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    Relevos en el Codicen

    “En determinadas circunstancias, los hechos solamente pueden servir de garantía a las promesas”. José Artigas a Sarratea, Paso de la Arena, 17 de enero 1817.

    El artículo 203 de la Constitución de la República establece en su inciso 1º. “Los Consejos Directivos de los servicios docentes serán designados o electos en la forma que establezca la ley…”.

    La ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de 2008, en el artículo 58 de su Capitulo V, en referencia a la integración de cinco miembros del Consejo Directivo Central de la ANEP, establece que tres de ellos, “… serán designados por el Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros, previa venia de la Cámara de Senadores…”, “Por el mismo procedimiento será designado de entre los propuestos por el Poder Ejecutivo el Presidente del Consejo Directivo Central…” y …“ En caso de vacancia definitiva, el cargo correspondiente será provisto en la forma indicada en los incisos anteriores…”.

    Por resoluciones de 17 de setiembre de 2012, el Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros aceptó las renuncias presentadas al Codicen, por el Prof. José Seoane al cargo de Presidente y por la Maestra Nora Castro al cargo de Miembro del mencionado Organismo. Es menester señalar que, como en las renuncias de los ministros Lescano y Muslera, en este caso que nos ocupa, los actos administrativos de aceptación de las renuncias por parte del Poder Ejecutivo, no cumplen, en su dictado, con la normativa vigente (Art. 123, Decreto Nº 500/1991, de 27/9/1991), en lo que tiene que ver con la “motivación” de los mismos.

    Luego de presentadas y aceptadas las renuncias, por trascendidos de prensa, tomamos conocimiento de, por lo menos, dos circunstancias, a nuestro entender, serias: la Maestra Nora Castro “confesó que no le gustó enterarse por la prensa de su remoción del Codicen” y “cuestionó posiciones y afirmaciones del Presidente José Mujica en materia educativa” (“La Diaria” 26/9/2012, pág. 3 ), y que “las autoridades de la Universidad de la República acusaron al Poder Ejecutivo de actuar con poca lealtad e injusticia al remover a José Seoane de la Presidencia del Consejo Directivo Central (Codicen) de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP)“ (Búsqueda 27/9/2012, pág. 13).

    La decisión de renunciar es un acto personal y, como tal, voluntario, a nuestro criterio, así se debe interpretar. Si la Ma. Castro renunció al cargo, sorprende que manifieste luego que se enteró por la prensa de su remoción; ya que, el procedimiento por el cual se materializó su desvinculación, fue mediante un acto administrativo de renuncia y no de cese. Respecto al Prof. Seoane, las autoridades de la Universidad de la República “acusan” al Poder Ejecutivo por su “remoción”, no obstante su alejamiento se dio en las mismas circunstancias que correspondieron a la Ma. Castro; entonces, la duda: ¿fueron renuncias o remociones (ceses)? Además, ya avanzada esta Administración, los cambios de personas serán efectivos para mejorar la situación de crisis en la educación, habrá tiempo o podrían responder a disputas internas de la fuerza política de gobierno o de éste mismo. Tenemos derecho a estas dudas, pues la prolijidad en el caso es lo que menos abunda.

    A nuestro entender, los actores de esta situación: el Presidente de la República, con los Ministros (Consejo de Ministros) y los jerarcas renunciantes, todos mantienen o mantuvieron, una relación de dependencia con el Estado y cumplen o cumplieron, funciones públicas relacionadas con la búsqueda de bienestar para el colectivo social, para la comunidad, por tanto, son funcionarios públicos con la diferencia jerárquica correspondiente. Existe un único “patrón” para ellos que se traduce en esa entelequia que es el Estado. Sus acciones, asimismo, sus desavenencias, deben ponerse al conocimiento público, la ciudadanía tiene derecho a saber cómo son realmente las cosas, pues el gobierno fue ungido como tal, por el voto (ciudadano y democrático). Este no es un tema menor, y, por tanto, las jerarquías operan proporcionalmente a las responsabilidades a asumir en la búsqueda de soluciones, no para zanjar diferendos.

    A modo de reflexión final: los porfiados hechos nos muestran que, lamentablemente, aquella ya lejana propuesta de que “otra forma de gobernar es posible”, como Ícaro, se desvanece.

    Carlos Nilson

    CI 1.157.940-4