N° 1749 - 23 al 29 de Enero de 2014
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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acá¿Cuántas fracturas padecemos en nuestras vidas privadas? Muchas. Pero no todos somos hombres públicos sometidos al escrutinio de los ciudadanos y tampoco tenemos una obligación con los electores sobre determinadas acciones en la vida privada, cuya transgresión puede afectar el ámbito público.
Los hombres públicos asumen el compromiso de una vida ejemplar. Por “vocación de servicio”, suelen decir. Cuando prometen esa rectitud, ellos y los votantes solo piensan en el desempeño de la función, en la corrupción delictiva, en el eventual uso indebido del dinero público o en el abuso del cargo. No recuerdo que alguien se haya comprometido a una vida privada ejemplar en consonancia con la pública.
Esta cuestión sobre la vida privada de los hombres públicos sale nuevamente a la luz por la publicación en una revista francesa sobre el presidente François Hollande, fotografiado mientras visitaba a su amante. Como era previsible y comprensible, Hollande reivindicó su vida privada.
La reacción ciudadana ante esas transgresiones difiere en cada sociedad. En las encuestas locales, la mayoría de los uruguayos y los políticos se han manifestado contrarios a divulgarlas, pero dudo que se refieran a otra cosa que a las infidelidades y algún otro desliz. Es que las encuestas no piden la opinión sobre transgresiones concretas relacionadas con la actividad pública. Los uruguayos pasamos en puntas de pie sobre toda la vida privada de los hombres públicos sin discriminar. No analizamos si hay hechos que nos afectan como ciudadanos, si son de interés público o si su divulgación puede contribuir a mejorar la calidad de la democracia.
No me refiero a amores clandestinos, delitos sexuales —como alguno reciente— ni a la paranoia sobre la homosexualidad que sacuden rivales políticos, homófobos, fanáticos religiosos y amarillistas.
El derecho a la vida privada y a la intimidad está protegido por la Constitución pero al mismo tiempo actúa como una barrera de los derechos a las libertades de prensa, expresión e información, también consagrados en la Carta. Es una colisión cuya dilucidación queda en manos de la Justicia.
Estudios de Derecho Comparado dicen que la legitimidad para informar respecto a asuntos privados se relaciona con la relevancia de los hechos, que la información debe ser veraz (contrastada y sin malicia) y que tenga un claro interés público. Lo mismo que para la vida privada de los cargos electivos vale para los cargos de confianza y los designados por los tres Poderes del Estado.
Cuando un/una político/a solicita el voto a los ciudadanos admite implícitamente que se instale una lupa sobre su vida pública e, indirectamente, sobre la privada. La elección por las urnas no es un aval de impunidad.
Muchas personas públicas (no los “famosos” de la farándula, que fomentan el morbo) evitan con algo de complicidad que se informe sobre su vida privada aun cuando tenga interés público.
Ahora que, de cara a las elecciones, gobernantes y políticos se vuelcan casi compulsivamente al uso de las redes sociales con sus consiguientes respuestas y reproches, generan una incontenible ola de información por ellos alimentada que muchas veces se convierte en un boomerang.
Debido a mi cultura social incorporada hace décadas me surgen sensaciones contradictorias, salvo sobre el irrestricto derecho a informar ante el interés público. Es obvio, pero vale aclararlo: interés público no se refiere a la curiosidad o al chisme, sino al interés de la sociedad, al bien común, al interés colectivo.
También me acosan interrogantes que pueden tener respuestas variadas debido a la delgada y cambiante línea entre la vida pública y la privada. Estoy seguro de que si las siguientes y otras preguntas se incluyeran en las encuestas, diferentes serían los resultados. Por ejemplo:
Si algún/a legislador/a rechaza aumentar las sanciones penales sobre violencia doméstica o hace discursos públicos sobre el tema y nos enteramos de que somete a su cónyuge o pareja a violencia física y psicológica, ¿debe conocerlo la opinión pública?
Si comprobamos que algunos políticos/as han participado en abortos clandestinos y luego combaten la ley contra el aborto, ¿merece informarse?
Si otros apoyan la legalización de la marihuana y son consumidores frecuentes, ¿no debe ser conocido por los ciudadanos?
¿Es importante que la prensa informe si un/una gobernante defrauda impuestos, no paga los aportes sociales de una empleada doméstica o conduce ebrio?
Si un juez/jueza condena civilmente a una persona por adulterio y se descubre que el magistrado/a es también adúltero/a, ¿no debe estar en conocimiento de la opinión pública?
Cuando un gobernante se niega a pagar la pensión alimenticia de sus hijos, que debe servir con el salario que pagamos con nuestros impuestos, ¿no es inevitable informar?
Si el informe médico de un candidato a presidente o de un mandatario en el ejercicio del cargo dice que su salud condiciona su desempeño, ¿no tenemos obligación de informar a los ciudadanos?
De todo eso emerge otra pregunta de cajón: ¿la reserva de la vida privada debe ser absoluta?
La cuestión es si los uruguayos estamos dispuestos a discutir abiertamente y sin eufemismos cuáles son los límites de la vida privada de los hombres públicos, si el sistema político está dispuesto a debatirlo aunque pueda afectarlo o si solo alcanza con que los periodistas prioricen con rigor el interés público.