorable: la jueza María Rosa Silva, del juzgado de Familia de primer turno, ordenó la restitución internacional de los ocho hijos a Chile.
Sin embargo, la madre apeló la decisión. Sostuvo que la jueza no escuchó ni tuvo en cuenta la opinión de los menores y argumentó que la restitución los alejaría de la madre, lo que afectaría a los adolescentes y tendría efectos “dramáticos para los pequeños”.
El traslado de un menor de un país a otro, alegó, “puede justificarse en función del interés superior del niño”.
Afirmó que el padre de los niños abandonó el hogar conyugal para vivir junto a su actual pareja, y que “se desvinculó casi totalmente de la vida de sus hijos”. Dijo que ella ejercía “la tenencia de hecho” de los menores, “con el apoyo exclusivo de su comunidad religiosa y su familia”.
Señaló a la vez “la existencia de hechos de violencia física, emocional, patrimonial y psicológica, llevados a cabo en Chile y en Uruguay” por parte de su expareja. Según su versión, la situación de violencia afecta a los menores al punto que sufren ataques de pánico y baja autoestima, entre otros síntomas.
El retorno de los menores a Chile sin su madre los expondrá “a una situación intolerable de autoritarismo y violencia e incluso de abandono, no solo emocional y físico, sino también material”, argumentó, mientras que en Uruguay se encuentran “estables y contenidos por toda la familia materna”. La Justicia, insistió, no debe perder de vista “lo realmente importante en la vida de estos chicos”.
El padre, por su parte, pidió al tribunal que mantenga la decisión de primera instancia, y acusó a su expareja de “retener ilegítimamente a sus hijos”. Aseguró que ellos no estaban al tanto de que no retornarían a Chile y que análisis psicológicos concluyeron que los niños no mostraban “síntomas de estrés postraumático por situaciones de episodios de violencia intrafamiliar”.
Por otra parte, argumentó que correspondía a los tribunales chilenos resolver la tenencia o guarda de los hijos y que no debía discutirse en el marco de un “juicio de restitución internacional”.
También afirmó que la madre realizó “una serie de actos con la finalidad de afincarlos y arraigarlos” en Uruguay “ante la eventualidad de un reclamo internacional”.
“Muy relevante”.
El tribunal de apelaciones se inclinó por los argumentos de la madre y detuvo la restitución. Los ministros entendieron que varios indicios demuestran que el padre sabía que los niños permanecerían en Uruguay: autorizó que faltaran casi un mes a clases para viajar; los pasajes de regreso no habían sido comprados; habló de viajar a Uruguay para pasar las Fiestas con ellos y propuso incluso un régimen de visitas.
Todo esto “borra cualquier carácter de ilicitud de la permanencia de los hijos en territorio nacional”, afirmó el tribunal.
En el fallo se mencionan también las denuncias de violencia doméstica y la existencia de “mails y mensajes que en nada contribuyen a la conducta de un padre preocupado e interesado por sus hijos y menos aun respetuoso de la madre de los mismos”.
El fallo de segunda instancia fue apelado por el padre, según informaron a Búsqueda fuentes judiciales. Sin embargo, el tribunal rechazó el planteo porque entiende que el caso no admite recurso de casación. Ante eso, el padre interpuso un recurso de queja, por lo que será la Suprema Corte la que finalmente decida si acepta la casación.
La abogada de la madre, Beatriz González, dijo a Búsqueda que la decisión del tribunal es “espectacular”, porque hace un análisis de “la totalidad de la situación” que viven la mujer y sus hijos. “Tienen en cuenta los hechos de violencia denunciados, algo que no fue valorado en la primera instancia”, evaluó. “El tribunal sabiamente consideró que no estaban las condiciones para que los niños volvieran a Chile”, agregó.
Desde la organización feminista Cotidiano Mujer también celebraron el fallo. “Es una sentencia muy relevante”, dijo la politóloga Soledad González. “Un tribunal de segunda instancia revoca una restitución internacional de menores argumentando de forma contundente sobre la omisión del tribunal de primera de haber ignorado pericias a los niños y niñas, de haber prescindido de declaraciones y pruebas presentadas sobre la violencia que sufrían por parte de su padre”.
Además destacó que el fallo aplica a la nueva ley contra la violencia de género, en su artículo referente a los casos donde la existencia de violencia doméstica es causal para impedir una restitución. “Esta sentencia es tan importante como la suspensión que decidió la SCJ en octubre pasado en el caso #MaríaNoSeVa”, evaluó González. “Tener certeza de que los niños y niñas no están siendo víctimas de violencia y preservarles la vida es el bien superior que el Estado tiene que garantizarles”.