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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acá“Todos lo seres humanos nacen libres en igualdad y derechos...”. (Artículo 1)
El 10 de diciembre se ha cumplido un nuevo aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Bajo el trasfondo aún cercano de los horrores de la Segunda Guerra Mundial en general y de la Shoah, el Holocausto del pueblo judío en particular, se elabora esta magna declaración, en cuya fecha mencionada la Asamblea General de las Naciones Unidas —reunida en ese momento en París— le da su aprobación por una amplísima mayoría.
Demás esta decir que nuestro Uruguay votó en favor, como no podía ser de otra manera.
Previamente, una Comisión de Derechos Humanos, integrada entre otros miembros célebres por Eleanor Roosevelt (viuda del presidente Franklin Roosevelt) y el jurista francés René Cassin, se encargó de elaborar este documento extraordinario.
La Declaración incluye un Preámbulo y treinta artículos. Todos ellos muy relevantes y significativos.
Por ejemplo: “Toda persona tiene todos los derechos o libertades proclamados en esta declaración, sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión... origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición...”. (Artículo 2)
O este otro, fundamental: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”. (Artículo 3)
¡Derecho a la vida! ¿Quizás este debiera ser el articulo número 1?
La Declaración Universal de los Derechos Humanos es, a mi juicio, demasiado poco conocida.
Poco conocida en general e incluso a nivel educativo en particular.
Continuemos.
¿Qué dice la misma acerca de la esclavitud?
“Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas”. (Artículo 4)
¿Y acerca de los malos tratos a personas?
“Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”. (Artículo 5)
Obviamente, no es suficiente con conocer teóricamente el texto: ¡hay que cumplirlo! Y allí ya entramos en otro terreno.
El de gobiernos o personas en el mundo que no cumplen con algunos de estos valores sino todo lo contrario.
Si fuese reescrita hoy, año 2022, posiblemente tendría algunos agregados. Lo cual a mi juicio sería comprensible.
De todos modos, esta Declaración, tal como fue formulada en su momento y hasta hoy día, constituye un hito en lo que a derechos humanos se refiere.
La fecha del 10 de diciembre nos debe de hacer reflexionar.
Mis respetos y consideración a las personas e instituciones que se dedican a la noble tarea de trabajar en pro de los Derechos Humanos, por ejemplo, aquí en el Uruguay: la Institución Nacional de Derechos Humanos y la Comisión Honoraria de Lucha contra el Racismo, la Xenofobia y toda otra forma de discriminación.
Lic. Rafael Winter (Montevideo)