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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáHace cuatro años publicábamos a través de este semanario y con el mismo título: “ ...Toma estado público -gracias a un grupo humano que mantiene los principios de ética y justicia- una situación irregular en Enseñanza Secundaria. Docentes del Liceo Atlántida N°1 ocupan por segunda vez en una semana dicho instituto , solicitando la restitución de la Sra. Directora de ese Liceo” (publicación de agosto del 2015).
Decimos ahora: tenían razón. Hoy, a cuatro años de aquello, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo anuló aquel acto de extrema injusticia a quien fuera la directora efectiva del Liceo Atlántida N°1 (Ficha N° 355/2017).
Indicamos ahora que se movilizaron porque intuían que era un error inadmisible lo que habían resuelto los consejeros de Educación Secundaria. Aquel grupo, integrado por docentes y padres de alumnos que actuaron conforme a sus principios, entendió que aquello no era lícito. Tenían razón.
No les importó a aquellos tres integrantes del Consejo de Secundaria la idoneidad para el cargo de esta directora, que se ubicaba en el tercer lugar de directores efectivos del país; no les importó el perjuicio que le causaban a la institución liceal al remover una Dirección, menos aún atentar contra la honestidad de un persona y mancillar su nombre. Era solo una persona, una familia.
No es nuevo hoy para la ciudadanía enterarse de la inapropiada actuación de ese Consejo de Educación Secundaria. No obstante, debemos sumarle ahora acciones contrarias a Derecho. Lo decíamos en aquel entonces y hoy, el máximo órgano jurisdiccional en materia administrativa de la nación nos da la razón. Falla “nulidad del acto administrativo “; “En otras palabras, al no verificarse falta administrativa alguna en el comportamiento de la accionante, la sanción que le fue impuesta carece de presupuesto de hecho, y resulta, por ende, contraria a Derecho”. “ ...Resulta ilegítima la sanción que le fuera aplicada”; Declara la “nulidad del acto “ de lo actuado por el Consejo en referencia a la remoción de la directora.
No es nada bueno para una sociedad que los valores éticos y morales tengan que ser defendidos por un grupo humano, tal como decscribo en aquella escena - pero sin duda habla bien de ella -, máxime cuando estos valores son ignorados por las instituciones y delegados al capricho de alguna inspectora o consejera haciendo caso omiso a las más elementales normas de equidad y justicia. Valores estos entrañables que supieron hacer sobresalir y enorgullecernos de ser ciudadanos de esta República.
Vale decir, la Dirección de la División Jurídica de Secundaria opinaba que no correspondía sanción. Mayor gravedad aún, con la opinión contraria del director de Jurídica de ese Consejo en uso abusivo del poder, habilitó la remoción de la directora anuente a la opinión de alguna inspectora y/o consejera. Probablemente, por la empatía que causaba la directora al actuar conforme a Derecho sin amiguismo y solvencia en su cargo, lo que molestó a alguna inspectora o consejera.
Quien suscribe , marido de la directora, ha vivido junto a ella todos estos pasos viendo y compartiendo su padecer. No logro comprender la conducta de estas personas, ni de quienes las mantienen en los cargos. Lo que sí tengo claro es que no es la Enseñanza que queremos, no es la institución que deseamos dirija la educación de nuestros hijos. Merecemos algo mejor. Somos cristianos y no les deseamos mal alguno, solo justicia... no habrá pena para ellos, pero tampoco gloria.
Ing. Gonzalo Servetto