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    Del presidente de la Suprema Corte de Justicia

    Sr. director:

    En la edición de la semana anterior, se publicó una nota que reprodujo el contenido de una carta que me remitió el coronel (r.) Eduardo Ferro, quien se encuentra recluido en la cárcel de Domingo Arena como consecuencia una sentencia de condena pasada en autoridad de cosa juzgada, en la que se determinó su responsabilidad como autor de crímenes de lesa humanidad. La nota del periodista Juan Francisco Pittaluga difunde el contenido de una carta con expresiones profundamente agraviantes hacia mi persona, la corporación que integro y, en definitiva, hacia el Poder Judicial en su conjunto.

    Como presidente de la Suprema Corte de Justicia, cotidianamente, recibo cartas de personas que se encuentran privadas de libertad por disposición judicial. Siempre las estudio personalmente a fin de establecer si contienen denuncias que deban ser atendidas a través de los canales institucionales respectivos. De regla, elijo no contestar directamente estas comunicaciones, especialmente, cuando se trata de procesos en trámite. Sin embargo, no es habitual el tenor de los agravios contenidos en la misiva del coronel retirado y, mucho menos, que dichas comunicaciones sean publicadas en un medio de circulación nacional.

    Las expresiones del coronel (r.) Ferro carecen de todo sustento. Sin embargo, considero necesario realizar algunas precisiones no solamente en defensa de mi honor, sino también y —principalmente— a fin de salvaguardar la imagen pública del Poder Judicial que represento.

    El coronel retirado afirma que mi actuación está teñida de un sesgo ideológico y que se encuentra motivada por la “sed de venganza”. Sin embargo, desconozco cómo es que el militar condenado conoce mi posicionamiento ideológico, ya que no he tenido militancia política (en junio de 1973, tenía 16 años de edad), y dicha actividad me está vedada constitucionalmente desde hace 45 años, cuando ingresé a la magistratura. Tampoco tengo vínculos familiares o personales con víctimas del accionar del coronel Ferro, ni de ningún otro militar, por lo que desconozco cuáles son los fundamentos de sus acusaciones.

    Según el diccionario de la Real Academia Española, venganza significa “Satisfacción que se toma del agravio o daño recibidos”. ¿Cuál sería el daño o agravio del que estaría pretendiendo satisfacción? Es en este aspecto en el que la argumentación del coronel retirado demuestra su mayor fragilidad argumental.

    Desde hace 45 años, he actuado resolviendo conflictos de la más diversa naturaleza, guiando mi accionar a través de lo dispuesto por las normas aplicables al caso y los elementos probatorios aportados en el expediente. La independencia y la imparcialidad han guiado mi actuar en esta larga carrera, en la que jamás he recibido cuestionamientos como los que se formulan en la misiva remitida por el militar condenado.

    Lo más llamativo es que en la misma carta en que se me imputa una actuación guiada por sesgos ideológicos o sed de venganza se afirma que me encuentro motivado por el temor (en una evidente inconsistencia argumental, que no resiste el menor análisis).

    Durante toda mi carrera he actuado en casos con mayor o menor repercusión pública, que afectaron los intereses de personas más o menos poderosas, pero mis decisiones siempre estuvieron guiadas por elementos objetivos y comprobables.

    Teniendo en cuenta algunas de las afirmaciones que reproduce la nota de prensa, me parece necesario que todos recordemos que la Suprema Corte de Justicia actúa con estricto respeto de la independencia de los magistrados, quienes dictan resoluciones en los expedientes que tienen a su cargo, sin injerencias de la corporación que tengo el honor de representar.

    La independencia técnica de los magistrados constituye en sí misma una garantía para los justiciables, quienes tienen la certeza de que las decisiones se basan en el criterio del magistrado naturalmente competente, sin injerencias indebidas.

    En cuanto a los fundamentos jurídicos de mis decisiones, estos han sido desarrollados en extenso en las sentencias oportunamente pronunciadas. Mis posiciones recogen desarrollos de doctrina y jurisprudencia ampliamente reconocidos en el ámbito nacional e internacional (para ello basta consultar las sentencias dictadas por numerosos magistrados uruguayos, así como los pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, entre otros). El coronel retirado puede no compartir los fundamentos de mis fallos, pero ello no lo habilita a descalificar mi desempeño profesional y la ética de trabajo con la que me conduzco desde hace décadas.

    Los juicios se pierden o se ganan en los expedientes, es allí donde el coronel (r.) Ferro debió justificar su inocencia. Quien hoy se encuentra condenado ejerció su derecho de defensa, en los distintos juicios en su contra, en forma efectiva y con total libertad.

    Me parece necesario resaltar que, para un juez, los cuestionamientos a su independencia e imparcialidad son especialmente agraviantes. Es en estos principios donde radica la razón de ser de la función que se nos ha asignado, y se constituyen en la garantía última para la defensa de los derechos de los ciudadanos. Es por ello que entendí necesario escribir estas palabras, no solo en mi defensa, sino también para desagraviar a la institución que represento.

    El profesor Eduardo Couture describe a la perfección la importancia de estos principios en palabras que me permito transcribir: “(…) Y esa Constitución sigue siendo tal en tanto asegure su vigencia en el fallo de jueces libres, austeros y responsables, sin distinción de causas grandes o pequeñas, oscuras o brillantes. Si la sentencia no ha sido empañada por el miedo, por el interés o por el odio, ella constituye la proclamación de la vigencia de la Constitución a lo largo del tiempo, en su prueba de cada día. Porque la Constitución vive en tanto se aplica por los jueces; cuando ellos desfallecen, ya no existe más” (Estudios de derecho procesal civil, vol. 1: La ley, 2010, p. 68).

    John Pérez

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