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    El MGAP prohibió sustancias “potencialmente cancerígenas” y otros productos fitosanitarios

    La medida “otorga 180 días para agotar stocks declarados”

    Con el objetivo de “minimizar los riesgos derivados de la aplicación de productos fitosanitarios en salud humana y el ambiente”, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) decidió “prohibir” el uso con destino agrícola en “formulaciones tipo concentrado emulsionable, de sustancias consideradas como potencialmente cancerígenas”.

    “Para demostrar que el contenido de benceno es 0,1% o menor, deberá presentarse un Certificado de Análisis que así lo exprese, emitido por un laboratorio que cumpla GLP y esté acreditado con la Norma ISO 17025”, según una resolución de la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA) de esa cartera, fechada el 18 de marzo.

    Para la elaboración de los productos fitosanitarios en el tipo de formulación de concentrado emulsionable (EC) son utilizados “solventes orgánicos derivados del petróleo, así como de otras fuentes de obtención”.

    El Centro de Información y Asesoramiento Toxicológico (CIAT) de la Facultad de Medicina, organismo asesor del MGAP en salud humana, “ha identificado hidrocarburos clasificados como cancerígenos en categoría 1A y 1B en los productos fitosanitarios evaluados a la fecha”, argumenta.

    Y advierte que la Agencia Internacional para la investigación del Cáncer (IARC, por su sigla en inglés) tiene clasificados en listas 1A y 1B a las sustancias químicas cancerígenas, donde “se incluyen derivados del petróleo y otras sustancias químicas peligrosas para la salud humana, siendo algunas de aplicación en la industria de fitosanitarios”.

    En otra resolución, esa misma unidad del MGAP prohibió el uso de Clorpirifós en todos los usos, a excepción de los siguientes cultivos y usos: maíz (gusanos cogolleros, barrenador del tallo, gusano cortador y gusano cogollero del maíz) y sorgo (gusanos cogolleros y barrenador del tallo de maíz).

    En la misma línea de disponer nuevas medidas vinculadas a los agroquímicos, en una tercera resolución la DGSA prohibió la “importación, registro y renovación de los productos fitosanitarios a base del ingrediente activo Carbosulfán”.

    La medida rige a los 30 días de su publicación y “otorga 180 días para agotar stocks declarados”, y luego “su comercialización y uso quedarán prohibidos”, aclara el MGAP en esa resolución, fechada el 18 de marzo pasado.

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