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Una crítica al actual gobierno hecha por algunos analistas y también por dirigentes del Frente Amplio es que la flexibilización de las condiciones para la residencia fiscal por parte de extranjeros, así como la ampliación del tax holiday como estrategia seguida para atraer inversiones, van a contrapelo de los cambios en la tributación internacional promovidos desde la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
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David Eibe, consultor en impuestos, entiende que el tax holiday orientado a la radicación de ciudadanos extranjeros es un instrumento ampliamente difundido a escala internacional, e incluso países de la Unión Europea (UE), como Portugal, aplican regímenes similares al actualmente vigente en Uruguay sin que hayan tenido que enfrentar grandes cuestionamientos de parte de organismos multilaterales. “Esto no quiere decir que en el futuro no se ponga el foco en este tema, pero al día de hoy no lo veo como un problema”, declaró a Búsqueda.
En octubre el Consejo de la UE incorporó a Uruguay en el llamado “anexo II”, en el que están aquellos que “aún no cumplen todas las normas fiscales internacionales, pero se han comprometido a aplicar los principios de buena gobernanza” en esa materia. De manera coloquial se la conoce como una “lista gris”; en otra nómina (“anexo I”), identificada de manera no técnica como “negra”, figuraron países o territorios que, para los europeos, no cooperan en el combate global a la evasión, la elusión y el lavado de activos. Esa misma semana la directora de la Asesoría Tributaria del Ministerio de Economía (MEF), Pía Biestro, informó en Búsqueda que los “compromisos asumidos con la UE son de ajustar algunos aspectos relativos al régimen de ininclusión de los ingresos de fuente extranjera en la base tributaria del impuesto a la renta empresarial” (N° 2.143). Agregó que las medidas a adoptar por Uruguay con la finalidad de levantar las observaciones abarcan solo aquellas rentas denominadas pasivas, entendiéndose por tales los dividendos, intereses y regalías”.
Luego, el 4 de noviembre en una comisión de Diputados, la jerarca expuso el plan de acción definido, de tres etapas. La primera, de diagnóstico —“identificar las disposiciones normativas que deberíamos modificar, separándolas por categorías de tipo de renta, y analizar las diferentes cláusulas antiabuso y la legislación comparada al respecto”—, que deberá estar pronto antes de abril de 2022; una segunda, hasta el 30 de junio, en la que se redactarán los proyectos de ley y de decretos reglamentarios que sean necesarios; y la etapa final con la implementación de las medidas con vigencia a partir del 1° de enero de 2023.
Eibe, quien en la primera década de este siglo tuvo el cargo en el MEF que hoy ocupa Biestro, reafirmó que las objeciones planteadas por la UE se centran básicamente en las denominadas “rentas pasivas” obtenidas por sociedades uruguayas. “No cuestiona la territorialidad —de hecho, varios de sus integrantes aplican este principio en el ámbito societario—, sino la ausencia de sustancia. Este problema se puede solucionar con un hacha o con un bisturí. Yendo a la renta mundial en forma general obviamente eliminamos la objeción, pero al mismo tiempo resignamos una ventaja comparativa histórica de nuestro país como proveedor de servicios al mundo. En cambio, si nos alineamos con los estándares internacionales de sustancia sin abandonar la territorialidad —siguiendo ejemplos como el de Holanda—, podríamos preservar y aún mejorar el valor agregado de esos servicios. Lo que a esta altura parece bastante claro es que para cumplir con los compromisos asumidos las sociedades meramente instrumentales, carentes de sustancia, no van a poder seguirse beneficiando del principio de fuente territorial y para ello se requerirán adecuaciones normativas”.