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Los legisladores deben “proteger” a los nuevos modelos de familia
Grupos con “fuerte poder de lobby y de llegada a los medios de comunicación” incidieron en la aprobación de leyes “trascendentes” como la que habilita el matrimonio entre homosexuales, afirmó Pérez Manrique
El modelo tradicional de la familia, concebido como la unión de un hombre y una mujer, perdió vigencia en las últimas décadas a medida que se volvían más habituales los hogares monoparentales, las parejas homosexuales o que viven en casas separadas. Esta nueva “realidad” social obligó al Parlamento a adaptar la normativa para “fomentar y proteger” a los nuevos modelos de familia. Esas son algunas de las conclusiones que planteó el ministro de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) Ricardo Pérez Manrique durante el taller “Las familias: su evolución y los efectos sobre la crianza”, realizado el 7 de junio por la Fundación Propuestas (FundaPro), vinculada al Partido Colorado.
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Pérez Manrique explicó que antes “la familia se concebía con un criterio bilateral de dos integrantes” y una “diversidad sexual de hombre y mujer”, cuyo fin “era la procreación y el cuidado de los hijos”. Sin embargo “la base de la familia” dejó de ser la diversidad sexual de sus integrantes, y hay muchas donde “no existen hijos”. Así ha surgido la monoparentalidad, parejas que no logran consolidarse o son de convivencia fugaz, parejas que funcionan sin convivir, y familias “ensambladas”, con hijos de uniones anteriores.
Esa complejidad determinó que en la entrada del siglo XXI el Parlamento aprobara en Uruguay una serie de reformas legislativas “muy importantes”, según el ministro, aunque evitó referirse a ellas “en términos de valor, de progreso o retroceso, porque no corresponde”.
En opinión del ministro la familia tiene un “carácter funcional”, sirve para el “desarrollo” de la personalidad de cada uno de esos integrantes, “más allá de la forma que adopte”. Por eso cree que el rol del legislador es “desde la libertad, fomentar y proteger las distintas formas familiares”, actuando sin prejuicios ni preconceptos.
“En esta legislatura y en la legislatura anterior se generaron una cantidad de normas que sin duda son trascendentes, más allá de que estemos a favor o en contra. Habrá que esperar un tiempo, tal vez quince o veinte años, para ver cuáles son sus resultados y su incidencia sobre nuestra sociedad”, expresó.
Dentro de esas reformas mencionó la creación del Código de la Niñez y la Adolescencia (2004), la ley 18.246 de unión concubinaria (2008), la ley 18.590 que introdujo modificaciones en el sistema de adopción (2009), la ley 18.620 sobre derecho a la identidad de género (2009), la ley 18.987 de interrupción voluntaria del embarazo (2012) y la ley 14.075 de matrimonio igualitario (2013).
Pérez Manrique sostuvo que algunas de esas normas pueden justificarse “a partir de nuevos actores sociales” que generan “un fuerte debate en la sociedad y exigen su espacio al momento de legislar”, apoyados por un “fuerte poder de lobby y de llegada a los medios de comunicación”. De ese modo se avanza “en medidas legislativas en las que a veces surgen deficiencias de orden técnico en su formulación en cuanto a legislación”, lo que complica la tarea judicial.
Puso como ejemplo “paradigmático” la ley de unión concubinaria, la que establece que los concubinos “tienen derecho a una relación desde del punto de vista patrimonial a la que se le aplicará en lo que corresponda el régimen de la sociedad legal de bienes”.
“¿Qué es ‘se le aplicará en lo que corresponda’?”, cuestionó Pérez Manrique. “Se le preguntó a un legislador y dijo que los jueces lo iban a determinar”.
“Nos piden a los jueces que seamos como el mago Ariel, que saquemos el conejo de la galera cuando no hay conejo de la galera. A veces se toman medidas que son avanzadas y los jueces después tenemos que aplicar la normativa con tremendas dificultades desde el punto de vista interpretativo”, explicó.
Sobre el final de su intervención, Pérez Manrique recordó que el Parlamento está discutiendo un proyecto de ley para regular la fecundación asistida, un método que es utilizado por muchas familias. Argumentó que “es uno de los grandes déficits de la ley del matrimonio igualitario”, que pretende legislar sobre la filiación cuando se trata de un matrimonio entre personas del mismo sexo pero “tratando de alguna forma” de reproducir el fundamento de la filiación biológica.
“El fundamento de la filiación biológica de una mujer es la certeza que tiene la madre y la presunción de quién es el padre. En cambio en esto, que no hay padre ni madre, esa certeza no puede pasar, por lo menos por ese lado. Es un tema que tendrán que decidir los tribunales”, concluyó.