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    La renuncia de la ministra de Vivienda

    Sr. Director:

    Artículo 93 de la Constitución de la República: “Compete a la Cámara de Representantes el derecho exclusivo de acusar ante la Cámara de Senadores a los miembros de ambas Cámaras (...) por violación de la Constitución u otros delitos graves, después de haber conocido sobre ellos a petición de parte de algunos de sus miembros y declarado haber lugar a la formación de causa”.

    El tema de la situación de la exministra será “un tema resuelto” para el Poder Ejecutivo, pero no debería serlo para el Parlamento, a donde se integrará la exministra. ¿Será de aplicación el artículo 93 de la Constitución? Veamos. Si bien no soy de los que continúan pegando cuando el implicado está en el piso, hay cosas que hay que seguirlas hasta que se termine de completar el proceso. La señora construyó varias propiedades en forma clandestina en un terreno de generosas dimensiones. En consecuencia, no aportó ni un peso al BPS, por lo cual es evasora. No pagó Contribución Inmobiliaria, pues su o sus viviendas “no existían”, por lo cual es evasora de la Intendencia de Montevideo. Pagó $ 89 por concepto de Impuesto de Primaria, por lo cual es evasora de la DGI, pues esta es el organismo recaudador de dicho tributo.

    En otros países, la evasión es un delito penado con prisión, pero no en Uruguay, aunque no deja de ser un delito, y en este caso grave, por su magnitud y perseverancia en el tiempo. Las multas y recargos son enormes y se verá cómo se saldarán. Ahora, ¿qué van a hacer los legisladores integrantes de la coalición republicana? ¿Qué van a hacer los legisladores de Identidad Soberana, cuyo líder habló incansablemente de la “cleptocorporatocracia”? Si bien esta palabra no figura en los registros del diccionario de la Real Academia Española, sí está cleptocracia. Entonces, ¿se mirará hacia el costado desconociendo o, peor, integrándose, según ellos, a un sistema de gobierno en el que prima el interés por el enriquecimiento propio a costa de los bienes públicos en forma de corporación?

    Los tres organismos mencionados parecería que han iniciado una investigación. Y aquí no hay que argumentar pobreza, indigencia o lo que sea, pues no es el caso. No hay morosidad, atraso o deuda documentada. No. Eso sí podría ser consecuencia de una situación económica delicada, pero 10 o 20 o no sé cuántos años de clandestinidad no corresponden a esa situación. No le digo a la Cámara de Diputados qué es lo que tiene que hacer, pero lo que no tiene que hacer es no hacer nada. Primer gran desafío, si es que quiere afrontarlo, para el Parlamento recién instalado.

    Arturo Heber Füllgraff

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