El Banco de Previsión Social (BPS) deberá anular un concurso que resolvió la contratación de funcionarios en calidad de auxiliares de salud en 2013, a instancias del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA).
El Banco de Previsión Social (BPS) deberá anular un concurso que resolvió la contratación de funcionarios en calidad de auxiliares de salud en 2013, a instancias del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA).
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEl fallo judicial, adoptado en julio pasado, apunta que durante el concurso para entrar al instituto previsional se cambió la escala de puntajes que se asignaría a ciertos méritos, como cursos de computación o asistencia a congresos. Y esto se hizo sin notificar a quienes se postulaban para ingresar a esa función pública. Además, no existió la figura de representante de los concursantes, a pesar de que la legislación asegura ese derecho.
El TCA entendió “que los concursantes no contaron con la posibilidad de conocer los cambios de criterios realizados”. Eso “tuvo consecuencias a la hora de puntuar” los méritos de la querellante, una química farmacéutica representada por el abogado Ricardo Rachetti, del estudio Rachetti y asociados.
“Ahora queda la presentación ante el BPS para que se deje sin efecto la designación de los funcionarios”, añadió el abogado.
En su alegato había señalado también que dos de los ganadores “estaban marcados” en amarillo y que no obtuvo respuesta al consultar el por qué. Este punto, sin embargo, no fue recogido por el tribunal en su fallo.
Dos respuestas fueron especialmente debatidas por el tribunal, que luego falló que fueron incorrectamente valoradas por el BPS. Una tenía que ver con la posibilidad de prescribir psicofármacos con receta de color blanco en caso de que el médico no cuente con recetario verde. La respuesta de la profesional fue tomada como falsa cuando era verdadera. Esto porque el reglamento de la Ley de Estupefacientes de 1974 permite “en caso de excepción” cambiar de tipo de receta. La otra pregunta aludía a la administración de insulina rápida vía intravenosa o intramuscular.
La anulación del acto administrativo que sentenció el tribunal fue sin sanción procesal.