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    La guerra en Medio Oriente (III)

    Sr. Director:

    Al holocausto palestino o a la vigencia del Derecho Internacional. En 1947 la Asamblea General de Naciones Unidas mediante la resolución Nº 181 dividió la antigua Palestina en dos mitades aproximadas.

    Una para fundar el Estado de Israel, que sí se consolidó. La otra mitad para fundar el Estado de Palestina, que nunca se consolidó. No se consolidó porque el territorio palestino está sitiado (sin fronteras libres) y la mayor parte, que es Cisjordania (97%), está ocupado por el ejército israelí y colonizado por más de 600.000 colonos israelíes en más de 200 pueblos llamados asentamientos.

    Para el Derecho Internacional esta ocupación es ilegal. Así lo dictaminó la Corte Internacional de Justicia en el 2004 por 14 votos contra 1 (EEUU).

    Más grave aún, la Asamblea General de Naciones Unidas resolvió reiteradamente: resolución 2649 de noviembre de 1970, resolución 2787 de diciembre de 1971 y resolución 3070 de noviembre de 1973, que los países que enfrentan la colonización, específicamente África y Palestina, pueden recurrir a la lucha armada para liberarse, en concordancia con el art. 1 inc. 2 de la Carta Fundacional de las Naciones Unidas (1945) que establece la Libre Determinación de los Pueblos.

    Hace 65 años que Israel aprovechó la resolución 181/47 de Naciones Unidas como base jurídica de su Estado soberano, pero impide su aplicación para fundar un Estado soberano palestino.

    Israel tiene el poder —con su socio EEUU— de elegir el camino. Si elige apoderarse definitivamente de todos los territorios palestinos, deberá cometer el holocausto del pueblo palestino aferrado a su ancestral terruño.

    Ir a contramano del Derecho Internacional y las Naciones Unidas, que no admiten la apropiación de territorios por la fuerza (art. 2 inc. 4 Carta Fundacional de Naciones Unidas, 1945 y resolución 2625/70 de la Asamblea General de Naciones Unidas), será el camino al infierno en todos los sentidos.

    En cambio, si Israel y EEUU quieren la paz deben acatar el Derecho Internacional. Todo el derecho y el derecho de todos. Israel debe retirarse irrestrictamente de los territorios palestinos ocupados y dejar de sitiarlos y cualquier agresión de los palestinos al territorio israelí debe ser severamente sancionada.

    Solo de esta manera, en un territorio libre de ocupación extranjera, podrá Palestina fundar su Estado soberano, aplicándose después de 65 años la resolución 181/47 para ambas partes.

    La paz se basa en la justicia; la justicia se basa en el Derecho.

    José Olivera