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En noviembre de 2019 El País informó acerca de un fallo inédito emitido por el Juzgado Letrado de Trabajo de 6° turno: reconoció que el chofer de Uber Esteban Queimada tenía una relación laboral de dependencia con la aplicación y, por lo tanto, condenó a la empresa al pago de aguinaldos, licencias y salarios vacacionales reclamados.
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Tras esa instancia, la compañía llevó el caso al Tribunal de Apelaciones de Trabajo de 1er turno, que ayer miércoles emitió su sentencia definitiva. El pronunciamiento confirmó la primera sentencia “en todos sus términos” con el apoyo de los ministros Rosina Rossi, Julio Posada y Lina Fernández. La ministra Doris Morales, en tanto, tuvo una posición discorde.
El centro del litigio se centró en determinar si la relación laboral de Queimada con la empresa se ajusta a la de un socio o a la de un empleado. La discusión quedó zanjada. “Uber dirige y controla toda la actividad del conductor. Incluso responde con actos que perjudican al chofer representando una modalidad de ejercicio del poder sancionador típico de un empleador y no de un cocontratista comercial”, alegaron los ministros de Apelaciones.