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La Secretaría del Deporte exigirá la presentación del carné de salud a quienes participen de cualquier competencia deportiva
Carreras de 5 y 10 kilómetros y torneos empresariales de fútbol están incluidos en la nueva normativa
El gobierno busca prevenir casos de muerte súbita o paros cardíacos; el organizador del evento será el responsable de exigir el carné. Foto: Nicolás Garrido
Con la llegada del buen clima y la flexibilización de las restricciones por la pandemia se inicia el retorno de un ciclo de actividades deportivas que estuvo ausente el año pasado. Carreras, corre caminatas y competencias de fútbol, básquetbol, bicicleta, tenis y golf, entre otros, organizadas por empresas y clubes. Estos certámenes, abiertos para aficionados de distintas edades sin importar su habilidad o experiencia, están ahora obligados “bajo su más estricta responsabilidad” a exigir a todos los participantes, al momento de su inscripción o registro, el Control en Salud o el Certificado de Aptitud Deportiva otorgado por prestadores de salud.
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La obligación abarca a “toda institución pública o privada”, según establece el decreto publicado en setiembre por el Poder Ejecutivo que reglamenta una ley del gobierno anterior. Gerardo Lorente, gerente nacional de la Secretaría Nacional del Deporte, aseguró a Búsqueda que hoy la exigencia no se cumple porque habitualmente el participante firma un documento que deslinda de responsabilidades al organizador ante cualquier riesgo o accidente. “Queremos evitar situaciones de muerte súbita o de paros cardíacos. Mañana pasa algo y el organizador va a tener que hacerse responsable”, dijo.
El requisito del Control en Salud es uno de los principales cambios que el decreto reglamentario establece respecto a la Ley Nº 19.828 de 2019, conocida como ley del deporte. El otro devuelve al Ministerio de Educación y Cultura (MEC) la policía administrativa sobre las asociaciones civiles con objeto deportivo. El ministerio será nuevamente el único encargado de decidir en los procedimientos administrativos llevados adelante en mérito a denuncias presentadas o de oficio por presuntos incumplimientos legales, reglamentarios o estatutarios. Aunque podrá requerir informes de la Secretaría Nacional del Deporte e incluso su colaboración cuando la complejidad del asunto lo justifique, las resoluciones serán exclusivas del MEC.
Durante el gobierno anterior la Dirección de Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales del MEC tuvo a su cargo sonadas denuncias y pedidos de intervención sobre la Mutual Uruguaya de Futbolistas Profesionales y la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) por supuestas irregularidades estatutarias. En el caso de la AUF la ministra de Educación de entonces, María Julia Muñoz, salió públicamente al cruce de la Federación Internacional de Fútbol Asociación (FIFA), que en 2018 nombró un comité de regularización para gestionar la actividad rutinaria de la asociación y organizar sus elecciones. “Para el país no puede haber un organismo internacional que intervenga asociaciones civiles dentro del Uruguay. Eso es competencia del Uruguay. El Uruguay integra Naciones Unidas y Naciones Unidas no interviene en los países”, protestó Muñoz.
El Poder Ejecutivo resolvió a partir de entonces buscar un punto intermedio que le permitiera mayor competencia en la materia y espacio a acuerdos con las organizaciones deportivas. Creó una ley integral para regular el deporte a escala nacional donde, además de establecer principios generales estrictamente deportivos, otorgó mayor competencia a la Secretaría Nacional del Deporte para ejercer la policía administrativa sobre las entidades deportivas. Aunque las facultades del MEC se mantuvieron, el objetivo era delegar los procedimientos a un organismo más especializado, independiente y no tan relacionado con la gobernanza política del país, evitando polémicas públicas y roces más directos del Poder Ejecutivo con actores privados. Bajo la nueva ley la Secretaría estaba autorizada a fiscalizar y aplicar sanciones a aquellas entidades deportivas que incurrieran en infracciones a las normas legales, reglamentarias o estatutarias, que en última instancia podían derivar en la suspensión o cancelación de su personería jurídica.
“Desde que se aprobó la ley en 2019 coexistieron dos organismos para llevar adelante las denuncias, lo cual legalmente fue una aberración porque al tener dos organismos con la misma capacidad podía haber una misma denuncia presentada en lugares distintos y tener resoluciones contradictorias”, señaló Lorente, quien elaboró el nuevo decreto desde el área de Fortalecimiento Legal de la Secretaría Nacional del Deporte. “Era una situación sin coordinación alguna que avalaba la posibilidad de procedimientos paralelos. Incluso las organizaciones deportivas no sabían a qué organismo debían acudir para presentar una denuncia. Debíamos resolverlo y decidimos devolver la potestad exclusiva al MEC, porque ellos ya tienen una Dirección de Asuntos Legales versada en el tema y responsable de todas las asociaciones civiles del país. No había razón para que no decidiera sobre las asociaciones deportivas”, afirmó.