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    Necedad apocalíptica

    N° 1965 - 19 al 25 de Abril de 2018

    , regenerado3

    Los comentarios apresurados suelen desvirtuar la realidad y es bueno pisar el freno para reflexionar. En este caso sobre la airada reacción del Ministerio de Salud Pública (MSP) que irrumpió con agresividad para protestar contra las sentencias judiciales que lo han obligado a suministrar medicamentos de alto costo.

    Jorge Quian, el subsecretario de ese ministerio, fue hace algunas semanas abanderado de la queja. Durante un acto académico difamó genéricamente a los abogados, a quienes acusó de traficar con la angustia y el miedo a morir de los pacientes. Según el adjetivo que utilizó, los abogados actúan al margen de la ley, porque un traficante es quien comercia en forma ilegal.

    Para rebatir esa insensible ignorancia, el Colegio de Abogados le recordó las reglas de juego de un sistema democrático con separación de poderes: jueces imparciales aplican el derecho al caso concreto y durante el proceso judicial el MSP es asistido por abogados que argumentan en su favor.

    También reaccionó Juan Ceretta, uno de los docentes del consultorio jurídico de la Facultad de Derecho, consultorio que ha presentado acciones de amparo por la misma razón. Al abogado, lo que dijo Quian no lo sorprende: “En los últimos años la estrategia del MSP ha sido criticar el acceso de la gente a la Justicia”. El consultorio no cobra. Solo asesora a personas cuyo ingreso nominal no supere $30.600 mensuales. ¿Abogados traficantes, dijo?

    Quian ha sido premiado en tres ocasiones por la Academia Nacional de Medicina, fue jefe de la Unidad de Terapia Intensiva Pediátrica del Hospital Policial y director del centro pediátrico VIH-SIDA del Pereira Rossell. ¿Cómo es posible que con esos antecedentes transite ahora por este camino? La explicación podría estar en que ha decidido archivar la ciencia médica, ignorar el compromiso de su profesión con la sociedad y opta por convertir en ciencia ficción el juramento hipocrático. Se pasó con todos sus petates al mundo político. La cadena de mando del gobierno lo mandó a la guerra con un bisturí desafilado y sin esterilizar.

    El subsecretario advirtió que durante 2017, debido a los fallos judiciales, debieron invertir US$ 5.300.000 en medicamentos, una erogación que está fuera del presupuesto de la salud y ni el ministerio ni el Fondo Nacional de Recursos pueden hacerle frente. Por ese camino, dijo, el Sistema Nacional Integrado de Salud está en riesgo. Un disparate, como veremos. Aun si fuera cierto, ¿esto significa que porque el presupuesto es insuficiente los enfermos graves deben padecer y renunciar a una mejor calidad de vida para evitar que el Estado invierta en los medicamentos adecuados? La filosofía popular del ajo y agua: a joderse y aguantarse.

    Si el problema es presupuestal el ministerio debe exigir más dinero para esas contingencias. Bastaría con proponer cortarles la mano a los jerarcas de algunas empresas públicas y a las direcciones de hospitales cuyas metástasis parecen incurables. Pero para plantearlo con firmeza hay que tener el coraje de enfrentarse con la cúpula del gobierno y pelearse con los dirigentes y sectores.

    En la búsqueda de antecedentes me topé con un blog del juez Edgardo Ettlin, ministro de un Tribunal de Apelaciones en lo Civil. Lo encabeza una frase de Antonio Machado que calza como anillo al dedo: “Todo necio confunde valor y precio”.

    “Valor” es el grado de utilidad o aptitud de las cosas para satisfacer las necesidades o proporcionar bienestar o deleite (en este caso de los pacientes), y “precio” refiere al costo económico para sostener ese inapreciable valor.

    La advertencia de Quian sobre las dificultades del Estado como consecuencia de los juicios es “un argumento apocalíptico” y se destruye con argumentos jurídicos que son la base de los fallos judiciales. El médico pretende conmover la sensibilidad de los magistrados, dice el juez Ettlin.

    Razona que la advertencia de que las sentencias pueden comprometer la estabilidad del Sistema Nacional Integrado de Salud es falsa: la inversión del MSP como resultado de esos fallos constituye apenas la milésima parte del presupuesto de salud. Es “una erogación demasiado insular” para esa afirmación apocalíptica.

    El blog aporta un dato relevante que reafirma la falsedad de lo expresado. Refiere a las sentencias que fueron dictadas por los Tribunales de Apelaciones en lo Civil en apelaciones a los fallos de primera instancia. En 2017 fueron 1.167 sentencias definitivas y de estas solo 36 refirieron a cuestiones de salud: 3,08% del total.

    Las políticas públicas de salud y los gastos del Estado no son materia exclusiva de la ley o del Poder Ejecutivo, que debe aplicar dichas normas.

    “Dentro del Imperio de la Constitución y de la regla de Derecho, no escapan a la intervención ni a la responsabilidad de los magistrados las situaciones que comprometan derechos a la vida, a la salud, a la calidad de vida y al acceso a debidas prestaciones de salud de los habitantes, máxime cuando puedan estar en juego o afectados. Todo de conformidad con los arts. 23 de la Constitución y 109 inc. 1º de la Ley Nº 15.750 que rezan: ‘Los jueces son responsables ante la ley de toda agresión contra los derechos de las personas, así como por separarse del orden de proceder que en ella se establezca’” , señala el juez.

    Aclara que ese razonamiento es sin perjuicio del debate sobre la eventual inconstitucionalidad de las normas que determinan limitaciones o condicionamientos sobre todas las prestaciones asistenciales, en cuanto aquellas políticas administrativas pretendan restringir o comprometer tales derechos humanos.

    A los jueces no les corresponde considerar si la protección a los derechos de los pacientes implicará o no un costo o precio económico, ni si será o no elevado.  “La protección por amparo está exclusivamente determinada en clave de derechos humanos y se establece en función de los valores y principios de la Constitución y de las normas internacionales sobre derechos humanos que se aplican como un bloque del máximo rango normativo, no en función del precio o del presupuesto que esta protección pudiere requerir”, sostiene Ettlin.

    ?? Lula: la tesis del “rouba mas faz”