• Cotizaciones
    viernes 10 de abril de 2026

    ¡Hola !

    En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, tu plan tendrá un precio promocional:
    $ Al año*
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá
    * Podés cancelar el plan en el momento que lo desees

    ¡Hola !

    En Búsqueda y Galería nos estamos renovando. Para mejorar tu experiencia te pedimos que actualices tus datos. Una vez que completes los datos, por los próximos tres meses tu plan tendrá un precio promocional:
    $ por 3 meses*
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá
    * A partir del cuarto mes por al mes. Podés cancelar el plan en el momento que lo desees
    stopper description + stopper description

    Tu aporte contribuye a la Búsqueda de la verdad

    Suscribite ahora y obtené acceso ilimitado a los contenidos de Búsqueda y Galería.

    Suscribite a Búsqueda
    DESDE

    UYU

    299

    /mes*

    * Podés cancelar el plan en el momento que lo desees

    ¡Hola !

    El venció tu suscripción de Búsqueda y Galería. Para poder continuar accediendo a los beneficios de tu plan es necesario que realices el pago de tu suscripción.
    En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] o contactarte por WhatsApp acá

    Multas a empresas que no comuniquen reintegros desde “seguro de paro”

    Las empresas que reincorporen trabajadores al “seguro de paro” de forma anticipada y no lo comuniquen al Banco de Previsión Social (BPS) serán multadas con cinco jornales del sueldo del asalariado, informaron a Búsqueda fuentes del organismo.

    El monto de la multa se duplica si la firma reincide en el incumplimiento en el siguiente año. Y si omite la comunicación al BPS una vez más, el plazo en el que se toma en cuenta la reincidencia se amplía a dos años.

    El decreto que reglamenta el régimen de subsidio por desempleo establece que es responsabilidad del empleador comunicarle al BPS el reintegro de un trabajador en un plazo máximo de cinco días y, en caso de incumplimiento, prevé una multa de entre uno y 50 jornales del sueldo del trabajador. Sin embargo, en la práctica estas sanciones no se aplicaban hasta ahora, por lo que los directores decidieron reglamentar las sanciones.

    El Directorio del BPS resolvió cambiar los plazos de las reincidencias, ya que el decreto establece que el período para que se dejen de contar los antecedentes de las infracciones es de cinco años, un período que se redujo a solo uno. Esa cuestión fue “muy discutida” en el directorio, aunque finalmente hubo unanimidad, según la fuente.

    El objetivo de empezar a aplicar sanciones es que la persona no cobre el subsidio y el sueldo a la vez, cuando se reincorpora al trabajo. Si percibe el sueldo, el subsidio del BPS es un “cobro indebido”. Este dinero luego debe ser descontado al trabajador, lo que provoca “un gran problema”, dijo el informante.

    La decisión afecta principalmente a las “empresas chicas” que tienen una “menor infraestructura de escritorio”, y son las que menos comunican sobre los reintegros de trabajadores, agregó.

    Ante la crisis que causó la epidemia de Covid-19 la cantidad de beneficiarios del “seguro de paro” se disparó y superó los 185.000 en algunos meses del 2020. En marzo pasado la cifra rondaba las 73.000.

    // Leer el objeto desde localStorage