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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáUruguay suele enorgullecerse de su tradición igualitaria y de su legislación avanzada en materia de derechos. Sin embargo, detrás de esa narrativa oficial se esconde una contradicción grave: la discriminación laboral por edad. El edadismo, lejos de ser un fenómeno marginal, constituye una forma extendida de exclusión que condena a miles de uruguayos mayores de 45 años al desempleo prolongado y a la invisibilidad política.
Los datos son claros. Según la Encuesta Continua de Hogares, del Instituto Nacional de Estadística (INE, 2024), el desempleo en mayores de 45 a más de 65 años ronda el 11,9%, relativamente bajo en comparación con el 24% de los jóvenes de 15 a 24 años.
Publicaciones recientes (Ámbito, 2025) señalan que el desempleo en la franja de 45 a 54 años fue del 4,1%; y en la de 55 a 64 años del 3,9%. Entre aquellas personas con 65 o más años, el desempleo rondó el 3,9%, aunque tan solo el 15,3% se encontraba en actividad, con un 14,7% de empleo.
Pero la crudeza se muestra en el tiempo: mientras un joven desempleado tarda en promedio seis meses en reinsertarse, un mayor de 45-50 años pasa más de un año buscando trabajo, y lo que es peor: casi un tercio queda atrapado en la inercia del desempleo crónico. Ya ni siquiera buscan más trabajo porque el mercado se cierra y los expulsa. Son “viejos” y que se arreglen como puedan. Y muchos ni siquiera tienen la edad para jubilarse ni los 30 años de aportes exigidos.
Todo esto ocurre en un contexto en el que la población uruguaya envejece; cada vez hay menos nacimientos y aumenta la edad jubilatoria a los 65 años. Es un fenómeno global, sí, pero a los políticos uruguayos les pagamos para que solucionen nuestros problemas, no los del mundo. Y la clase política mira para otro lado, como si no tuviera nada que ver. Se trata de un silencio social que desmiente el discurso de inclusión, que la realidad demuestra cínico y demagógico, propio de temporada de caza de votos.
Ese silencio es doblemente problemático desde la perspectiva de la comunicación constructiva. Lo que se observa no es solo una ausencia de políticas, sino una incomunicación estructural: un lenguaje público que nombra y protege a unas minorías, mientras calla frente al dolor de otras. El silencio, cuando es selectivo, se transforma en un discurso destructivo. Invisibilizar a los desempleados mayores equivale a negarles reconocimiento y dignidad. Es una comunicación negativa, encubierta bajo la retórica de igualdad.
La comparación con otras minorías es inevitable. La Ley 19.122 reserva cupos laborales en el Estado para afrodescendientes (Ley 19.122, 2013). La Ley Integral para Personas Trans establece mecanismos de inclusión laboral y acceso a programas específicos (Ley 19.684, 2018). A ello se suman iniciativas de equidad de género y empleo juvenil. Con justicia, estos colectivos han recibido medidas de acción afirmativa, porque representan sectores históricamente vulnerados: los afrodescendientes equivalen al 10,6% de la población y las personas trans apenas al 0,6% (INE, 2023; Mides, 2017).
Pero los mayores de 45-50 años —más de una cuarta parte de la población— carecen de toda forma de protección. Ninguna ley los ampara, ningún cupo laboral les asegura oportunidades, ningún discurso político reivindica su lugar. Lo que existe es la normalización de la exclusión, como si la edad avanzara hacia el descarte social.
Desde la comunicación constructiva, esta omisión no puede entenderse como un simple descuido técnico. Es la expresión de un silencio impune y solapado, que opera como violencia simbólica: se evita nombrar, se evita mirar, se evita actuar. Y cuando el lenguaje público calla, perpetúa la discriminación más eficaz que existe: la que parece natural.
Uruguay se precia de sus políticas sociales avanzadas, generadas la mayor parte de ellas durante el siglo XX y algunas específicas para otros sectores marginados y minoritarios (trabajo rural y doméstico y población LGTBQ+) en el siglo XXI. Sin embargo, mientras no enfrente el edadismo con la misma decisión con que combatió el racismo, el sexismo o la transfobia, seguirá construyendo una igualdad parcial y selectiva. Reconocer la dignidad de los trabajadores mayores no es un gesto filantrópico, sino un acto de justicia comunicacional: implica transformar el silencio destructivo en palabra constructiva, capaz de reparar y de incluir.
La deuda con esta minoría no es solo laboral: es ética y simbólica. Porque una sociedad que descarta a quienes más han aportado durante toda la vida a su desarrollo se traiciona a sí misma en el núcleo de su promesa de igualdad.
Una propuesta necesaria
No alcanza con la denuncia. Uruguay necesita una política pública clara frente al edadismo laboral. Podría comenzar por establecer cupos obligatorios de contratación en el Estado y en empresas con convenios públicos para personas mayores de 45-50 años, en proporción a su peso poblacional.
A la vez, es urgente diseñar programas de recapacitación obligatoria y gratuita en habilidades digitales, gestión de proyectos y nuevas tecnologías, que permitan actualizar sus competencias y derribar prejuicios. Estas medidas no solo abrirían puertas laborales, sino que contribuirían a cambiar la narrativa cultural: de ver a los mayores como “descartables” a reconocerlos como un capital humano valioso y experimentado.
Referencias
Ámbito, 2025: “El desempleo juvenil aumentó y alcanzó el 24% a nivel país”. En: https://www.ambito.com/uruguay/el-desempleo-juvenil-aumento-y-alcanzo-el-24-nivel-pais-n6154691
Instituto Nacional de Estadística, 2023: “Afrodescendencia en Uruguay. Resultados de la ECH 2022”. En: https://www.ine.gub.uy
Instituto Nacional de Estadística, 2024: “Encuesta Continua de Hogares. Informe anual 2024”.En: https://www.ine.gub.uy
Ley Nº 19.122, 2013: Normas para favorecer la participación de los afrodescendientes en las áreas educativa y laboral. Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. En: https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19122-2013
Ley Nº 19.684, 2018: Ley Integral para Personas Trans. Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. En: https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19684-2018
Ministerio de Desarrollo Social, 2017: Censo Nacional de Personas Trans. En: https://www.gub.uy/ministerio-desarrollo-social/comunicacion/publicaciones/censo-nacional-personas-trans-sociodemografico-2
Dr. Ricardo Laurenz
Doctor en Comunicación