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    Un informe advierte deficiencias en el régimen de defensa de la competencia en los mercados

    “Pequeña”, “joven”, con “limitaciones presupuestarias” y un “alto grado de dependencia” del Ministerio de Economía (MEF), que en el futuro puede llevar a decisiones con base política y no técnica. Esas son algunas de las debilidades que enfrenta la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia, según un diagnóstico del marco regulatorio uruguayo en esa materia efectuado bajo un programa de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, más conocida por su sigla del inglés, Unctad.

    El informe está en manos de las autoridades de la cartera de Estado, y a partir de ello se trabaja en reformas normativas para hacer más eficiente la promoción y defensa de la competencia en los distintos mercados. También tendrán en cuenta propuestas de la propia comisión, un órgano desconcentrado del MEF.

    El subsecretario Pablo Ferreri dijo ayer miércoles 8 a la prensa que en las próximas semanas estará pronto un decreto y que más adelante se remitirá un proyecto de ley al Parlamento que incluirá una reforma más profunda del régimen para darle “más potestades” a la comisión, un mejor funcionamiento y acceso a la información, además de una “capacidad de sanción más rápida y más ágil”.

    El jerarca aludió al informe realizado en el marco del programa de la Unctad como un insumo.

    En diciembre el MEF impulsó un proceso de revisión del marco regulatorio por parte de otros países —“pares”— de Naciones Unidas (ver Búsqueda Nº 1.846).

    Se prevé que los resultados de la revisión se sometan en octubre a una evaluación por parte de las autoridades en materia de competencia de Perú, Panamá y España, que actúan como pares en el caso uruguayo.

    Antes de esa fecha el gobierno espera contar con un borrador de reforma, dijeron a Búsqueda fuentes ministeriales.

     

    “Pequeña y joven”

    La Comisión de Defensa de la Competencia fue creada en 2007 por la ley 18.159  y su funcionamiento se reglamentó por decreto el mismo año, aunque en los hechos comenzó a actuar en 2009. Se encarga de promover que los mercados funcionen bajo el libre juego de oferta y demanda, por lo que prohíbe la concertación e imposición de precios de compra o venta, límites a la entrada de potenciales competidores, entre otras prácticas.

    La revisión del régimen en Uruguay permitió constatar que la comisión es una agencia “pequeña y joven”, con “escasos”  recursos y con un “alto grado de dependencia” del MEF, lo que “dificulta el cumplimiento de los fines de la ley”.

    El diagnóstico va acompañado de varias recomendaciones a nivel regulatorio e institucional para “generar” un sistema de protección y promoción “más robusto” que redunde en el “bienestar de los consumidores y la competitividad de la economía” local. En ese camino, el organismo sugiere analizar modificaciones  que permitan “agregar precisión técnica, incrementar la seguridad jurídica, promover la uniformidad en el análisis y facilitar las labores” de la comisión.

    Recomendaciones.

    En el ámbito regulatorio, la Unctad plantea clasificar las diferentes conductas prohibidas por tipo, naturaleza y gravedad y “establecer la regla de análisis per se a fin de aplicarla a los denominados “carteles de núcleo duro”.

    Propone que las conductas prohibidas de poca magnitud estén exentas de sanción.

    Sugiere aclarar la aplicación de la normativa frente a las actuaciones que realicen asociaciones y otras organizaciones gremiales.

    Recomienda la redacción de manuales o guías de interpretación de la ley en asuntos relativos a la aplicación de sanciones y definición de mercado, por ejemplo.

    La Unctad hace propuestas en relación a las concentraciones económicas, una materia que la ley uruguaya regula y según la cual la comisión es la encargada de recepcionar las notificaciones de adquisiciones y fusiones de empresas a partir de cierto umbral, y también autorizarlas en los casos en que de la operación surja un monopolio de hecho, (con 100% de participación). También aconseja evaluar si el umbral (50% del mercado relevante o una facturación bruta anual de los participantes en la compraventa sea de al menos 750 millones de unidades indexadas a la inflación) establecido para la notificación es adecuado considerando el tamaño de la economía uruguaya, para evitar que la comisión deba analizar transacciones poco relevantes.

    Plantea modificar las reglas del análisis “de fondo de las concentraciones”. En ese sentido, propone que la comisión intervenga cuando estas puedan tener efectos anticompetitivos (en lugar de como sucede hoy, que actúa solamente cuando se va a crear un monopolio de hecho).

    En otro orden, y con el fin de fortalecer la aplicación de la legislación, la Unctad recomienda reformar el procedimiento general vigente para la investigación de conductas, de forma de adaptarlo a las particularidades de los casos y a las mejores prácticas mundiales.

    También aconseja “crear procedimientos y manuales internos” para investigar las prácticas y analizarlas, así como en el caso de las concentraciones económicas.

    Plantea la elaboración de directrices o lineamientos para la aplicación de las sanciones. Al respecto, señala que de la experiencia de la comisión se constatan “diferencias significativas” en el monto de las multas impuestas a casos similares.

    Autonomía y presupuesto.

    El organismo plantea reparos sobre aspectos institucionales y hace recomendaciones para fortalecer a la autoridad de competencia uruguaya.

    Según la revisión, la comisión no realiza estudios de mercado, una herramienta que en general se usa para detectar fallas de funcionamiento de los mismos. Eso sucede debido a las “limitaciones presupuestarias”, una de las “mayores debilidades” que enfrenta. A ese respecto se recomienda “aumentar significativamente” los recursos financieros y humanos para que el órgano pueda cumplir con sus funciones.

    Otro aspecto criticado por la Unctad y señalado como de “especial relevancia” es el hecho de que las decisiones de la comisión puedan ser apeladas por el MEF. Se le debería otorgar mayor autonomía e independencia ya que la situación actual “podría generar a futuro que las decisiones se tomen con base en criterios políticos y no necesariamente técnicos”, plantea.

    También sugiere modificar el diseño institucional de la comisión para dotarla de más independencia, ya sea dentro del MEF o como una entidad totalmente autónoma.

    Decreto.

    El órgano de defensa de la competencia entregó ayer al MEF un borrador con varias propuestas de cambios para mejorar su actuación.

    Planteó, entre otras cosas, ajustar diversos plazos y adecuar algunos mecanismos. Por ejemplo, apunta a flexibilizar el período que se le concede al denunciado para presentar su defensa, desde que se le notifica que es acusado de cometer presuntas prácticas anticompetitivas. Actualmente son 10 días hábiles y se propone que pueda haber una prórroga, cuyo plazo se deja a criterio de la comisión.

    A su vez, cuando el denunciado no dé vista a la acusación, se plantea considerarlo como una “presunción simple” en contra del investigado.

    En otro orden, la Comisión considera necesario dotar de más flexibilidad al denominado “programa de clemencia”, que rige cuando una empresa que participa de un acuerdo colusorio lo denuncia y aporta pruebas, con el fin de recibir una pena reducida o quedar exonerado de la sanción. Se apunta a ampliar ese mecanismo de la clemencia, al que actualmente se puede acoger solo un integrante del acuerdo anticompetitivo (siempre que no sea aquel que haya promovido o iniciado la práctica colusiva).