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    Legislar para el amigo

    Columnista de Búsqueda

    Nº 2182 - 14 al 20 de Julio de 2022

    Finalmente se está por votar en el Parlamento el proyecto de ley de corresponsabilidad en la crianza, que es el texto unificado de dos iniciativas anteriores: uno impulsado por Guido Manini Ríos, Guillermo Domenech y Raúl Lozano de Cabildo Abierto y otro por las senadoras Carmen Asiaín y Graciela Bianchi del Partido Nacional, ambos presentados en setiembre de 2020.

    La propuesta ha sido ampliamente criticada por organizaciones especializadas en infancia y adolescencia. Y aunque hay varios aspectos de los proyectos anteriores que se intentaron mejorar (en particular gracias a los aportes de la senadora del Partido Colorado Carmen Sanguinetti), todavía hay problemas gruesos que siguen estando presentes en el nuevo proyecto. De hecho, varios integrantes de la coalición de gobierno han manifestado estar en contra, en particular algunas figuras relevantes del Partido Colorado y el Partido Independiente.

    Uno de los aspectos más criticados es que el nuevo proyecto eliminaba la causal de pérdida de la patria potestad por abuso o maltrato. Más precisamente: el artículo 2 del proyecto modifica el artículo 34 del Código de la Niñez y la Adolescencia (de setiembre de 2004) y establece ahora que “la patria potestad únicamente podrá perderse por las causales previstas en el artículo 285 del Código Civil”. De este modo, el proyecto de ley dejaba por fuera el artículo 284, que incluye la pérdida de patria potestad por delitos violentos o delitos de proxenetismo contra hijas e hijos, o femicidio o intento de femicidio de la madre de los hijos/as. Ante esta crítica, Carmen Asiaín dijo esta semana en declaraciones a Canal 5 que “se debió a una omisión involuntaria” y que “es cuestión de agregar ese articulito”.

    Si realmente se trató de un error involuntario, la senadora podría haber tenido otra actitud al referirse a ello, ya que se trata de un tema grave y serio que amerita usar otro tipo de expresiones, o al menos evitar diminutivos. “Es un olvido grave, es un olvido relevante, porque estamos hablando de delitos de una extrema gravedad contra la integridad física y moral de los niños, que no puede ser tratado de manera liviana”, expresó Luis Pedernera, integrante del Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas, quien manifestó que este proyecto de ley implica un retroceso en el tema y atenta contra los derechos de niños, niñas y adolescentes.

    Es que otro gran problema que presenta el proyecto es lo que establece el artículo 4: que en el caso de “adoptarse medidas cautelares a raíz de una denuncia” deberá respetarse “el derecho a las visitas” del denunciado, y “el juez únicamente suspenderá el régimen de visitas vigente en el caso en que se encuentre en riesgo el interés superior del niño o adolescente”. En suma, que deberán mantenerse las visitas aunque “el progenitor” tenga medidas cautelares. Quienes entienden del tema y están en contra del proyecto de ley argumentan que si el derecho permite las medidas cautelares aun sin condena es precisamente porque se trata de medidas de protección, aunque no se tenga 100% certeza de si la persona denunciada es culpable o no. De hecho, puede que nunca se llegue a una condena, porque los procesos son largos y muchas veces difíciles de probar si no hay signos exteriores de violencia. Pretender que otro juez evalúe la medida cautelar pone en riesgo la protección del menor, expresan. El costo de un error puede ser tan grave como la vida o la integridad del niño, niña o adolescente.

    Otro aspecto complejo que resalta Pedernera es el hecho de “realizar cambios en las leyes sin base en la evidencia”. Según plantea el experto, el problema con este proyecto es que “no tiene exposición de motivos y no se indica cuál es el problema que se identificó y sobre qué evidencia se sostiene”. Cabe preguntarse entonces cuáles son realmente los intereses por aprobar una ley tan controversial, que no presenta ningún tipo de argumento sólido.

    En este sentido, el dato sobre el origen de este proyecto de tenencia compartida no es nada menor: “Es un proyecto del presidente”, se dice, porque está basado en un proyecto que Luis Lacalle Pou presentó cuando era senador en 2016 y que había sido elaborado por la organización Todo por Nuestros Hijos, un “grupo integrado en su mayoría por padres varones que reclaman por la tenencia de sus hijas e hijos”. O, como planteó la directora de Inmujeres, Mónica Bottero, por padres “que perdieron el acceso a sus hijos” por tener medidas cautelares por antecedentes de violencia y abusos. Como sostiene Bottero, la presión de estos grupos es muy fuerte, pero “no hay que generar una ley que vaya en contra de los logros de las mujeres para estos pocos casos”.

    Por otro lado, más de un legislador poco interiorizado con el tema puede estar tentado a votar a favor de este proyecto porque “tiene un amigo” que asegura que le hicieron una denuncia falsa por despecho y no pudo ver a sus hijos por mucho tiempo. Pero eso se resuelve fortaleciendo el sistema judicial, no aprobando leyes que ponen en riesgo la vida de niños y niñas. Porque no se puede legislar para el amigo o para el primo del cuñado: hay que legislar pensando en los más desprotegidos, con los datos de violencia contra niños, niñas y adolescentes a la vista y escuchando a quienes día a día trabajan por proteger sus derechos.