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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáPrevengamos procesando. En el año 1974 tuve la suerte de ganar una beca para estudiar prevención e investigación de accidentes aéreos en la Universidad del Sur de California (USC), en los cursos que dicho centro de estudios dictara para la USAF, formando Oficiales de Seguridad de Vuelo, para desempeñar esa importantísima función en las Fuerzas Aéreas de sus respectivos países (en esa ocasión éramos oficiales de 17 países).
Desde entonces, ya fuera en forma exclusiva o como complemento de otra asignación, estuve relacionado con esta tarea. A lo largo de 20 años, logré implementar el curso de la USAF en nuestra FAU (curso que se dicta hasta nuestros días y en el que fui profesor de Prevención de Accidentes), debí investigar casi todos los accidentes ocurridos en ese período, fui 5 años director de Seguridad de Vuelo y Terrestre de la FAU y participé en varios seminarios nacionales e internacionales de la materia, entre otras cosas.
Hago esta breve reseña de esa parte de mi vida profesional, en la que, además, volé más de 6.000 horas en helicópteros y aviones de ala fija (entre ellos el Vickers Viscount y el Boeing 737), porque quiero opinar sobre la recientemente votada y discutida ley de responsabilidad empresarial, por la que puede ser llamado a responsabilidad penal cualquier empleador que de manera involuntaria incumpla con la normativa de seguridad laboral, en cualquier rubro que exista dicha normativa, o que, eventualmente, sea promulgada en un futuro.
Mucho se ha hablado sobre esta ley, la que, según el Sunca, tiene la finalidad de poner justicia en los casos en que se producen accidentes por la insensibilidad de los empleadores de agotar los medios, para dar a sus empleados las mejores condiciones de seguridad en el trabajo.
Pero una de las cosas de las que se ha hablado muy poco es algo que le escuché al presidente de la Cámara de la Construcción, Sr. Ignacio Otegui, en el programa “Esta boca es mía”, de Canal 12, cuando dijo muy claramente que si se buscaba reducir los accidentes de trabajo, se debía hablar de prevención de accidentes y de eso, la ley de referencia, no dice una sola palabra.
Y en realidad, esa es la cuestión.
No existe área de la actividad humana en la que se hayan investigado más accidentes, ni en la que se hayan dedicado tantos esfuerzos en desarrollar técnicas y procedimientos para reducirlos a la mínima expresión, como en la actividad aérea. En ese sentido, lo primero que hay que entender es que los accidentes no ocurren, sino que son causados por los seres humanos, por lo que solo lograremos resultados (y los logran en esos lugares que parten de esta premisa) si conseguimos cambiar los padrones de conducta peligrosos de las personas, por otros donde la seguridad sea un factor preponderante.
También debemos entender que los accidentes no ocurren por una sola causa, sino que se producen a lo largo de una secuencia de eventos en la que varios factores contribuyen a que ello pase y, por lo tanto, el esfuerzo de prevención no debe enfocarse en un único factor, sino en todos los que participan en cada actividad. Los empresarios son, por naturaleza, quienes aparecen como primeros responsables de todo lo que sucede en su empresa, especialmente la seguridad, pero también los gerentes, los supervisores, las empresas que prestan servicios tercerizados y, finalmente, los funcionarios que deben cumplir con las normas en el cumplimiento de sus tareas.
Por estas simples razones es que se debe entender que la prevención de accidentes no es una simple sucesión de campañas, sino que es necesario desarrollar planes y programas diseñados para cada rubro, en los que las actividades y las técnicas estén perfectamente definidos, conocidos por todos y gestionados de la manera más eficiente posible. Hace unos pocos años me invitaron a presentar un trabajo para competir con otros de diferentes partes del mundo, a fin de seleccionar los mejores para un libro de factores humanos y prevención de accidentes aéreos. Mi trabajo fue seleccionado y publicado en uno de los dos tomos en que se editó la obra y fue un plan de prevención de accidentes aéreos para una compañía aérea. Ese plan no era otro que el que había diseñado para la FAU, cuando era director de dicha área, adaptado para una empresa comercial. Un plan similar diseñé para las actividades en tierra, en el tránsito y en talleres, es decir, la metodología es la misma, solo hay que adaptarla al tipo de organización.
Esto en lo que respecta al objetivo de la prevención de accidentes, pero, de esas premisas que citamos al principio, también vamos a encontrar un elemento que nos va a conducir a que la ley sea francamente inconstitucional.
En efecto, si todos quienes eventualmente participan en una tarea en la que existen riesgos potenciales de accidente pueden, en algún momento, poner en peligro la vida de una persona, incluyendo a esa persona, ¿por qué la ley solo responsabiliza penalmente al empresario?
Es evidente que por más esfuerzo que haga ese empresario, si falla cualquiera de los otros eslabones de la cadena, ese peligro potencial puede transformarse en un accidente.
Si un obrero que debe usar casco, o cinturón de seguridad, o lentes de trabajo o cualquier otro elemento, a pesar de contar con ellos, no lo hace, así como un supervisor puede no controlar que ello se haga, ¿por qué la ley solo penaliza a los empresarios?
Dice la Constitución de la República: Artículo 8º.- Todas las personas son iguales ante la ley, no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes.
Si se cree (erróneamente) que por medio de una ley penal se puede llegar a reducir el número de accidentes en el trabajo, la misma debe comprender a todos los que pueden ser actores en una situación de riesgo, conducidos ante el juez y procesados.
Dicho con un ejemplo, si el empresario que no le facilita el casco a un obrero, lo pone en situación de peligro y debe ser procesado, si el empresario sí le facilita el casco y el obrero no se lo pone, el que está poniendo en riesgo la vida es el obrero y, como el resultado es el mismo, debería ser igualmente procesado.
Es bueno que todos tengamos una ideología y que la defendamos con argumentos válidos, pero en la vida práctica lo que sirve es la experiencia de quienes han dedicado su vida a desarrollar métodos para que las cosas funcionen adecuadamente y en el caso de la prevención de accidentes solo existe una forma de hacerlo: trabajar en prevención. Lo demás es cuento y, en este caso, uno muy malo que puede provocar grandes injusticias.
Cnel. (Av.) Ego Correa Luna
CI 969.762-0