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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáSegún la Constitución uruguaya de 1997 en vigencia, en su Artículo 8º, “Todas las personas son iguales ante la ley no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes”.
Esta cita viene a colación de los hechos denunciados en estos últimos días por la secretaria de un ex parlamentario a quien no se le habían realizado los aportes patronales al BPS en 20 años de servicio, lo que saltó a la luz al momento de que esta señora iniciara trámites jubilatorios.
Conozco de primera mano situaciones similares en las que incurrieron pequeños empresarios, los cuales fueron denunciados por el BPS penalmente, resultando estos procesos, bajo la tipificación de apropiación indebida, con penas de prisión.
Volviendo sobre el principio de igualdad, me pregunto, como simple ciudadano, ¿qué acción tomó si es que tomó alguna, el BPS en el caso antes citado?
PD. ¿Será que en lugar de ser todos “iguales ante la ley”, algunos son más iguales que otros...?
Pedro Berger