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En poco más de un año, en 2023, debería empezar a regir un impuesto mínimo con alcance global aplicado a las rentas de las empresas multinacionales como parte de una reforma en la fiscalidad internacional que vienen impulsando algunas potencias. Para Uruguay esto supone una “fuerte resignación de soberanía” de la que no tiene mayor escapatoria y lo relevante, ahora, es definir la estrategia a seguir, dijo a Búsqueda David Eibe, consultor en impuestos y profesor de la Universidad de Montevideo. Lo conveniente, según él, es irse adecuando con la “mayor cautela posible” y al mismo tiempo pensar “soluciones alternativas”, buscando contrarrestar las posibles pérdidas para el país en términos de actividad y de empleo si ocurre una “neutralización” de sus esquemas de incentivos, como las zonas francas o la promoción de las inversiones mediante ventajas tributarias.
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Las propuestas de cambios en la fiscalidad global dieron pasos concretos en el transcurso de este año y ahora, en Uruguay, empiezan a formar parte de la agenda pública y política. Por ejemplo, tres economistas (Amparo Mercader, Gabriel Oddone y Alberto Barreix) y un contador (Felix Abadi) coincidieron en señalar, el 19 de noviembre en una charla organizada por la Universidad ORT, que el futuro impuesto global desafía los regímenes de atracción de capitales utilizados por el país. Para Oddone, durante el 2022, “en la discusión política vinculada a la captación de políticas de inversiones, este será el tema más importante” (Búsqueda Nº 2.145).
Eibe, en términos generales, comparte esa visión. “Estamos viviendo un tiempo de cambios profundos en la tributación internacional. Los acuerdos recientes en el ámbito del Marco Inclusivo de la OCDE —a los que ha adherido Uruguay al igual que casi todos los países del mundo— suponen una fuerte resignación de soberanía”, sostuvo el especialista, consultado por Búsqueda. Para él, esto es “muy claro en el caso del impuesto mínimo global a las empresas multinacionales. En términos simples, esta medida que va a regir a partir de 2023 determina que si nuestro país otorga una exoneración del impuesto a la renta con el fin de atraer una inversión, la renta exonerada estará gravada con un impuesto mínimo del 15% en el país en el que tiene su sede la casa matriz de la entidad exonerada. Estaríamos entonces haciendo un sacrificio fiscal inútil que terminaría en las arcas del país de la matriz”.
Según Eibe —quien dirigió la Asesoría Tributaria del Ministerio de Economía entre 2002 y 2009—, para Uruguay, “no adherir a este nuevo orden no es una opción, ya que los perjuicios en términos de represalias, no solo tributarias, sino también comerciales y financieras, pueden ser muy significativos. No olvidemos que la OCDE cuenta con el respaldo explícito del G20”, el grupo que nuclea a varias de las mayores potencias económicas mundiales. Entonces “cumplir hay que cumplir, pero el tema es cómo. ¿Vamos a ser los abanderados de la clase o aquellos que pasan raspando y a los que la maestra tiene que llamar al orden cada tanto? Estos procesos son muy dinámicos, pero en la situación actual creo que deberíamos irnos adecuando con la mayor cautela posible, mitigando los riesgos implícitos en esta actitud mediante un diálogo fluido en el ámbito del Marco Inclusivo”.
“Neutralización”
Una de las razones de la necesidad de ir con prudencia frente a esos cambios, según Eibe, tiene que ver con la dificultad —expresada por varios especialistas y analistas— de “estimar los resultados asociados a los múltiples regímenes de exoneraciones. Entonces la pregunta que debemos hacernos es: ¿cuánto perderemos en términos de actividad, de empleo, de cadenas de valor, por la neutralización de cada uno de esos incentivos? Este aspecto es esencial, particularmente si se va a incorporar algún sistema compensatorio. Estas estimaciones no son sencillas, ya que parten de situaciones contrafácticas, pero se debe hacer el esfuerzo, de modo que quienes adopten las decisiones políticas tengan claro el panorama”.
Según lo acordado, el impuesto mínimo global comprende a las multinacionales que facturan más de 750 millones de euros. Eibe admite que es posible que sean muy pocas las empresas alcanzadas con operativa en Uruguay, aunque advirtió: “Conociendo a la OCDE y la discrecionalidad con la que suelen actuar los países grandes, es previsible que ese umbral de inclusión disminuya rápidamente, hasta abarcar a todas las empresas con presencia internacional. Parece entonces prudente ir hacia soluciones que contemplen ese escenario”.
“Todavía hay muchas interrogantes sobre la implementación de las medidas. Pero en una primera aproximación creo que las opciones consistirían o bien en establecer un impuesto mínimo a la renta a esas entidades a escala local, que podría ir hasta el 15%, o bien en incorporar una norma gatillo, en la que el impuesto mínimo se aplicase exclusivamente cuando el país de la matriz pretendiese cobrarlo, de modo de no sacrificar recaudación inútilmente. Yo me inclino por esta última solución, si es factible”, opinó.
Compensación
Para el especialista, un problema “no menor” para considerar como parte de todo esto es que, en el caso de las zonas francas y de la “ley forestal”, existen disposiciones que establecen expresamente la responsabilidad del Estado en caso de modificar las exoneraciones fiscales concedidas. Frente a esto, dijo, sería necesario “consolidar los ámbitos de diálogo entre el Estado y el sector privado para que este tema se aborde con el mayor pragmatismo posible. Ya hemos tenido buenas experiencias de cooperación en las adecuaciones de los regímenes de zona franca y del software a los requisitos de sustancia planteados por la OCDE. En todo caso, parece evidente que el pago de un eventual impuesto mínimo al fisco uruguayo por parte de las empresas amparadas en esos regímenes debería ser voluntario. Esta adhesión podría lograrse condicionando el otorgamiento de los sistemas compensatorios” a que las firmas tributen en el país.
Y avanzó sobre los posibles mecanismos compensatorios para las empresas, en relación con los incentivos que perderían. “Dada esta situación totalmente inédita, en la que la exoneración del impuesto a la renta —que ha sido tradicionalmente el gran instrumento tributario destinado a incentivar las inversiones— va a perder valor, debemos esforzarnos en analizar soluciones alternativas con las herramientas disponibles”, planteó.
En el plano de las políticas fiscales, para Eibe podría apelarse a la exoneración de cargas sociales, a la reducción de ciertas tarifas públicas e incluso al otorgamiento de subsidios directos a la inversión de las empresas promovidas. “Obviamente, estas acciones —habida cuenta de la situación financiera de la seguridad social y de la aversión que tiene el ciudadano común por el término subsidio— pueden crear problemas en términos de la economía política de las medidas. Pero si el costo-beneficio lo justifica habría que avanzar por ese lado, con una comunicación lo más clara y transparente posible”.
Por otra parte, en el caso de las exoneraciones “preexistentes, estas renuncias no tendrían necesariamente un costo adicional para el Estado, ya que se podrían recuperar por la vía de la aplicación del impuesto mínimo local”.
En una visión más amplia, para el experto, estas restricciones al otorgamiento de incentivos que “vienen impuestas” desde afuera deberían impulsar al país a “mejorar otros aspectos que también inciden en las decisiones de inversión, tales como la escasa articulación entre el sistema educativo y las demandas propias de las nuevas formas de producción. Hay mucho trabajo por hacer”.