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Entre julio y diciembre de 2009, a pocos meses de que concluyera el primer gobierno frenteamplista y en plena campaña electoral, la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND) otorgó créditos por U$S 4.500.000 a la fábrica de productos cerámicos Metzen y Sena, que estaba al borde de la quiebra. Durante el año pasado una auditoría interna del organismo constató diversas irregularidades en ese proceso. Entre otras cosas, luego de recibir “instrucciones del Poder Ejecutivo” no se le había pedido toda la información que establecen las reglas de la CND a una empresa que en ese momento se encontraba embargada.
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En noviembre el Tribunal de Cuentas comenzó a solicitarle al organismo información sobre el caso pero las respuestas no fueron las esperadas. El 24 de enero de este año esa entidad fiscalizadora le envío una nota de 32 puntos a la CND en la que le pedía distintos datos relacionados al episodio. Según otra carta del 25 de junio en la que el Tribunal “reitera” su solicitud, en los seis meses transcurridos desde entonces recibió información que responde “parcialmente” a sólo cuatro de los 32 puntos del pedido inicial.
La presidenta de la CND, Adriana Rodríguez, envió en abril al Tribunal una nota en la que sugería que la evaluación del control interno en el otorgamiento de créditos a Metzen y Sena fuera realizada “por el Departamento 6 de Auditoría”. El pedido fue rechazado por considerar que se “introducía en una cuestión de competencia propia y exclusiva del Tribunal” y le aclararon que su solicitud “no registraba antecedentes”.
Ante la falta de respuesta a 28 de sus consultas, el Tribunal “reitera” en la carta del 25 de junio, “la solicitud de fecha 24 de enero otorgándose un plazo de diez días hábiles para remitirla”. Para hacerlo se ampara en las leyes 15.903 y 17.296 y la ordenanza número 86 del 4 de junio de 2008, que las reglamenta. En esas disposiciones se establece la “obligatoriedad para todas las dependencias públicas de proporcionar la información que le fuere requerida por las Contadurías Centrales, la Contaduría General de cada jurisdicción, la Auditoría Interna de la Nación o el Tribunal de Cuentas”.
La ordenanza dispone que en los casos en que no reciba la información requerida el Tribunal debe ratificar el pedido por escrito donde conste el plazo que se otorga (máximo diez días hábiles). Vencido ese plazo el auditor debe elevar al Tribunal un informe de sus actuaciones y los motivos aducidos por el auditado para no entregar la información.
“Si el Tribunal entiende que se han verificado actos de obstrucción” por parte de los jerarcas responsables “podrá formular una denuncia ante el Poder Ejecutivo, la Asamblea General, la Junta Departamental respectiva y/o el Poder Judicial, según corresponda”, establece la normativa.
El plazo para la CND vencerá el lunes 9 julio y, según supo Búsqueda, hasta ahora no llegaron al Tribunal los datos requeridos.