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Antes de que la última gran reforma tributaria derogara el Impuesto a las Retribuciones Personales (IRP), la Caja de Profesionales (CJPPU) era la encargada de recaudar el aporte de sus afiliados para luego verterlo al fisco. La transferencia que el instituto paraestatal hizo en 2007 tenía un error en el cálculo de las deducciones. Con el tiempo, sus técnicos constataron que transfirió más dinero del que correspondía por lo que, entendían, tenía un crédito a su favor.
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A partir de 2010, la CJPPU comenzó gestiones con la Contaduría General de la Nación (CGN) —la dependencia del Ministerio de Economía (MEF) a la que le debía transferir lo retenido por el IRP— para encontrar un mecanismo de compensación por ese crédito. Hubo varias instancias de negociación, pero no llegaron a un acuerdo.
La CGN argumentaba que ese crédito había caducado, aunque la CJPPU creía lo contrario. El caso llegó hasta la Suprema Corte de Justicia (SCJ), que condenó al MEF a pagar, aunque no detalló el monto, según surge de la sentencia de 2019 del máximo tribunal.
Un fallo de la Justicia civil del 8 de febrero pasado le reconoce a la CJPPU un crédito contra el Estado de $ 18 millones, que, ajustados a la fecha, se transformaron en $ 30 millones. La información la dio el gerente general de la caja, Miguel Sánchez, a los directores del instituto al día siguiente.
La CGN solicitó la revisión de la liquidación de la sentencia, que ya fue realizada por un perito. Esta semana, fuentes de la CJPPU informaron a Búsqueda que la sentencia quedó “firme” y que “no puede modificarse”.
Diálogo y diferencias
En 2010 la CJPPU y la CGN intensificaron las conversaciones entre sus equipos. Incluso, en 2012, se convino un mecanismo de compensación contra los pagos futuros, con lo que la CGN reconoció el crédito. Ese acuerdo finalmente no se implementó.
La Contaduría pidió una auditoría al Tribunal de Cuentas de la información contable de la caja. El análisis halló que entre abril del 2005 y enero de 2012 la CJPPU transfirió $ 14.235.886 de más a las arcas públicas. La cifra de reclamo era de $ 20.166.846 por su “reajuste legal hasta el pago efectivo”.
El diálogo continuó, pero después la CGN comunicó que ese crédito reclamado caducó, a lo que la CJPPU respondió que las gestiones se habían iniciado en plazo.
Como las conversaciones amistosas no llevaban a ninguna solución, en 2015 la caja paraestatal reclamó formalmente al MEF el reintegro de los aportes que no debió volcar. Un año después, presentó la demanda en la Justicia civil. Tanto el Juzgado Letrado de 1a Instancia en lo Civil como el Tribunal de Apelaciones le dieron la razón a la CGN, pero la CJPPU presentó un recurso de casación, que llegó a la SCJ.
En su escrito, el instituto paraestatal cuestionó que los jueces no habían tomado en cuenta que las cifras reclamadas no estaban determinadas en 2007 y 2008 —cuando la caja pagó en exceso— y que, por tanto, el período de caducidad no se podía comenzar a aplicar a partir de ahí, como consideraron. Su equipo jurídico sostuvo que la CGN “no respondía enseguida” sus planteos y que fue la que requirió de una auditoría externa.
La sentencia de la SCJ fue dividida. Tres ministros concluyeron que “no es acertado” considerar que la caja “fue omisa en gestionar el reembolso” y que el crédito reclamado no caducó. “Lo único cierto es que el Estado recibió fondos que no le correspondían y que ahora deberá restituir”, agrega.