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En caso de que tengas dudas o consultas podés escribir a [email protected] contactarte por WhatsApp acáEl 26 de diciembre de 2025, el Poder Ejecutivo dictó el decreto N.º 317/025, modificando la metodología de cálculo del costo promedio equivalente (CPE) del Seguro Nacional de Salud y, con ello, los parámetros que determinan las devoluciones del Fondo Nacional de Salud (Fonasa).La medida generó casi 650 recursos administrativos, muchos de ellos de carácter grupal, que nuclean a miles de trabajadores. Entre ellos se encuentran los promovidos por la Asociación de Profesionales y Mandos Medios de UTE (Apromute) y el Centro Integral del Personal de Antel (CIPA), con la adhesión de numerosos afiliados, en los que se cuestiona la legalidad de la modificación y se plantea, entre otros aspectos, su eventual afectación de derechos constitucionales y del principio de reserva legal en materia tributaria.También se solicitó la suspensión transitoria de la aplicación de la medida y el acceso a información relacionada con indicadores de calidad, resultados, auditorías y gestión de la Junta Nacional de Salud, particularmente en lo referido al financiamiento del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS).
Al no haberse obtenido respuesta en tiempo y forma, agotada la vía administrativa se abre ahora la instancia jurisdiccional. Serán las acciones de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo las que determinarán si el decreto N.º 317/025 se ajusta a la Constitución y a las leyes y si el Poder Ejecutivo actuó dentro de las competencias que le atribuye el ordenamiento jurídico.Una discusión que excede lo jurídico. Pero el problema no termina en la legalidad del decreto. El Fonasa requiere cada vez mayores recursos públicos, y los datos conocidos durante este año agregan una dimensión que entendemos imprescindible incorporar al debate.Según información a la que se pudo acceder, el déficit financiero del Fonasa aumentó 20% en 2025 respecto al año 2024. La diferencia requiere nuevamente el aporte de Rentas Generales, es decir, recursos provenientes de los contribuyentes, entre ellos, los mismos trabajadores alcanzados por las modificaciones introducidas por el decreto N.º 317/025.El Poder Ejecutivo ha estimado que el cambio en el CPE permitirá reducir las futuras devoluciones del Fonasa entre US$ 70 millones y US$ 80 millones anuales, y que entre 60.000 y 70.000 personas dejarían de recibirlas1 y unas 85.000 recibirían un monto menor2 a partir de 2027. La pregunta, entonces, resulta inevitable: ¿es suficiente modificar el mecanismo de devolución de los aportes de los trabajadores para atender un problema de financiamiento que año a año representa cientos de millones de dólares?Lo que entendemos imprescindible es conocer, con igual claridad, cuánto cuesta el sistema, cómo evolucionan sus ingresos y sus egresos, qué resultados obtiene, qué controles se realizan y cuáles son las razones de su creciente necesidad de recursos de Rentas Generales.
¿Qué ocurre con los recursos de los trabajadores? El régimen de devolución del Fonasa fue establecido por ley y procura reintegrar los excedentes que, conforme a los parámetros legales, superan el monto que corresponde aportar. Ahora, mediante un decreto, el Poder Ejecutivo modificó uno de los elementos centrales utilizados para determinar ese cálculo. El efecto práctico será que parte de los recursos que anteriormente retornaban a los trabajadores permanezcan dentro del sistema.Hay quienes hablan de un impuesto encubierto; otros, de apropiación indebida. El gobierno sostiene que se trata de una corrección metodológica destinada a solucionar errores de diseño y que no responde a una finalidad fiscal.
Precisamente por ello, entendemos que debe existir una discusión pública transparente sobre sus fundamentos, sus efectos y su adecuación al marco constitucional y legal. Porque si el problema es el financiamiento del sistema, corresponde preguntar: ¿hasta dónde se está dispuesto a admitir el déficit?; ¿cuánto más deberá cubrirse con Rentas Generales?; ¿cuánto más recaerá sobre trabajadores y ciudadanos?; ¿y cuáles son las prioridades que determinan la asignación de esos recursos?Una reflexión sobre prioridades. Estas preguntas adquieren especial relevancia frente a otra decisión adoptada durante este período. Mientras se modifica por decreto el régimen legal que incide sobre las futuras devoluciones del Fonasa, el Poder Ejecutivo aprobó por ley el salvataje del Casmu. Durante su tratamiento parlamentario, el proyecto fue modificado y quedó establecido un aporte inicial de aproximadamente US$ 110 millones, con posibilidad de ampliación bajo determinadas condiciones.Pero entendemos legítimo plantear una pregunta a la opinión pública: ¿qué controles a la gestión y el gasto del Casmu ha realizado el gobierno previo a la aprobación de la ley de salvataje? ¿Es necesario elevar el costo del sistema o hay algún agujero negro que tapar?
Legalidad, transparencia y confianza pública. ¿Por qué se modifica por decreto el régimen que determina las futuras devoluciones del Fonasa mientras, simultáneamente, se promueven mecanismos legales para garantizar recursos superiores a US$ 110 millones a una institución del sistema de salud en quiebra? ¿Por qué esta discusión no está acompañada de información pública, completa y accesible sobre los costos, los resultados, las auditorías y los mecanismos de control del SNIS?Corresponde exigir la sustentabilidad del sistema, criterios claros, información suficiente y transparencia respecto de los costos del sistema y la utilización de los recursos públicos. Los trabajadores tienen derecho a conocer las razones y los criterios que sustentan decisiones que inciden directamente sobre sus ingresos y aportes. Y la ciudadanía tiene derecho a conocer cómo se administran los recursos públicos y cuáles son las prioridades que determinan su utilización.
No se trata de una cuestión político-partidaria. Se trata de saber quién aporta, cuánto aporta, cómo se administran esos recursos, cómo se utilizan y quién termina soportando el costo de los desequilibrios del sistema. ¿Qué impedirá que mañana sea Ud., lector de Búsqueda, quien descubra que una promesa electoral también podría ser traicionada a costa de su propio bolsillo?
Desde Apromute y CIPA entendemos que defender la legalidad, exigir transparencia y reclamar información sobre el destino de los recursos públicos constituye una obligación ciudadana, independientemente del partido que se encuentre en el gobierno. Asociación de Profesionales y Mandos Medios de UTE (Apromute) y Centro Integral del Personal de Antel (CIPA)
Notas al pie: Ministerio de Economía y Finanzas (7 de enero de 2026), Cambios en la metodología de cálculo del Costo Promedio Equivalente para el Seguro Nacional de Salud. (Documento presentado ante la Comisión Permanente del Parlamento).
Falco, A. (30 de diciembre de 2025). “Ajuste en el Fonasa: las claves del cambio del gobierno que afectará a 155.000 trabajadores”, El País.