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    Población carcelaria femenina se multiplicó por 2,2 desde 2017; en 2022 hubo 40 presas por entrar drogas a centros de reclusión

    Defensores de oficio advierten sobre diferencias entre Montevideo e interior en el tratamiento judicial de casos de microtráfico, mientras legisladores colorados buscan dar marcha atrás a la “excesiva penalización” que dejó la LUC

    Las mujeres que viven en el interior del país y que incurren en el delito de ingresar droga a una cárcel están expuestas a condenas más altas que aquellas que residen en la capital. A esa conclusión llegaron desde la Asociación de Defensores de Oficio, una situación que les preocupa y que tiene como base el endurecimiento de las penas contra el narcomenudeo que implicó la aprobación de la Ley de Urgente Consideración (LUC).

    El artículo 74 de la LUC restableció el artículo 36 del decreto ley sobre delitos de estupefacientes, de 1974, que aumentó la pena mínima a cuatro años para quienes intentan entregar o vender droga en las inmediaciones de varios lugares, entre ellos las cárceles, con una máxima de 15 años. Este aumento afecta particularmente a las mujeres, que son quienes más visitan centros carcelarios.

    La modificación normativa provocó que madres que llegan a centros penitenciarios con droga para entregar a reclusos en cantidades que pueden ser para consumo personal deban permanecer en prisión por cuatro años, mientras que sus hijos crecen privados de libertad o lejos de sus referentes familiares. La LUC también les impide redimir la pena por trabajo o estudio.

    Según informaron desde el Ministerio del Interior a Búsqueda, durante 2022 hubo 57 mujeres que fueron formalizadas por incautaciones de estupefacientes, luego de ser detenidas en los controles de ingreso a establecimientos penitenciarios. De ellas, 40 fueron enviadas a prisión y 16 sin prisión.

    En tanto, una mujer fue formalizada sin prisión por enviar droga en una encomienda. Además hubo 179 mujeres que fueron emplazadas sin fecha por intentar ingresar droga a cárceles.

    A través de la defensa de varias mujeres que incurrieron en ese delito, los abogados públicos de Montevideo, lograron convencer a fiscales de que era “ilógico” que deban permanecer cuatro años presas bajo el argumento de que no hay un negocio en esas situaciones y, además, se vulneran los derechos de los menores de edad. La mayoría de los casos se comenzaron a resolver como actos preparatorios en un acuerdo abreviado con la Fiscalía, según explicó a Búsqueda la defensora de oficio Victoria Muraña.

    En la práctica esto implica que sepueda reducir la condena a 16 meses, en vez de 48. Los defensores se ampararon en que las mujeres no habían llegado a entrar la droga a los centros penitenciarios, porque fueron detenidas antes. “Al principio no fue tan sencillo, porque se estaba tirando de los pelos la situación, pero luego hubo unanimidad en que era una pena excesiva”, afirmó.

    En el interior los defensores quisieron seguir el mismo camino pero no tuvieron éxito. En general, fuera de la capital, los casos suelen ir a juicio, no se los considera como actos preparatorios, y terminan en penas de al menos cuatro años de cárcel.

    El último caso ocurrió en Flores. Una mujer, madre de un bebé y dos niños, fue condenada a pasar cuatro años en prisión tras un acuerdo abreviado con la Fiscalía por intentar ingresar 25 gramos de marihuana a una cárcel, según informó El Observador el 23 de diciembre de 2022. El cumplimiento de la pena se había aplazado porque estaba amamantando, pero el menor cumplió un año y la Justicia determinó que comience a cumplir la pena en Durazno.

    El caso de Dona Samer Fleitas marcó un antes y un después, al instalar en la opinión pública un debate sobre la normativa vigente y la necesidad de una modificación. La mujer tenía 39 años y cuatro hijos a su cargo cuando fue condenada, en julio de 2021, a pasar cuatro años en la cárcel por haber intentado ingresar 56 gramos de marihuana al ex-Comcar, para el hombre que entonces era su pareja. Era la primera vez que Dona Samer cometía un delito. Por este caso se realizó una solicitud de prisión domiciliaria, basado en que se les niega el derecho a los niños de tener un vínculo con su madre. La Justicia finalmente aceptó.

    El fallo, que fue considerado histórico por sentar un precedente para casos similares, fue el resultado del trabajo entre la Oficina del Comisionado Parlamentario, el Consultorio Jurídico de la Universidad de la República y Gurises Unidos. Pero el caso de Dona Samer no fue el primero y tampoco el último.

    Desde ese momento hubo decenas de mujeres que entraron en reclusión por intentar entrar droga a centros penitenciarios, como el caso de Flores. En general son mujeres con un perfil similar: jóvenes, pobres, con hijos a cargo, familias monoparentales, de bajo nivel educativo y provienen de familias con trabajos informales. En su mayoría, las condenadas incluso fueron calificadas por un estudio criminológico que realiza el Instituto Nacional de Rehabilitación como personas de baja o nula peligrosidad.

    Unidad N° 9, madres con hijos

    “Excesiva penalización”

    El 28 de diciembre del año pasado tres senadores del Partido Colorado —Carmen Sanguinetti, Raúl Batlle y Pablo Lanz— presentaron un proyecto de ley para modificar el artículo 74 de la LUC y “armonizar” las penas por microtráfico de drogas en cárceles. Los legisladores indicaron en la exposición de motivos que la normativa actual tiene una “excesiva penalización”. Además, destacan que provocó un importante aumento de la prisión femenina, que fue del 26% entre setiembre de 2020 y 2021, mientras que el incremento general fue del 9%, según un informe parlamentario.

    Por esa razón, la iniciativa propone que se elimine la palabra cárceles del inciso 5 del artículo 36 de la ley vigente desde 1974, que establece como agravantes cometer el delito en las inmediaciones o en el interior de centros educativos, establecimientos sanitarios, hospitales, sedes de instituciones deportivas, culturales, sociales o de recintos donde se realicen espectáculos o reuniones de carácter público.

    La nueva redacción plantea que se incluya como agravante especial el intento de ingresar estupefacientes en cárceles o centros de privación de libertad para adolescentes, pero que en esos casos sea considerado como acto preparatorio. Esto habilitaría a que quienes cometan ese delito deban cumplir una pena de entre 12 meses de prisión a cinco años de penitenciaría, por lo que la condena mínima que se puede aplicar se reduciría de cuatro años a un año de cárcel.

    En tanto, la propuesta mantiene de la normativa vigente que al momento de resolver sobre la prisión preventiva de las personas imputadas, el juez pueda ponderar las “circunstancias familiares” que hicieran perjudicial su internación en prisión y les asigne “especial relevancia”. Pero agrega que “se considerará especialmente al imputado que tuviere la guarda exclusiva de niños, niñas, adolescentes o personas con discapacidad siendo el vínculo favorable a su desarrollo integral según informe técnico que lo acredite en atención al interés superior del niño, niña o adolescente”.

    Actualmente pueden evitar la prisión preventiva las embarazadas a partir del quinto mes o madres durante el primer año de lactancia, también las personas con enfermedades que impliquen riesgo para su vida o los mayores de 70 años, cuando “no involucre riesgos considerando las circunstancias del delito cometido”.

    El comisionado parlamentario penitenciario, Juan Miguel Petit, dijo a Búsqueda que lo que se plantea con la modificación de la legislación vigente es la “ineludible adecuación” a lo que mostró la aplicación de la norma. Los efectos, consideró, “ponen el foco en la necesidad de otros tipo de sanciones penales que sean más eficientes y que no tengan efectos más graves que lo que se quería corregir”.

    Instituto Nacional de Rehabilitación

    Duplicación

    En los últimos años se registró un aumento de la cantidad de mujeres privadas de libertad. Según datos del Ministerio del Interior a los que accedió Búsqueda, al cierre de 2022 había 1.039 mujeres en establecimientos penitenciarios del Instituto Nacional de Rehabilitación. Esta cifra es la consolidación de un incremento sostenido: 466 en 2017, 482 en 2018, 631 en 2019, 821 en 2020 y 998 en 2021.

    Respecto al 2017 la cantidad de mujeres presas se multiplicó por 2,2. Si se compara con 2019, la población carcelaria femenina se multiplicó por 1,6.

    Frente a esta situación el Ministerio del Interior avanza en la construcción de un nuevo centro penitenciario. Según informó el director general de la cartera, Nicolás Martinelli, la cárcel que estará en Punta de Rieles tendrá 800 plazas. La intención del gobierno es que sean trasladadas las reclusas que se encuentran en las cárceles femeninas de Montevideo.

    La Unidad Nº 5 tiene 400 plazas pero hay 650 mujeres privadas de libertad, por lo que la construcción del nuevo centro busca eliminar el hacinamiento, que alcanza el 162%. A su vez, la cantidad de plazas disponibles será el doble de las que existen en la actualidad. También serán recluidas en esa cárcel en Punta de Rieles las mujeres que se encuentran hoy en la Unidad Nº 9, que aloja a madres con hijas e hijos, aunque todavía no está determinada la cantidad de plazas disponibles para esas situaciones.

    El establecimiento penitenciario tendrá un costo estimado de US$ 29 millones y se concretará a través de Participación Público Privada. Para trabajar en el proyecto se creó un grupo de trabajo entre el Ministerio del Interior, el Ministerio de Economía y la Corporación Nacional para el Desarrollo, además de que comenzaron las negociaciones con la concesionaria.